Los rostros del despojo
En el debate de control político sobre tierras en la Cámara de Representantes, citado para el 18 de agosto de 2010, mencioné algunos nombres de personas y consorcios que hacen parte de poderosas estructuras que han participado en diversas modalidades de despojo de la propiedad rural en el país.
Sin ponerle rostro e identidad al problema de tierras es imposible avanzar en la restitución que anunció el ministro de Agricultura, Juan Camilo Restrepo. Dos de los ejemplos que presenté fueron la compra masiva de tierras que viene realizando un consorcio de magnates en la zona de los Montes de María, y las inmensas propiedades del señor Víctor Carranza -acusado de ser uno de los principales jefes paramilitares del país- en zonas donde se han producido desplazamientos forzados.
Hace pocos días, fue radicado el proyecto de ley de origen gubernamental para la restitución de tierras.
Surgen serios interrogantes acerca de si casos como los que expuse en el Congreso quedarían incorporados o debidamente tratados mediante la norma que se propone. ¿Poderosos consorcios que han realizado compras masivas de tierras y que han legalizado títulos de predios en sitios en los que se produjeron masacres y desplazamientos forzados podrían ser considerados “terceros de buena fe”? ¿A estos “desinformados” magnates les serían pagadas multimillonarias compensaciones? ¿Las inmensas propiedades de jefes paramilitares que despojaron tierras antes del surgimiento de las Autodefensas Unidas de Colombia -1995- no serían objeto de restitución? ¿Las víctimas de despojo provocado, directa o indirectamente, por agentes del Estado no serán consideradas como parte del procedimiento expedito de restitución de tierras?
Estos interrogantes surgen cuando se examina el artículo 2o. del proyecto de ley que limita el carácter de beneficiario de la restitución a aquellas personas que fueron despojadas “por actos generalizados de violencia armada ilegal expresamente reconocidos en proceso de justicia y paz”. Esto quiere decir que los mecanismos transicionales solo beneficiarían a las víctimas de despojo de actos cometidos por las Auc. No incluirían a las víctimas de jefes u organizaciones paramilitares anteriores o que no hicieran parte de ese grupo, ni a las víctimas de agentes del Estado. Todas ellas tendrían que apelar a la ineficiente justicia ordinaria.
De igual forma, el capítulo segundo del proyecto no precisa el carácter de los “terceros de buena fe” que compraron las tierras usurpadas y a quienes se les da el derecho de presentarse como opositores en el proceso de restitución y, eventualmente, a ser compensados. Es cierto que existe el derecho a la presunción de la buena fe, pero el aprovechamiento inescrupuloso de las circunstancias de desplazamiento para quedarse con sus tierras es un delito que se suma a la violencia armada ya ejercida contra la víctima. Y eso es lo que están haciendo grandes empresas y conglomerados económicos en los territorios de mayor desplazamiento en Colombia, a través de aparentes justos títulos.
De esta forma, la Ley de Restitución podría terminar siendo un instrumento que beneficie a un número limitado de personas que han sufrido el despojo, y que indemnice a magnates de la tierra, situación contraria al reconocimiento sin discriminación que debe ser el principio rector de una legislación justa e integral sobre víctimas. Todo esto en el contexto de la política del actual gobierno que, en materia rural, dará un impulso irrestricto a las explotaciones agroindustriales y mineras. Un modelo que empobrece al país, así como destruye la forma de vida del campesinado, de los pueblos indígenas y afrodescendientes.
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Esta semana formularé denuncia penal contra el señor José Obdulio Gaviria por los delitos de instigación a la violencia, injuria y calumnia que se desprenden de su columna de opinión ‘Alertas tempranas (I)’.
* Representante a la Cámara
Iván Cepeda Castro *