Informe de Amnistía Internacional sobre Violaciones a los derechos humanos durante el Paro Nacional 2021 en Colombia
“Los sueños y esperanzas de nuestras futuras generaciones poco a poco se acaban. Los jóvenes se llenan de odio, ven morir a sus amigos sin que pase nada. No se puede atacar violencia con más violencia”.
Erlendy Cuero, defensora de derechos humanos [1]
Desde el 28 de abril de 2021 en la ciudad de Cali, capital del departamento del Valle del Cauca, ubicada al occidente de Colombia, se han presentado manifestaciones multitudinarias. Al mismo tiempo, en esta ciudad se concentran las más graves violaciones a los derechos humanos y crímenes de derecho internacional que se cometen en el país en estos días. Cientos de reportes y llamados urgentes de organizaciones de derechos humanos locales y denuncias de víctimas y sus familiares, muchas de las cuales Amnistía Internacional ha podido verificar, dan cuenta de la represión violenta sufrida por jóvenes manifestantes en las calles de Cali a manos de la fuerza pública y de civiles armados[2].
Una ley de reforma tributaria, que contenía medidas económicas que la población no percibía como justas, desató una ola de manifestaciones en casi todo el país, que rápidamente fueron mostrando la acumulación de demandas y reivindicaciones sociales históricas. En uno de los países más desiguales del continente3, las personas manifestantes han demandado mayor igualdad y la garantía de derechos económicos sociales y culturales como el derecho a la salud, a la educación, al trabajo y a la seguridad social, con desafíos exacerbados por la pandemia del COVID-19. A la vez, miles se manifestaron por el incumplimiento del Acuerdo de Paz firmado en el 2016 y el recrudecimiento de la violencia contra personas defensoras de los derechos humanos y líderes y lideresas sociales.
La mayoría de las manifestaciones fueron pacíficas. Al respecto, la vicepresidenta y canciller Marta Lucía Ramírez reconoció que el 88.5% de las manifestaciones fueron de carácter pacífico4. Sin embargo, también se tiene registro de daños a bienes públicos y privados, como daños a estaciones y buses de servicio de transporte público. Algunas personas manifestantes construyeron barricadas, lo que supuso obstrucción temporal de las vías públicas en varias ciudades de Colombia.
Ante estas masivas protestas, el gobierno del presidente Iván Duque Márquez respondió con estigmatización, calificando a las personas manifestantes como “vándalos”, “terroristas” y otros calificativos que implicarían la comisión de delitos, criminalización y represión policial. El 28 de mayo, el presidente Duque decretó la militarización de varias ciudades del país, entre ellas, Cali, en el Valle del Cauca. La presencia de militares con más de seis décadas de formación para responder al conflicto armado, en las calles de centros urbanos, lejos de dar un mensaje de diálogo, avivó las protestas.
Amnistía Internacional realizó una exhaustiva verificación digital de material audiovisual, que da cuenta del uso excesivo e innecesario de la fuerza por parte de agentes de Policía Nacional, en particular, de agentes del Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD). Este Escuadrón fue creado a finales de los años noventa con una disposición transitoria, con el objetivo de controlar disturbios y restablecer el orden público. Sin embargo, sigue en operación y es objeto de constantes denuncias por uso excesivo e innecesario de la fuerza en su intervención en protestas, dejando a su paso cientos de muertes violentas y graves lesiones a manifestantes, la mayoría que permanecen en la impunidad.
En ese contexto, organizaciones defensoras de los derechos humanos denunciaron la muerte de al menos 28 personas entre el 28 de abril y el 28 de junio pasados[5], como resultado del accionar ilegal de la fuerza pública. Además, han documentado al menos 90 casos de lesiones oculares[6] y 28 casos de violencia sexual en el marco de manifestaciones[7]. Las cifras de detenciones arbitrarias denunciadas por organizaciones consultadas por Amnistía Internacional ascienden a 2.000 casos aproximadamente[8]. Tales organizaciones denunciaron además más de 300 personas presuntamente desaparecidas en el marco de las protestas[9], de las cuales al menos dos fueron encontradas sin vida en circunstancias por esclarecer [10] y la demás estarían pendientes de ser localizadas.
Amnistía Internacional centró la presente investigación en las violaciones a los derechos humanos en la ciudad de Cali por la dimensión de la crisis y la concentración de las denuncias. Cali es una ciudad conectada al Pacífico colombiano, una de las regiones más golpeadas por el conflicto armado interno y que, en la actualidad, tiene reportes de proliferación de actores armados ilegales que continúan dejando miles de personas desplazadas y asesinadas[11]. La ciudad Cali ha acogido históricamente a poblaciones Afrodescendientes desplazadas forzadamente por el conflicto armado desde los departamentos del Chocó, Cauca, Nariño y ciudades como Buenaventura[12]. De acuerdo a su alcaldía, Cali es la tercera ciudad más grande de Colombia y la segunda con mayor población Negra/Afrodescendiente en Latinoamérica13. Organizaciones que defienden los derechos de las personas afrodescendientes en Cali, como Afrodes14, han denunciado que Cali es una ciudad caracterizada por la desigualdad, la exclusión y el racismo estructural. Por lo que no resulta sorprendente que Cali se convirtiera en el epicentro de la ola de manifestaciones de los últimos meses, y que la respuesta a estas protestas fuera tan violenta.
