Una condena histórica
La Corte Interamericana de Derechos Humanos recientemente dio a conocer la sentencia en la que responsabilizó al Estado colombiano, entre otros, por la violación de varios Derechos consagrados en la Convención Americana sobre DH como el de la vida, la integridad personal y la libertad en el caso de los 19 comerciantes desaparecidos y asesinados por un grupo paramilitar en el municipio de Puerto Boyacá, el 6 de Octubre de 1987.
El caso llevado ante esta instancia jurisdiccional por la Comisión Colombiana de Juristas y la CEJIL ha significado un pronunciamiento muy significativo en el ejercicio del Derecho a la memoria, a la verdad y a la Reparación Integral de las víctimas de violaciones de Derechos Humanos en particular en la relación del Estado y del paramilitarismo. Aporte sustancial en esta instancia internacional, como lo han significado en el pasado algunos otros casos. Se abre nuevamente el espacio para la posibilidad de un intento de acceder a la justicia en lo interno, camino nada despejado y poco probable de concluir con una satisfacción plena del Derecho a la Justicia.
El hecho significó también un rompimiento de los silencios, de las omisiones y de las distorsiones de los medios, en particular del diario El Tiempo, que en su edición dominical tituló: Una Condena Histórica. Editorial que habla de esas verdades negadas en el tiempo, verdades incultables, verdades de Perogrullo, respecto a la creación del paramilitarismo.
No es la apreciación de alguna ONG descalificadas por el Presidente o cuestionadas en el imaginario deslegitimador de la opinión pública. Esta es la editorial de El Tiempo de hoy
La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado por el asesinato de 19 comerciantes a manos de autodefensas del Magdalena Medio, en 987, pone de presente la fragilidad e ineficacia de nuestro aparato judicial y los riesgos a los que estamos expuestos frente a una comunidad internacional poco tolerante con la impunidad de la que se nutre el conflicto colombiano.
La Corte encontró culpable al Estado de violar los derechos a la libertad e integridad personales, a la vida, a las garantías y la protección judiciales, consagrados en la Convención Americana de Derechos Humanos, por lo sucedido a 17 comerciantes que viajaban entre Cúcuta y Medellín con mercancía de contrabando. En Puerto Boyacá, el 6 de octubre de 1987, fueron asesinados, descuartizados y sus restos lanzados al caño El Ermitaño por las autodefensas de Gonzalo y Henry Pérez. Dos familiares que intentaron buscarlos también corrieron la misma suerte.
El proceso pasó por juzgados de Cimitarra (1987), Tunja (1989) y San Gil (1992); por las fiscalías de Vélez y Cúcuta, y por la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía, que, en 1995, libró la primera medida de aseguramiento contra cuatro autores materiales. En 1996, luego de una denuncia de la Comisión Colombiana de Juristas ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Fiscalía vinculó al general Farouk Yanine Díaz y a tres militares más. En 1997 –10 años después de la masacre– se condenó a tres autores materiales a 30 años de cárcel. Uno de ellos y los jefes del grupo paramilitar murieron durante el proceso. Otros cuatro fueron finalmente absueltos.
En 1998, cesó el procedimiento emprendido por la justicia castrense contra el general Yanine y los militares. En 1992, dos años después de presentada una demanda, la Procuraduría se inhibió de abrir investigación disciplinaria contra los uniformados. En 1997 se negó otra vez a reabrirla, aduciendo vencimiento de términos. Llegó mayo del 2004 y las demandas de reparación no habían sido resueltas.
Este es el recuento que hace en su sentencia la Corte, que asumió en el 2001 el caso contra el Estado colombiano, que achacó los hechos a un grupo de delincuentes y negó la complicidad de los militares. Pero la Corte, basándose en parte en sentencias de los tribunales colombianos, consideró que grupos como ese habían evolucionado a partir de autodefensas creadas al amparo de legislación oficial, vigente cuando ocurrió la masacre, y que sí hubo vínculos entre militares y paramilitares. Además, sostiene que las autoridades no realizaron una búsqueda inmediata de las víctimas, de las que, hasta hoy, no se han encontrado los restos.
Por ello, el pasado 5 de julio, conminó al Estado a pagar una millonaria indemnización a los familiares, reabrir la investigación, buscar los restos de las víctimas, aceptar públicamente su responsabilidad y hacer un monumento conmemorativo, entre otras 23 medidas.
La Corte es el máximo organismo judicial del sistema interamericano. Colombia firmó la Convención en 1973 y aceptó su competencia en 1985. Ya el presidente Uribe dijo el jueves que respetaba el fallo. Un primer paso encomiable, aunque es lamentable que pasados 17 años una corte extranjera fallara sobre lo que era tan evidente.
Junto al grupo Muerte A Secuestradores (Mas) –fundado por los ‘narcos’–, las autodefensas del Magdalena Medio y la Asociación de Campesinos del Magdalena Medio (Acdegam) son la protohistoria del paramilitarismo. Para nadie es un secreto que surgieron como ayudantes de las Fuerzas Armadas en la lucha contra la guerrilla, al amparo del Decreto de Estado de Sitio 3398, de 1965 (convertido en ley en 1968 y solo derogado en 1989), que legalizó la conformación de grupos de justicia privada que, con los años, evolucionaron hasta lo que hoy es el paramilitarismo. “El hijo de Herman Monster”, como los llamó uno de sus jefes en Santa Fe de Ralito.
La masacre de 1987 fue uno de sus primeros crímenes. Si esta y tantas otras no hubiesen quedado en la más completa impunidad, hoy la realidad sería otra. Nada alienta más al crimen que una pingüe relación costo-beneficio al cometerlo. Ese ha sido el caso del paramilitarismo en Colombia. Y esa, como lo señala la Corte en este fallo, es la responsabilidad de fondo del Estado en el surgimiento y desarrollo de un fenómeno que ha cobrado miles de vidas. Los 19 comerciantes de Puerto Boyacá son solo la punta del iceberg. Por eso, es apenas elemental que el Gobierno, además de decir que respeta esta histórica sentencia, la cumpla en su integridad.
Bogotá, D.C Julio 25 de 2004
Comisión Intereclesial de Justicia y Paz