Preocupaciones, iniciativas y propuestas de Paz de las Comunidades Construyendo Paz en los Territorios

Consideramos importante que estas propuestas sean contempladas dentro de las conversaciones de paz, en las discusiones legislativas en el congreso, pero igualmente a nivel de la administración departamental y municipal. Todas estas construcciones que pueden asumirse en una política pública han sido construidas en medido de la ocurrencia de crímenes de Estado, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra e infracciones al derecho internacional humanitario, operaciones empresariales promovidas contra derecho o con acciones irregulares.


Bogotá, 9 de Febrero de 2012

JUAN MANUEL SANTOS
Presidente de la republica de Colombia

HUMBERTO DE LA CALLE
LUIS CARLOS VILLEGAS
SERGIO JARAMILLO
FRANK PEARL

Delegación de Paz Gobierno Nacional

TIMOLEÓN JIMÉNEZ
Comandante de las FARC EP

IVÁN MÁRQUEZ
Delegación de Paz FARC –EP

NICOLAS RODRÍGUEZ BAUTISTA
Comando Central ELN

ROY BARRERAS MONTEALEGRE
Presidente Senado

AUGUSTO POSADA SÁNCHEZ
Presidente de la Cámara

JORGE EDUARDO GECHEN TURBAY
Comisión de Paz de Senado

JOAQUÍN CAMELO
Comisión de Paz de Cámara

CARLOS ALBERTO BOTERO LÓPEZ
Federación de Gobernadores

ELKÍN DAVID BUENO ALTAHONA
Federación Colombiana de Municipios

Reciban un respetuoso saludo,

Nuestras comunidades habitan en zonas de conflicto armado con operaciones paramilitares, afectados por operaciones empresariales extractivas, de infraestructura y agronegocios, y venimos tejiendo propuestas humanitarias y de paz, iniciativas de protección ambiental forestal, de aguas y de producción alimentaria, planes de ordenamiento con definición de uso; todas somos parte de las Comunidades Construyendo Paz en los Territorios de la REDA.

Ratificamos que desde estos territorios existen propuestas concretas para superar las condiciones de pobreza, exclusión y desigualdad que imperan en el campo articuladas a mejores condiciones para los habitantes urbanos y para el país.

Nuestras iniciativas que están siendo desarrolladas se orientan a transformar condiciones como la escandalosa concentración y acaparamiento de tierras, la definición social del uso de los latifundios ociosos, la prevención de del desplazamiento forzoso y el estímulo al retorno, y la prevención de daños ambientales los impactos ambientales y sociales generados como consecuencia de la degradación de ecosistemas y la protección de la riqueza biológica y sistémica y el enfrentamiento de la crisis alimentaria y climática.

Consideramos importante que estas propuestas sean contempladas dentro de las conversaciones de paz, en las discusiones legislativas en el congreso, pero igualmente a nivel de la administración departamental y municipal. Todas estas construcciones que pueden asumirse en una política pública han sido construidas en medido de la ocurrencia de crímenes de Estado, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra e infracciones al derecho internacional humanitario, operaciones empresariales promovidas contra derecho o con acciones irregulares. Son salidas estructurales para la inserción de Colombia en el eco humanismo social dando respuestas a problemas de la humanidad y de nuestra nación.

Dejamos en conocimiento nuestras preocupaciones e iniciativas, esperamos sus respuestas en el correo electrónico reddealternativas21@gmail.com:

1. La crisis ambiental y dramática generada por las operaciones empresariales, la más reciente de la empresa Drummond en el territorio nacional, evidencia la irresponsabilidad de sectores de los actores privados y la ausencia de mecanismos expeditos de control, de sanción, de prevención e incluso de ruptura de concesiones ante estas graves operaciones.

