Sentencia Juicio por la vida, la paz, la democracia y el territorio contra el Presidente Iván Duque

AUTORIDADES ANCESTRALES COMPETENCIA DE LOS JUECES NATURALES Y CONSTITUCIONALES JUICIO POR LA VIDA, LA PAZ, LA DEMOCRACIA Y EL TERRITORIO

SENTENCIA N°.001 DEL 19 DE OCTUBRE DE 2020

“Mediante el legítimo Ejercicio los Jueces Naturales y Constitucionales representados por los pueblos indígenas del Suroccidente Colombiano, en el marco de la Jurisdicción Especial Indígena dictan sentencia en contra del Presidente de la República de Colombia IVAN DUQUE MARQUEZ, por el incumplimiento a las garantías de protección en la defensa de la vida, la paz, el territorio y la democracia.

COMPETENCIA DE LOS JUECES NATURALES

De acuerdo a la competencia de la Jurisdicción Especial Indígena, usos y costumbres, la Ley Natural, Ley de Origen, Derecho Mayor, Derecho Propio, reconocidos por la Constitución Política de 1991, adoptados y reafirmados por Convenios y Tratados Internacionales y en uso de las facultades de carácter especial, legal y jurisdiccional, avocando el contexto de la Minga Nacional por la Vida, la Paz, el Territorio y la Democracia, donde convergen pueblos indígenas, afros, campesinos y organizaciones sociales y populares del suroccidente colombiano entre ellos: CRIC, CRIHU, CRIDEC, ORIVAC, KWESX KSXA´W, CNA CAUCA- PCN- ACONC, COCCAM, ERPAZ, CUT CAUCA, FENSUAGRO, SINDESENA, PUPSOC, LOS SIN TECHO- POBLACIÓN DIVERSA, CONGRESO DE LOS PUEBLOS, CIUDAD EN MOVIMIENTO, CUT VALLE DEL CAUCA, MOVIMIENTO ESTUDIANTIL, MARCHA PATRIOTICA, ASONAL JUDICIAL, NOMADES Y CIMA, que durante el recorrido pacífico hacia la ciudad de Bogotá realizaron visitas en las ciudades de Armenia, Calarcá, Ibagué y Fusagasugá. Lo que permitió la integración de manera voluntaria en el marco de los ejes planteados conformando la “Minga Nacional”, donde se convoca a un debate público al Presidente de la Republica de Colombia Ivan Duque Márquez, con el propósito de debatir el cumplimiento y garantías para la defensa de la vida, la paz, el territorio y la democracia. Ante esta cita, el mandatario ha omitido su deber constitucional y legal de escuchar las innumerables denuncias de las organizaciones en mención, frente a las situaciones que desarmonizan y ponen en riesgo la pervivencia de los pueblos indígenas, afros, campesinos, los sectores sociales y populares. Así mismo la inoperancia del Estado en cabeza del Gobierno Nacional y la falta de garantías de los derechos fundamentales, la Minga Nacional Pluriétnica e Intercultural como constituyente primario faculta a la Jurisdicción Especial Indígena para adelantar el juicio y emitir sanción respectiva frente al incumplimiento de su deber constitucional como Jefe de Estado, Jefe de Gobierno y Suprema Autoridad Administrativa (Articulo 189 C.P).

Texto completo de la sentencia:

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(Imagen: Contagio Radio)