Riesgo contra la vida de Jani Silva y los derechos ambientales en ZRC

Nuestra Constancia Histórica y Censura Ética ante el nuevo grave incidente de protección contra la libre movilización y eventual daño irreparable a la vida e integridad de la lideresa de la Zona de Reserva Campesina de la Perla Amazónica y defensora de derechos humanos, JANI RITA SILVA, que hubiera sido evitado con operaciones estructurales y estratégicas contra estructuras encubiertas criminales, entre ellas, de tipo paramilitar y la adopción de medios y mecanismos eficaces preventivos que aseguren su libre circulación con tranquilidad y libertad en desarrollo de su labor legal y legítima.


Bogotá, D.C. enero 20 de 2014

JUAN MANUEL SANTOS

Presidente de la República de Colombia

ANGELINO GARZÓN
Vicepresidente de la República de Colombia

AURELIO IRAGORRI VALENCIA

Ministro del Interior

MARÍA ANGELA HOLGUÍN 
Ministra de Relaciones Exteriores

ALFONSO GÓMEZ MÉNDEZ
Ministro de Justicia

LUZ HELENA SARMIENTO
Ministra de Ambiente

DARÍO LIZARRALDE
Ministro de Agricultura

EDUARDO MONTEALEGRE

Fiscal General de la Nación

ALEJANDRO ORDÓÑEZ

Procurador General de la Nación

JORGE ARMANDO OTÁLORA
Defensor Nacional del Pueblo

SANDRA MORELLI RICO
Contralora General de la Nación

Ref: Presumible atentado fallido contra Jani Rita Silva, sin respuesta de UNP, sin protección de derechos ambientales y territoriales en ZRC.

“…el mantenimiento a perpetuidad de ecosistemas saludables y funcionales, que soportan nuestras sociedades y les proveen bienestar y prosperidad, trabajo, seguridad alimentaria, alegría y sentido de pertenencia, entre otras muchas cosas, no está garantizado“… Brigitte Baptiste


Reciban un respetuoso saludo.

Nuestro escrito ante la continuidad de señalamientos y de falsas acusaciones con las que se pretende deslegitimar a la lideresa y defensora de derechos humanos, y los procesos comunitarios que construye en conformidad con la ley y los principios de la defensa de la vida y del territorio asociándolos al movimiento disidente en armas y pretendiendo definirla en esa lógica de la doctrina militar como guerrillera, auxiliar, colaboradora o auspiciadora de la misma, y a las organizaciones en las que ella afirma de enero sus derechos y la de las comunidades como parte de la estrategia guerrillera.

Nuestra escrito ante el desconocimiento de las iniciativas de protección de la vida y la libertades y de los territorios, liderada por JANI, con las que sectores institucionales pretenden obviar la existencia de un conflicto armado en el territorio de la Zona de Reserva Campesina, las iniciativas de población civil organizada que se distingue de los que se encuentran en armas, tanto las guerrillas como las Fuerzas Armadas, iniciativas que enuncian a riesgo de sus vidas y libertades, las violaciones de derechos humanos, las infracciones al derecho humanitario por parte de efectivos regulares y guerrillas, con daños irreparables a la vida e integridad y el desplazamiento forzado, el más reciente de 20 familias por operaciones armadas de la guerrilla, antecedido de un desplazamiento forzado causado por las fuerzas militares.

Ante ustedes nuestra Constancia Histórica con base en la siguiente fundamentación fáctica:

* Martes 14 de enero hacia las 5:48 p.m. en el centro del casco urbano del municipio de Puerto Asís, durante 55 minutos JANI RITA, fue seguida y hostigada por un hombre armado.

El hombre vestido con chaqueta negra, inusualmente para el clima de Puerto Asís, le siguió muy de cerca y fue descubierto directamente por JANI, quién logró mirarlo e identificar su nerviosismo. Luego de constatar la condición del armado, JANI, ingresó a un establecimiento comercial para evadirlo. Quienes estaban en el local se percataron del comportamiento extraño del sujeto y lo vieron apostarse a las afueras del establecimiento.

Al ser abordado el hombre hizo una compra, dejando ver el arma. El hombre se vio obligado a salir del lugar comercial mientras un grupo de amigos de la lideresa de la Zona de Reserva  Campesina llegaron al sitio para asegurar su salida con tranquilidad.

El primer incidente de este tipo contra JANI ocurrió en febrero de 2012 cuando a la empresa Vetra se le obstaculizó el ingreso al Bloque Putumayo 8 dentro de la Zona de Reserva Campesina por desconocer los derechos de las comunidades. Este nuevo hecho coincide con la objeción que JANI ha expresado a las empresas petroleras por sus eventuales operaciones en el Bloque Platanillo porque desconocen derechos fundamentales de los campesinos.

* Lunes 20 de enero en horas de la mañana, nuestra Comisión de Justicia y Paz conoció que la situación en la Zona de Reserva Campesina continúa siendo de extrema gravedad por las operaciones de las FARC y de las fuerzas militares. Las iniciativas humanitarias continúan siendo desconocidas y se está produciendo un desplazamiento gota desde finales de diciembre pasado. Se han contabilizado cerca de 20 desplazamientos de familia por temor a las confrontaciones entre militares y la guerrilla de las FARC, por amenazas del movimiento disidente en armas a presuntos civiles colaboradores de las fuerzas militares y daños irreparables contra consumidores de drogas.