2. La crisis humana y social en El Cerrejón debido a la ausencia de medios de prevención eficaces de la multinacional que ha generado graves consecuencias sobre sus trabajadores, 700 de ellos con cáncer por ausencia de medidas contempladas dentro de la salud industrial, situación inhumana contra nuestros nacionales, a lo que se suma ingresos salariales poco justos. Situaciones similares se viven en Arauca, en Meta, en Putumayo por concesiones otorgadas a empresas privadas de capital internacional que poca responsabilidad tienen con el país

3. La construcción de la represa en El Quimbo expresión de definición de usos de los suelos y las fuentes de agua para obras de infraestructura que no evalúan ni contemplan adecuadamente las implicaciones sociales, ambientales y de futuro, en esta caso, la desviación del río Magdalena y sus efectos irreparables sobre la economía local de las poblaciones asentadas en las riveras, la devastación de recursos ambientales, las transformaciones aceleradas y de alto impacto en los usos del suelo y la alteración de ecosistemas con graves consecuencias para la salud pública del departamento del Huila y del país.

4. Los reiterados intentos de construcción de un complejo hotelero en el Tayrona, sin tomar en cuenta: la vulneración de los derechos a la autonomía, a la tierra y al territorio de la población indígena asentadas ancestralmente -que permanentemente han denunciado la afectación de sitios sagrados y lugares de pagamento vitales para su existencia material y espiritual- así como la eventual devastación ambiental generada por la instalación de esta infraestructura, con alteraciones directas sobre ciclos de especies endémicas y lugares de regulación ecosistémica.

5. El otorgamiento de licencias para la explotación minera en páramos, caso Santurbán, desconociendo criterios técnicos ambientales de impacto generalizado en recursos críticos como el agua, derecho fundamental de la población que afectará a varios departamentos, situación de riesgos similares y emergencias a las que se ya se viven en Sogamoso, en Cajamarca y el Cerro Cara de Perro, entre otros.

6. La ausencia de garantías y protección de los derechos consagrados en la Constitución Política del 91, como ha venido ocurriendo con otros derechos como la educación y la salud, la vivienda y el agua, el código minero ahora con el estatuto de desarrollo rural, la reglamentación en curso de la Consulta Previa, y recientes reformas aprobadas como las reformas tributarias, la Justicia Penal Militar.

7. Hoy existe una reglamentación de los procesos de consulta previa atendiendo la solicitud y el cabildeo de empresas privadas y de intereses de familias que tienen asiento en el gobierno, sin que la sociedad sea informada claramente del proceso, sus alcances y de las discusiones, y en la práctica negando toda posibilidad de participación real y transparente a comunidades indígenas y negras y con el objetivo de desmontar la jurisprudencia de la Corte Constitucional.

8. La reactualización y revisión de los POT y EOT municipales deben culminarse en el primer semestre del año en curso. Estos procesos no se están desarrollando de manera participativa, consultiva y constructiva con los comunidades, pero si se están llegando a definiciones del ordenamiento territorial y a la reglamentación de usos del suelo. Los criterios que se están teniendo en cuenta en este proceso desconocen las prácticas y definiciones de la planificación y gestión del suelo y sus recursos.

9. Según informes del Banco Mundial la huella ecológica producto de la explotación a cielo abierto se trata de los 2.795 gigatones que serían expulsados a la atmósfera si se explotan las reservas conocidas de petróleo, gas y carbón. Esas son las reservas comprobadas que planean explotar las compañías petroleras y mineras, y los Estados como Colombia que le apuestan a la locomotora. La matemática es simple: 2.795 es cinco veces más que 565, que es el límite para evitar el tsunami.

Teniendo en cuenta entra otras estas situaciones, en conformidad con sus competencias y responsabilidades directas e indirectas, tomar en consideración las diferentes propuestas, relacionadas con:

1. TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN

Se requiere la adopción con carácter urgente de mecanismos que posibiliten el derecho a la información clara, precisa y veraz que se encuentra en fuentes oficiales locales, regionales y nacionales sobre: la caracterización de la población rural y territorial, los proyectos de infraestructura, agronegocios y extractivos su estado de tramitación, los proponentes e interesados.

Con base en esta información y los planes y proyectos locales de las comunidades, no solo sobre los intereses de una de las partes –sector empresarial- se deben definir políticas socio demográficas, agropecuarias, de infraestructura, de desarrollo rural y de desarrollo de DESCA y acuerdos comerciales democráticos, sustentables y sostenibles con actores privados o públicos calificados éticamente por la protección, preservación y reproducción de las fuentes de vida.

