Parejas del mismo sexo son familia

El Consejo de Estado manifestó que se tienen que superar los prejuicios en especial el de la orientación sexual.


Tal vez en Colombia no existe una minoría más discriminada e insultada socialmente como la comunidad LGTBI, la cual es víctima de distintos ataques. A pesar de ello nuevamente un fallo de un alto tribunal sienta jurisprudencia sobre sus derechos.

El Consejo de Estado puso su grano de arena en la eterna discusión jurisprudencial y ética sobre la conformación de una familia por parte de parejas del mismo sexo, la cual ha sido dirimida por la Corte Constitucional al validar el vínculo entre dos personas del mismo sexo.

Con ponencia del magistrado Enrique Gil Botero, la alta corporación condenó al INPEC pagar cerca de 265 millones de pesos por su responsabilidad en la muerte de una persona que estaba interna en la cárcel de Popayán en el año 2001.

El grueso de dicha sentencia no sólo está en la indemnización a una hija del fallecido la cual nunca acreditó mediante registro civil su parentesco con la persona, también en un aparte de la sentencia el Consejo de Estado dejó clara su posición respecto al polémico tema de las uniones entre parejas del mismo sexo.

En el fallo se lee: “La familia podrá estar constituida por un padre y una hija, o por una madre soltera con su respectivo primogénito, o por la tradicional decisión libre y voluntaria entre un hombre y una mujer de hacer vida conyugal, o por la decisión libre y voluntaria de dos personas del mismo sexo que se profesan amor y desean realizar vida conyugal”.

El Consejo de Estado sentó jurisprudencia en el tema y advirtió también que “la familia no depende sólo del matrimonio, va más allá de la existencia de un contrato o vínculo formal, puesto que nace de la decisión libre de dos personas que asumen lazos de solidaridad, apoyo, cariño, amor y convivencia”.

Con esta decisión el alto tribunal se suma a los fallos de la Corte Constitucional que ha abanderado la discusión en el respeto a las minorías sexuales, salvaguardadas por la carta política de 1991.

Esta sentencia se opone radicalmente a los pronunciamientos publicitados del procurador general, Alejandro Ordóñez, quien en reiteradas ocasiones ha manifestado que la única posibilidad de familia es entre un hombre y una mujer. Sin embargo, la Corte Constitucional tiene en su poder dos solicitudes de nulidad realizadas por el jefe del Ministerio Público para tumbar la sentencia que permitió las uniones entre parejas del mismo sexo.