Simultáneamente en medio de la tensión por el conflicto armado, en los espacios de control militar institucional se anuncia que en los próximos días se iniciaran operaciones empresariales de Vetra y Amerisur, las que se realizan sin consulta ni información a las comunidades y con profundas afecciones al uso del territorio.

ADISPA, organización liderada por JANI ha continuado desarrollando una labor pedagógica al interior de las comunidades para exigir el respeto del derecho a la vida, a las libertades y al uso, goce y disfrute del territorio tanto a las fuerzas militares, la guerrilla de las FARC y las empresas.

La semana pasada por estas actuaciones ha sido nuevamente calificada de ser aliada del movimiento armado, se le pretende responsabilizar del desplazamiento forzado, de ser enemiga del desarrollo.

Nuestra Censura Ética ante la ausencia de medidas investigativas sobre los diversos incidentes de riesgo contra la vida e integridad de JANI con amenazas verbales, amenazas escritas, interceptación de llamadas telefónicas, seguimientos ilegales, intimidaciones y difamaciones.

Nuestra Censura Ética ante la ausencia de respuestas con medidas eficaces de tipo material por parte de la Unidad Nacional de Protección que prevengan daños irreparables a la vida e integridad y garanticen la libertad de expresión y de movimiento de la lideresa, no es la primera vez que este tipo de situaciones como las arriba descritas vive JANI, sin que estas se prevengan con adopción de mecanismos exigidos desde hace más de un año.

Nuestra Censura Ética ante la ausencia de medidas preventivas, de control conforme a la Constitución Nacional, el carácter de Zona de Reserva Campesina y los principios de Naciones Unidas para proteger el uso, goce de la propiedad campesina, y los ecosistemas que se encuentran en riesgo por las operaciones empresariales sin consentimiento ciudadano, sin planes de amortiguamiento ni medidas preventivas por parte de la empresa Vetra y Amerisur y desconociendo el Plan de Desarrollo Sostenible y Plan Ambiental construido por las comunidades.
 
En conformidad con el artículo 23 de la Constitución Nacional y sus responsabilidades institucionales, solicitamos se nos informe:

1. ¿Cuál es el estado de las investigaciones por la serie de hechos de amenazas de muerte, restricciones a las libertades, señalamientos, interceptación de comunicaciones, difamaciones contra JANI SILVA? ¿Qué tipo de pruebas de carácter técnico se han recaudado? ¿Qué agentes públicos o privados se encuentran vinculados?

2. Ante el nuevo incidente aquí reseñado, ¿qué medidas de respuesta va a adoptar la Unidad Nacional de Protección ante las solicitudes que se encuentran en su despacho desde hace más de un año?

3. ¿Ante la eventual operación empresarial en los territorios de la Zona de Reserva Campesina, quién puede indicar con precisión y certificación, que se ha realizado un proceso de información a las comunidades? ¿Quién puede certificar que existe un estudio de impacto social y ambiental?, ¿Quién puede identificar que ha existido un proceso adecuado y eficaz, y justo de compensaciones? Si existe informes de impactos social, ambiental definición de protección de ecosistemas y demás, ¿Quiénes conocen esos estudios?, ¿Con quién se acordó, actores individuales o sociales e institucionales?, ¿Si hay recursos de quién y para qué?, ¿Quién los administra?

4. ¿Las empresas Amerisur y Vetra, han sido informadas de violaciones de derechos humanos, infracciones al derechos humanitario, persistencia del conflicto armado en la ZRC?, ¿Qué entidad ha informado?, ¿Existe un documento? Por favor expedir copia.

5. Para las empresas Amerisur y Vetra ha existido algún tipo de procedimiento que contemple el cumplimiento de Naciones Unidas sobre derechos humanos y asuntos sociales y ambientales. ¿Cuáles?. ¿Quiénes los monitorean? ¿Si existe monitoreo, qué informes sobre la labor de la empresa en los predios de la ZRC? ¿Qué informe existe? Por favor expedir copia.

6. En relación con los pagos tributarios. ¿A cuáles está obligados Vetra y Amerisur? ¿Qué han pagado por su intervención en el Putumayo?, ¿Qué cuantías han pagado por su intervención en la ZRC?, ¿Cuál ha sido el destino de los pagos?, ¿Quiénes se han beneficiado?, ¿De qué manera?

7. En materia de seguridad existe algún convenio, acuerdo entre el Min Defensa, la División, la Brigada o el Batallón para financiar las operaciones de la fuerza pública en el Putumayo, en la ZRC? Si existe, por favor sírvase expedir una copia. Estos recursos son monitoreados en su uso, ¿Por quién?, ¿Cuál ha sido su uso en el Putumayo y en específico para las operaciones en la ZRC?
 

Con profunda preocupación y esperando su urgente intervención para evitar daño irreparables a la vida e integridad de JANI SILVA y se adopten medidas urgente de protección para que los habitantes de la Zona de Reserva Campesina, gocen, usen, disfruten y proyecten sus planes Ambientales, dejamos en sus despachos esta Constancia y Censura.

Comisión Intereclesial de Justicia y Paz