2. MECANISMOS DE PARTICIPACIÓN SOBRE POT -EOT

Las comunidades a través del desarrollo del POTA venimos propendiendo por el reconocimiento de esta propuesta participativa como parte de una política pública sobre la reglamentación de las diferentes áreas que componen nuestros territorios, bajo criterios de representatividad ambiental, protección a ecosistemas frágiles, salvaguarda de recursos no renovables y de biodiversidad con la estabilización y planificación del territorio rural, fijando una frontera jurídica sobre unas áreas geográficas de características agroecológicas estratégicos para el desarrollo de actividades productivas que garanticen la sostenibilidad, habitación y ocupación de las poblaciones locales y de respuesta a demandas nacionales e internacionales.

El POTA parte de un censo rural con enfoque diferencial y de derechos; el reconocimiento y formalización de los derechos de titularidad sobre la tierra con reglamentación de los usos del suelo que disminuya la brecha existente entre su vocación y uso actual en sostenibilidad ambiental; el reconocimiento y formalización de los derechos de titularidad sobre la tierra, planificación del acceso en condiciones de igualdad a bosques y agua; la voluntad del arraigo y la consolidación de condiciones de la vida humana y de la viabilidad temporal y espacial de los ecosistemas y sus recursos, donde eventualmente podrán desarrollarse procesos extractivos, siempre y cuando sean respetuosos de los derechos humanos y de la riqueza biológica con base en acuerdos democráticos comerciales, culturales, bióticos, ecosistémicos con actores privados y públicos nacionales e internacionales

En tal sentido se requiere que:

a. Se suspendan temporalmente las disposiciones contempladas por la LOOT, ley 1454, relacionadas con el establecimiento de plazos para la actualización, formulación y revisión de los POT y EOT de los municipios durante el primer semestre de este año.

La ausencia participativa, consultiva y constructiva de las poblaciones locales, tal como lo establecen los principios constitucionales y otros acuerdos internacionales, no legitima el POT ni EOT hoy en construcción excluyente. El POT y EOT se iniciarían luego de una discusión con la sociedad o sus sectores representativos o interesados en el ordenamiento.

b. Esto implica: 1) una campaña publicitaria de un año por lo menos con los habitantes urbanos y rurales 2) la definición de los mecanismos de participación, deliberación y decisión ciudadana 3) la redefinición de los POT y EOT con criterios no solo economicistas, sino además, ambientales, protectivos y reproductivos de las fuentes de vida con el aprovechamiento de las potencialidades de usos del suelo en función de la vocación social y ambiental.

c. Se reconozca la propuesta y herramienta del POTA por las entidades locales y regionales con las que estamos interactuando como uno de los mecanismos idóneo que posibilita participación, deliberación y decisiones como competencia propia de los derechos reconocidos a comunidades indígenas y afrodescendientes y las campesinas mestizas que ya las realizan.

3. DE DERECHOS E INICIATIVAS COMUNITARIAS PARA DEFINICIONES EN POLÍTICA PÚBLICA

Reconocimiento jurídico, político, administrativo, financiero de las propuestas de las comunidades sobre las definiciones de áreas estratégicas dentro de los territorios, que ameritan una reglamentación especial, la supervivencia espacial y temporal de los ecosistemas y de las poblaciones locales que en ellas coexisten, como patrimonio del país y del mundo.

4. CONSULTA PREVIA SUSPENDER SU REGLAMENTACIÓN

Así como el Congreso ha tomado la decisión de congelar la reglamentación del marco jurídico para la paz, se requiere que:

El poder ejecutivo tome la decisión de suspender la reglamentación de la consulta previa, con miras a generar mecanismos que posibiliten y garanticen la participación, conocimiento y decisión de los distintos sectores implicados en relación con la misma.

Cualquier modificación contemplada dentro del proceso de reglamentación de la Consulta, debe basarse en el principio de protección de los derechos ya consagrados y de la profundización de los procedimientos y contenidos emanados por las comunidades, la Corte Constitucional y la Comisión Interamericana. Por eso,

La Consulta Previa debe surtirse antes de la fase de concesión de la exploración con estudios de impacto socio ambiental, realizados por entidades independientes y técnicamente capacitadas y con la discusión y el consenso del ente ejecutor con las comunidades.

