Llamado urgente al Gobierno Colombiano para garantizar el derecho a la protesta y de reunión en el marco de la Segunda Asamblea Nacional Popular que se realiza en la ciudad de Cali y la jornada de movilización convocada para el 20 julio en todo el país
La Misión Internacional por las Garantías para la Protesta Social y Contra la Impunidad, hace un llamado urgente al gobierno nacional, a las gobernaciones y alcaldías, a que garanticen el derecho a la movilidad, reunión y protesta social. En las últimas horas se ha denunciado por parte de variadas organizaciones sociales y de Derechos Humanos el hostigamiento, perfilamientos, amenazas de inmovilización y empadronamiento de vehículos que van en Caravana desde diversos territorios de Colombia hacia la ciudad de Cali para participar en la Segunda Asamblea Nacional Popular que se desarrollará entre el 17 y 20 de julio.
Estas acciones que limitan la movilidad de las personas son inconstitucionales y se constituyen en graves violaciones a los Derechos Humanos fundamentales (el derecho a la movilidad, el derecho a la libertad de expresión, el derecho a la reunión, el derecho a la información y de prensa, el derecho a la asociación y el derecho a la participación) lo que impide que la sociedad que se organiza pueda hacerlo de manera libre y sin restricciones.
A esto se suma el Decreto 0734 de 2021 expedido por la gobernación del Valle del Cauca1 en cabeza de la gobernadora Clara Luz Roldán en el que se decreta el cierre de fronteras entre el 17 y 22 de julio, argumentando que “Ante los anuncios de una nueva jornada de manifestaciones para el 20 de julio, […] se implementó el cierre de fronteras en el departamento con el propósito de disminuir la velocidad de contagio del COVID-19, garantizar la convivencia pacífica y evitar el riesgo de alteración del orden público” (Gobernación del Valle del Cauca, 2021).
Este tipo de decisiones de limitar la movilidad en especial en lo relacionado con el derecho a la reunión y a la protesta social es inconstitucional y va también en contravía de lo establecido en los estándares de los Derechos Humanos a nivel internacional. Al respecto la Corte Constitucional2 ha señalado en sus jurisprudencias que este tipo de limitaciones son contrarias a las garantías ciudadanas y no pueden ser decretadas ni siquiera en tiempos de guerra; por su parte la CIDH3 y la ONU4 , han realizado llamados especiales a Colombia para que estos derechos no sean limitados so pretexto de las medidas necesarias para enfrentar la COVID- 19.
Amparados en este tipo de medidas y bajo el uso arbitrario de la fuerza, se ha impedido el ingreso hasta el momento de buses de Pamplona, Antioquia, Caldas, Boyacá, Quindío, César, Norte de Santander, Santander y Nariño; en otros casos las delegaciones especialmente de jóvenes, luego de tener que enfrentar variados obstáculos (señalamientos y retenciones) han podido llegar hasta Cali, como los casos de: Jamundí, Neiva, Nariño, Pitalito, Puerto Boyacá, Guayabetal, Meta.
Es evidente que este tipo de actuaciones, van en contravía de lo consagrado en el numeral 21 del parágrafo 1 del artículo 1ro del decreto 0734, el cual expresa que se exceptúan de las restricciones: “El desplazamiento y comparecencia de funcionarios y personas interesadas en la gestión de actividades que garanticen la protección de derechos fundamentales, colectivos y actuaciones administrativas.” Por lo cual se hace evidente que las personas que van hacia la Asamblea, pueden movilizarse y ser partícipes de actividades de la sociedad civil en la ciudad mencionada.
Es preocupante el hecho que al momento de ser retenidos los buses por parte de agentes de la Policía Nacional, quienes exigen a las personas que demuestren que son defensoras – defensores de derechos humanos, lo que va en contravía de la misma declaración de la ONU sobre esta labor, la cual fue adoptada por el Estado colombiano, además de disposiciones internas como la directiva presidencial 07 de 1999 que ordena “A todos los servidores públicos abstenerse de (i) cuestionar la legitimidad de las organizaciones de derechos humanos y sus miembros, que actúan de acuerdo con la Constitución y las leyes”.
Hacemos un llamado urgente a las autoridades competentes de carácter nacional y gubernamental para que garanticen el derecho a la movilidad de quienes van a participar en la Asamblea; a su vez solicitar el ingreso sin obstáculo alguno al departamento del Valle del Cauca – Cali. Exigimos al Estado colombiano brindar todas las garantías para el desarrollo de la Segunda Asamblea Nacional Popular en la sede de la UniValle en Cali.
Reiteramos nuevamente el mensaje al gobierno nacional, regional y local sobre la necesidad de las garantizar el derecho a la protesta social, habilitar rutas de diálogo y concertación con las y los manifestantes para que la jornada del 20 de julio sea un espacio de expresión y encuentro democrático en todo el país.
[1] A partir de este viernes 16 de julio el Valle del Cauca implementa de nuevo el cierre de frontera. Obtenido de: https://www.valledelcauca.gov.co/publicaciones/71533/a-partir-de-este-viernes-16-de-julio-el-valle-del[1]cauca-implementa-de-nuevo-el-cierre-de-fronteras/
[2] Sentencia C-070/09
[3] Pandemia y derechos humanos en las Américas.
[4] La ONU en Colombia llama a garantizar el derecho a la libertad de reunión pacífica, la protesta y el acceso a los alimentos. Obtenido de: https://news.un.org/es/story/2021/05/1491762
Llamado urgente al gobierno colombiano (2)