Reflexiones en tiempos de pausa 1
Un acuerdo de paz no es asunto que se pueda resolver o definir de manera unilateral, así como el mecanismo de refrendación no es aspecto que pueda ser resuelto solamente por el gobierno. Tomarse esas atribuciones es flagrante violación del acuerdo general firmado en La Habana. La circunstancia de presentar ante el Congreso un proyecto de ley que prepara el terreno para imponer un mecanismo nodal para el proceso, sin discutirlo con la contraparte, expresa una situación de hecho que ni se comparte ni se acompaña.
La Habana, Cuba, sede de los diálogos de paz, agosto 26 de 2013
¿Se imagina el país y el mundo a un Presidente con poderes omnímodos derivados de un referendo que con la excusa de los tiempos suplanta la mesa que con tanto esfuerzo se ha establecido para buscar la paz? ¿Se lo imaginan con un marco jurídico unilateral que lo convierte en juez y parte, siendo el Estado victimario y generador de la confrontación? ¿Y que tal una Corte Penal Internacional injerencista y sesgada que muy poco o nada sabe del conflicto interno colombiano? Y como si fuera poco, los Estados Unidos pidiendo guerrilleros en extradición como venganza por la histórica defensa que hemos hecho de la soberanía.
Concomitantemente el gobierno insiste en que el marco jurídico para la paz es un imperativo *sine qua non*. Quede claro de una vez por todas que no habrá sometimiento de las FARC-EP a ningún marco jurídico con diseños unilaterales.
El gobierno ha sido reacio a la integración de la Gran Comisión de la responsabilidad histórica de la cual se desprenderían responsabilidades insoslayables para quienes han sido parte del conflicto más allá de los alzados en armas.
El espectáculo de un mandatario y de un poder constituido excusado o perdonado por un referendo, no se va a dar con nuestro consentimiento.
Porque eso es lo que implica la aceptación de tal fórmula que por efecto de la desinformación y la manipulación a través de un procedimiento aparentemente democrático, a unos que por votación se les consideraría los “buenos”, se les autoriza a ser condescendientes y generosos con los que, así las cosas planteadas, serían los “malos”. Aceptar estas reglas del juego implicaría traicionar nuestra lucha, a nuestros comandantes fundadores que se vieron forzados a recurrir a las armas para no dejarse aniquilar por unas castas y partidos dominantes, y para proteger intereses de masas enteras. La verdad histórica no la vamos a cambiar por un capricho de coyuntura de una de las partes del conflicto atada a un interés
electoral revestido de afanes.
El regalo de las curules no lo queremos, si es con el precio de que, mientras algunos de los nuestros van al Congreso, a otros se les destine a ocupar sitios tras las rejas o condenados a la extradición. ¿Qué otros ocultos caprichos entrañará la maniobra?
En la mesa debe prevalecer el principio de igualdad en momentos en que la suerte del bien supremo de la paz está de por medio. Ceder atribuciones, ya a una sola persona, ya a mecanismos inciertos, es colocarnos en condición de inferioridad respecto de la contraparte en el conflicto que ya aceptó responsabilidades derivadas de él.
Se está pretendiendo un ente sin funciones constituyentes, que no podría conocer de la reforma a la justicia, ni de la consagración en la Constitución de la independencia orgánica de la jurisdicción, ni del reordenamiento territorial, ni de la creación de un órgano electoral independiente. Tampoco se desprende de sus funciones la seguridad jurídica que requiere el futuro de la paz. ¿Qué procedimiento, qué mecanismos de control, le deparan al país en la perspectiva de esta aventura improvisada?
Recurrir al referendo para el propósito de refrendación no es técnicamente aconsejable ya que lo que se vota es un “temario o articulado”. Así lo indica la Constitución en su artículo 378. Si el “temario o articulado” es extenso, no se leerá. Si se lee, no se entenderá y se dejará de lado. Y si se reduce su redacción, no podrá establecer el contenido de esa sucinta redacción, los alcances que se requieren para lograr las transformaciones necesarias que fundamenten la paz.
Las FARC-EP no piensan modificar el Acuerdo General para la Terminación del Conflicto de donde se desprenden claramente sus facultades de negociación, para
ser transferidas a un cuerpo de menor valía. Recordamos que la naturaleza del acuerdo especial suscrito por las partes que dialogan hoy en La Habana corresponde en categoría a aquellos señalados por el artículo 3º común a los cuatro Tratados de Ginebra de 1949 y sus dos protocolos adicionales. De esto dimos noticia al CICR como lo aconsejan diversos textos y autores.
¿Por qué el gobierno le tiene miedo a la Constituyente en los términos planteados en el artículo 376 de la Constitución? Nosotros no le tenemos miedo. Es el mejor camino porque en dicho escenario sí se logra todo lo que puede garantizarle larga duración a la paz nacional, como la reforma política, económica, la reforma al aparato electoral, etc. ¿Por qué no se le dice al país claramente cuál es la paz con que sueña el gobierno? ¿Cuál es el argumento para frenar los cambios institucionales que pueden ser garantía de paz?
Obviamente la ley convocatoria de la Constituyente habrá de incluir para conocimiento suyo los temas que se acuerden en la mesa de La Habana. Y podría acordarse por las partes llevar aquellos sobre los que no hay acuerdo, o sea los de disenso, para que, como fruto de los debates, se aprueben o desaprueben.
La manera como se convocaría la Constituyente debe dejarse para el punto 6 “Implementación, verificación y refrendación”. Lo mismo la forma como se habrá de lograr la seguridad jurídica de lo acordado.
Poner la suerte de una de las partes del conflicto en manos de un poder constituido que ha aceptado responsabilidad por acción y por omisión, no es una fórmula que procure garantía, particularmente cuando esa misma parte o poder constituido es autor de un amañado marco jurídico para la paz que tiene entre ojos a las FARC-EP como destinatarias. Estamos en un momento cuyas realidades van acompañadas de variables políticas y jurídicas, claroestá; pero más políticas por el momento en que se vive, y por la coyuntura electoral en que se hace la propuesta, lo cual la descalifica. No nos pueden pedir que renunciemos a facultades que se desprenden del acuerdo firmado en agosto del año pasado. La paz no debe tener forma de embudo. La paz que requiere Colombia debe incluir la justicia social.
¿Por qué aplazar lo fundamental? ¿Un proceso de paz no es acaso el momento para modificar instituciones? ¿Pueden darnos un argumento creíble, aparte de la manifestación de que ahora no pero más adelante sí? ¿De cuántas promesas y proyectos aplazados están llenos los capítulos de la historia nacional? ¿Cuánto hace que el país espera el reordenamiento territorial? ¿Si la mera mención de las Zonas de Reserva Campesina ya existentes y garantizadas legalmente producen temor entre la plutocracia colombiana, qué ha de esperarse del futuro del reordenamiento territorial? ¿No está acaso un país entero volcado en las calles exigiendo transformaciones inmediatas, como consecuencia de una política neoliberal fallida de la que han derivado ruinosos Tratados de Libre Comercio firmados a espaldas del país? El pueblo está perdiendo la paciencia.
En conclusión: La iniciativa presentada ante el Congreso por el gobierno como primer paso para refrendar en el futuro el eventual acuerdo que se llegare a alcanzar en La Habana, no es vinculante. No la acompañamos, ni sujetamos los diálogos y sus resultados a dicha decisión unilateral. Sin embargo y a pesar de las circunstancias, las FARC-EP se mantendrán en la mesa, fieles al compromiso de buscar la paz para Colombia por todos medios.
*DELEGACIÓN DE PAZ DE LAS FARC-EP*