5. GARANTÍAS DE NO INFLUENCIA DESVENTAJOSA

Adoptar todas las medidas necesarias para que el cabildeo que viene adelantando el sector empresarial privado, no niegue en sus contenidos y en sus técnicas disuasivas, los derechos de las comunidades campesinas, indígenas y afrodescendientes, así como los derechos de los ciudadanos colombianos a un ambiente sano, a una protección y reproducción de las fuentes de vida y a la libre información. Cualquier mecanismo de presión o de corrupción debe generar la expulsión del actor privado en algún acuerdo

6. PROHIBICIÓN A LA EXPLORACIÓN Y ACTIVIDADES EXTRACTIVAS EN ÁREAS ESTRATÉGICAS

No aprobar ni permitir la exploración y explotación minera en páramos, extensiva a cuencas hidrográficas, Zonas de Reserva Forestal, sitos sagrados establecidos por las comunidades étnicas, así como a las distintas áreas geográficas estratégicas dentro de los territorios por el potencial que representan en términos ambientales, ecosistémicos y de biodiversidad.

Establecer como requisito ineludible el que se conozcan previa y públicamente los estudios de impacto socio ambiental producto de la intervención para cualquier tipo de exploración en los territorios. Estos estudios deben estar ya en el Departamento Nacional de Planeación sobre las concesiones en curso de aprobación.

7. DIMENSIONES COLECTIVAS DE LOS DERECHOS

Adoptar medidas a través de decretos que profundicen la Ley Ambiental de Colombia de 1993 para que comunidades indígenas, afrodescendientes y campesinas sean reconocidas como sujetos colectivos que cumplen funciones de protección ambiental, facultados para ocupar y gestionar áreas de conservación y recuperación de recursos críticos.

Este reconocimiento debe favorecer las posibilidades de titulación y adjudicación de tierra a estas poblaciones, dado que cumplirían con criterios de función social y ecológica de la propiedad.

8. CLARIFICACIÓN DE COMPETENCIAS ADMINISTRATIVAS

Existen un cúmulo de instituciones con roles no precisos o traslapados que dificultan una operación eficaz sobre el ordenamiento territorial, la redistribución de la tierra.

Se requiere una sola instancia dependiente del Presidente que garantice la implementación de instrumentos técnicos que eliminen progresivamente las brechas existentes entre vocación y uso actual, impulsen el cuidado y protección de los recursos naturales garantizando su regeneración, y garanticen condiciones de desarrollo para la población campesina.

Esta reglamentación debe profundizar en la administración integral del territorio por comunidades indígenas, afrodescendientes y habitante rurales locales con la participación activa y responsabilidad de la mujer para la definición, gestión y administración de sus territorios, respetando los derechos a la Autonomía,

Descentralización y Participación consagrados en la constitución y otros acuerdos internacionales.

Adicionalmente esta reglamentación debe extenderse para el reconocimiento jurídico –político de los campesinos, que vienen organizándose a través de las Zonas de Reserva Campesina, Resguardos, Comunidades negras y otras figuras de protección a nivel territorial.

El Decreto debe identificar los mecanismo de eficacia e idoneidad para la participación de todas las comunidades locales y su interacción con la entidad dependiente de la presidencia

9. ADOPCIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE DERECHOS HUMANOS Y EMPRESAS PRIVADAS

Se adopte a través de un decreto presidencial, ley estatutaria del congreso o como jurisprudencia de la Corte Constitucional, los principios sobre derechos humanos y empresas multinacionales – Principios Rugger- para que cualquier acuerdo comercial para infraestructura, agronegocios o actividades extractivas se rija bajo estos criterios.

10. EVALUACIÓN Y SUSPENSIÓN

Revisar los impactos ambientales y sociales ya generados por explotación indebida en los territorios, para establecer responsabilidades por actuación de empresas, conducentes a: 1) revocar licencias de explotación 2) generar mecanismos de indemnización para las víctimas directas y la nación por los impactos ambientales que contemplen la creación y financiación de áreas bien sean de amortiguamiento, recuperación de suelos, regeneración de ecosistemas o corredores para la conectividad del paisaje, establecidos conjuntamente entre las comunidades y expertos en el tema ambiental.

