Primer llamamiento a diligencia judicial de versiones voluntarias en el marco del caso No. 004
Primer llamamiento a diligencia judicial de versiones voluntarias en el marco del caso No. 004 “Situación territorial de la región de Urabá” (Auto SRVR No. 40 de 11 de septiembre de 2018) en virtud del artículo 27A de la Ley 1922 de 2018.
1. ASUNTO POR RESOLVER
La Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas (en adelante: la Sala de
Reconocimiento o SRVR) de la Jurisdicción Especial para la Paz (en adelante: la JEP), en ejercicio de sus facultades constitucionales y reglamentarias, ordena el primer llamamiento a diligencia de versiones voluntarias en el marco de la Situación territorial de la región de Urabá.
11. ACTUACIÓN PROCESAL
1. El 11 de septiembre de 2018, la Sala de Reconocimiento profirió el Auto SRVR No. 040 avocando conocimiento de la Situación territorial de la región de Urabá (en adelante: la Situación territorial de Urabá o la Situación), nombrando como relatora de la Situación a la magistrada Nadiezhda Henriquez Chacínl para investigar:
…los hechos constitutivos de graves violaciones del derecho internacional de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario en la región de Urabá entre el 1 de enero de 1986 y con anterioridad al 1 de diciembre de 2016, en los municipios Turbo, Apartadó, Carepa, Chigorodó, Mutatá y Dabeiba en el Departamento de Antioquia y El Carmen del Darién, Riosucio, Ungía y Acandí, en el
Departamento de Chocó, cometidos presuntamente por miembros de las FARC-EP y de la Fuerza Pública, sin perjuicio de la aplicación del principio de conexidad por hechos, víctimas y presuntos responsables .
2. Los hechos investigados corresponden a conductas de competencia material exclusiva y prevalente de la JEP . Los informes que dieron fundamento a la apertura de la Situación fueron allegados a la Sala de Reconocimiento hasta el 28 de junio de 2018 por el Secretario Ejecutivo de la JEP , la Fiscalía General de la Nación (FGN) 6, el Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH)7, el Centro de Investigación y Educación Popular (CINEP)8, la Corporación Reiniciar9, el Instituto Popular de Capacitación (IPC) IO y la Ruta Pacífica de las Mujeres ll .
3. La Sala de Reconocimiento ha recibido informes que contienen descripciones de las características y circunstancias de las conductas cometidas por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado, presentados por los sujetos enumerados en el Acuerdo Finali2 . En lo que se refiere a los informes provenientes de las organizaciones de víctimas y de derechos humanos, algunos han sido allegados antes de iniciado el procedimiento y otros pueden ser allegados en el marco de este 13.
4. En el marco de la investigación judiciali4 el despacho relator y los despachos en movilidad han venido solicitando de autoridades públicas y privadas, así como de los órganos internos de la JEP, el recaudo de información con fines judiciales. Los comparecientes también han suministrado información .
Archivo completo:
AUTO 228 DE 29 DE OCTUBRE DE 2019 by Anonymous UeGxFwA on Scribd