Militares procesados por ejecuciones extrajudiciales siguen recibiendo privilegios
El pasado 28 enero de 2013 estaba programada la continuación de la audiencia de juicio que había sido suspendida en diciembre de 2012. Sin embargo, fue pospuesta nuevamente en razón a que los cinco militares acusados de ejecutar extrajudicialmente a un campesino, no fueron trasladados a la sala donde se llevaría a cabo la diligencia judicial a pesar que la solicitud de remisión se había enviado por el juez desde el 10 de diciembre de 2012 a la cárcel de máxima seguridad de la Dorada, Caldas.
A pesar de las denuncias hechas por revista semana en abril de 2011, con el escándalo de “Tolemaida Resort”, el seguimiento a los casos de militares acusados por ejecuciones extrajudiciales, demuestra que en 2013 siguen gozando de privilegios como seguir en el servicio activo y recibir sueldo, además de ser recluidos en guarniciones militares, desconociendo los principios legales que establecen que cuando un militar es procesado por hechos que no están ligados al servicio y constituyen graves violaciones a los derechos humanos, las guarniciones militares no son los establecimientos carcelarios habilitados para su privación de libertad.
Los soldados Arley de Jesús Julio, Elver Luis Mendoza Ruíz, Luciano Rojas Jaramillo, Luis Antonio Luque y Eloy Fernando Ortíz, están siendo procesados por el delito de homicidio en persona protegida, por hechos ocurridos el 8 julio de 2008 en zona rural de Yondó, Antioquia, cuando el campesino Aicardo Antonio Ortíz, de 58 años, fue asesinado en su propia casa y luego presentado por el Ejército como “baja en combate”. El juicio oral que desde 2009 se adelanta en su contra se ha caracterizado por dilaciones injustificadas, estrategias defensivas desleales, hostigamiento e intimidación a testigos e incluso a representantes de las víctimas y fiscales.
Dilatan juicio por cambio de sitio de reclusión
El pasado 28 enero de 2013 estaba programada la continuación de la audiencia que había sido suspendida en diciembre de 2012. Sin embargo, fue pospuesta nuevamente en razón a que los soldados procesados no fueron trasladados a la sala donde se llevaría a cabo la diligencia judicial a pesar que la solicitud de remisión se había enviado por el juez desde el 10 de diciembre de 2012 a la cárcel de máxima seguridad de la Dorada, Caldas.
No obstante, sólo hasta el 28 de enero de 2013 el juez fue informado que estos cinco militares fueron trasladados desde el 27 de diciembre de 2012 a la escuela de artilleria, cantón sur en la ciudad de Bogotá.
Los militares, habían sido recluidos en el pabellón de servidores y exservidores públicos de la cárcel de la Dorada, por decisión del juez del caso, quien constató entre otros hechos, que los traslados a las audiencias de los acusados, no eran lo suficientemente rigurosos, lo cual les permitía desplazarse libremente por el complejo judicial, y tener tener contacto directo con las víctimas y los testigos.
La falta de información y comunicación generó una nueva dilación en el juicio, por lo que el juez ordenó compulsar copias para que se investigue la actuación “negligente y omisiva del director de la cárcel de máxima seguridad de la Dorada, Caldas”, quien no notificó al despacho que los internos habían sido trasladados, a pesar de que la solicitud de remisión hecha por despacho se presentó con anticipación y de manera reiterada.
Así mismo, solicitó investigar al mayor Jhon Edwar Pedraza Valenzuela, comandante del cantón sur en donde se encuentran actualmente los militares. Al respecto el juez señaló que “la judicatura encuentra con preocupación el hecho de que se haya procedido de esa manera, sin informarle al despacho lo relativo al traslado de estos miembros del ejército”.
El juez manifestó que además el jefe de remisiones del cantón sur, sargento segundo Giovanni Vargas, “al recibir las hojas de vida de los miembros del ejército o personas que han de ser recluidas debe verificar si existen solicitudes pendientes respecto de cada uno de ellos, por lo se que advierte que han incurrido en una omisión que amerita la compulsa de copias para que se investigue la actuación”.
Nuevamente, la actuación omisiva y negligente de los funcionarios militares, ocasionó que se suspendiera la audiencia hasta el mes de febrero de 2013.
Beneficios a quienes cometen graves violaciones a los derechos humanos
En agosto de 2011, los soldados procesados solicitaron el cambio de centro de reclusión pidiendo un trasladado a una reclusión militar, desconociendo los principios legales que establecen que cuando un militar es procesado por hechos que no están ligados al servicio y constituyen graves violaciones a los derechos humanos, las guarniciones militares no son los establecimientos carcelarios habilitados para su privación de libertad.
Entre los argumentos para solicitar su traslado, los militares alegaron que se encuentran en servicio activo y devengando salario, y para demostrarlo anexaron certificaciones expedidas por la Jefatura de Desarrollo Humano del Ejército Nacional, incluso uno de los soldados anexó como soporte una decisión interna del Ejército donde le informa que se le asignó un cupo en la guarnición militar de Tolemaida.
Contra el concepto emitido por el juez del caso, en enero de 2013 los demás sujetos procesales, incluído el juez, fueron sorprendidos con la decisión que tomó el INPEC al acceder a dicha solicitud y que hoy tiene gozando de privilegios ilegales a cinco militares en la escuela de artilleria, cantón sur.