11. ACCESO A EDUCACIÓN PÚBLICA

Una de las garantías para una administración de los territorios es el acceso a la educación. La propuesta de calidad y cobertura de la MANE, ni del gobierno asumen a los sectores rurales como sujetos beneficiarios. El arraigo, la posibilidad de asegurar un porvenir en los territorios para las nuevas generaciones pasa por la aceptación de las propuestas de educación propia y etnoeducación para primaria y secundaria en las comunidades locales rurales y la constitución de 6 universidades rurales, correspondientes a 6 regiones de Colombia, con subsedes en áreas rurales de fácil acceso, con gratuidad, subsidio de transporte, acceso a tecnología de punta. La formación profesional y tecnológica posibilitará el mejoramiento de la calidad e vida, la cualificación de las prácticas agroecológicas, el encuentro de saberes y la especialización en el conocimiento y la formación de profesionales en las diversas áreas.

En espera de su urgente y pronta respuesta, al correo electrónico reddealternativas21@gmail.com

Por Comunidades Construyendo Paz de la Red de Alternativas

• Asociación Agroecológica Esther Cayapú, ASOESCA,Trujillo, Valle.

• Asociación Campesina Agroecológica Huerto Renacer, Sucre, Cauca.

• Asociación campesina de desarrollo sostenible de San Salvador, ASCADES, Puerto Asís, Putumayo.

• Asociación Campesina en la memoria de Dumar Aljure, Mapiripán, Meta.

• Asociación Cultural y Ambiental “Arte y Barro”

• Asociación de familias víctimas de desplazamiento forzado de Argelia, Cauca

• Asociación de familias víctimas de ejecuciones extrajudiciales “Sembradores
de Paz”, San Antonio, Inzá, Cauca.

• Asociación de Víctimas de la Violencia de Riosucio, CLAMORES, Municipio de Turbo, Antioquia.

• Comunidad Civil de Vida y Paz, CIVIPAZ, municipio de El Castillo, Meta.

• Comunidad de Vida y Trabajo “La Balsita”, municipio de Dabeiba, Antioquia.

• Comunidades de Autodeterminación Vida y Dignidad, CAVIDA, municipio Riosucio, Chocó.

• Comunidades de Nueva Unión, Pedeguita y Mansilla, Carmen del Darién,
Chocó.

• Comunidades de Santa Rosa del Limón y Vigía del Curvaradó, Carmen del Darién, Chocó.

• Consejo comunitario de la comunidad negra del río Naya, Buenaventura, Valle.

• Consejo Regional del Pueblo Nasa del Putumayo, Puerto Asís, Villa Garzón, Valle del Guamuez, Mocoa, Puerto Caicedo, Orito, Leguízamo y Puerto Guzmán en
Putumayo.

• Escuela de Derechos Humanos Zona de Encuentro, Autonomía y resistencia Nasa, resguardo san Francisco, Toribio, Cauca.

• Familia Martínez, finca la Alemania, municipio de San Onofre, Sucre.

• Familia Mausa, Blanquicet y municipio Carmen de Bolívar, Bolívar.

• Familias de los Consejos comunitarios que habitan en Zonas Humanitarias y Zonas de Biodiversidad de Curvaradó, municipio Carmen del Darién, Chocó.

• Familias de los Consejos comunitarios que habitan en Zonas Humanitarias y Zonas de Biodiversidad de Jiguamiandó, municipio Carmen del Darién, Chocó.

• Familias del consejo comunitario de Bijao, Onofre en Pedeguita y Mansilla.

• Familias del consejo comunitario de Nueva Unión en Pedeguita y Mansilla.

• Jóvenes unidos por el Bajo Calima, JUBCA, Buenaventura, Valle.

• Los familiares de once jóvenes asesinados por el ejército, en los conocidos
como “falsos positivos”, municipio de Tolú Viejo, Sucre.

• Resguardo Humanitario Ambiental – Urada Jiguamiandó, So Bia Drua, Pueblo Embera, municipio Carmen del Darién, Chocó.

• Resguardo indígena Santa Rosa Guayacán Pueblo Nonam, Buenaventura, Valle.

• Zona de Reserva Campesina Perla Amazónica, ADISPA, Puerto Asís, Putumayo.

• Zonas de Biodiversidad “Grupo Porvenir”, Puerto Asís, Putumayo.