A través de una rigurosa investigación y verificación de material audiovisual, Amnistía Internacional documentó ataques de civiles armados, quienes, acompañando a agentes de la Policía Nacional, y con su aquiescencia y tolerancia, atacaron a manifestantes y personas defensoras de los derechos humanos, constituyendo así expresiones de paramilitarismo urbano.
La organización realizó más de cincuenta entrevistas a profundidad con víctimas, sus familiares, testigos, personas y organizaciones defensoras de los derechos humanos y periodistas que denunciaron la represión violenta de las manifestaciones. Además, realizó un exhaustivo trabajo de verificación y análisis de más de quinientas piezas audiovisuales que dan cuenta del uso excesivo e innecesario de la fuerza y la violencia desplegada contra las personas que ejercían su derecho a la protesta pacífica.
Asimismo, la organización envió solicitudes de información al Ministerio de Defensa, a la Policía Nacional, a la Fiscalía General de la Nación y a la Defensoría del Pueblo del Valle del Cauca, siendo ésta última y el Juez 158 de Instrucción Penal Militar las únicas instituciones que dieron respuesta a la solicitud hasta el cierre del presente informe[15].
En este informe se analizan tres acontecimientos específicos que acumularon diversos casos de violaciones de derechos humanos ocurridos en Cali.
El primero denominado “Operación Siloé”, ocurrida el 3 de mayo de este año, en el que se evidencia una incursión de agentes de Policía Nacional en conjunto con agentes del ESMAD y del Grupo de Operaciones Especiales de la Policía Nacional de Colombia (GOES), que usaron armas letales como fusiles Tavor 5.56 mm contra manifestantes pacíficos. Esa noche se registraron al menos tres personas muertas por herida de arma de fuego, cientos de personas lesionadas y varias detenciones arbitrarias.
El segundo evento ocurrido el 9 de mayo, es el ataque contra la Minga Indígena, llevado a cabo por civiles armados, en presencia y con aquiescencia y tolerancia de agentes de la Policía Nacional. Ese día resultó herida la defensora de derechos humanos Indígena Daniela Soto y resultaron heridas 10 personas pertenecientes a Pueblos Indígenas.
Por último, en el informe se presentan los hechos ocurridos el 28 de mayo, cuando agentes de la Policía Nacional usando la fuerza de manera excesiva actuaron coordinadamente con civiles armados y atacaron a los manifestantes en el barrio aledaño a la Universidad del Valle. Ese día una decena de jóvenes manifestantes, entre ellos Álvaro Herrera, Noé Muñoz y Sebastián Mejía, fueron golpeados y detenidos por civiles armados, quienes luego los entregaron a la Policía Nacional. Álvaro y Sebastián denunciaron haber sido sometidos a torturas y tratos crueles e inhumanos durante esa detención ilegal.
Las prácticas evidenciadas en Cali -que incluyen uso de armas letales contra manifestantes, uso excesivo e ilegítimo de armas menos letales como gases lacrimógenos, detenciones ilegales y torturas-, son un reflejo de cientos de denuncias recibidas por manifestantes, personas y organizaciones defensoras de los derechos humanos y demuestran un modus operandi llevado a cabo a lo largo del país. Amnistía Internacional considera que las violaciones de derechos humanos y crímenes de derecho internacional, como la tortura y la desaparición forzada de personas, cometidos por agentes de la fuerza pública no son hechos aislados o esporádicos, sino que responden a un patrón de accionar violento, destinado a infligir miedo y desincentivar la protesta pacífica.
El presente informe constituye uno de varios documentos que Amnistía Internacional publicará dando cuenta de las violaciones de derechos humanos y crímenes de derecho internacional cometidos en Colombia en el contexto del Paro Nacional. El análisis se centra en Cali en vista de la desproporcionada y violenta respuesta de las autoridades estatales contra jóvenes desarmados, en su mayoría Afrodescendientes y pertenecientes a familias de bajos ingresos, y contra Pueblos Indígenas.
A través del informe Amnistía Internacional concluye cómo en Cali se manifiesta la esencia de la respuesta represiva del Estado colombiano y los verdaderos objetivos detrás de esta represión. Cali muestra las luces y sombras de un país atravesado por la desigualdad y la lucha orgullosa y valiente, creativa y diversa de sus comunidades, que resisten y exigen vivir en un país más justo. Los hechos y casos documentados en el informe evidencian el contexto de discriminación, estigmatización y violencia contra los Pueblos Indígenas y comunidades Afrodescendientes quienes de manera histórica han sufrido desproporcionalmente las consecuencias del conflicto armado y la falta de protección por parte de las autoridades.
En el presente informe Amnistía Internacional hace una serie de recomendaciones a las autoridades colombianas entre las que se incluyen:
• Dar una orden inequívoca de detener la represión violenta por parte de las fuerzas de seguridad;
• Atender de manera urgente las causas estructurales que afectan el ejercicio de derechos humanos y las demandas sociales que dan origen a las protestas pacíficas;
• Reconocer el carácter mayoritariamente pacífico de las manifestaciones, y tomar todas las medidas para garantizar los derechos a la libertad de expresión y asamblea pacífica de todas las personas en el país, sin distinción;
• Abstenerse de emitir pronunciamientos que estigmaticen y criminalicen la protesta y a sus participantes;
• Retirar a las fuerzas militares de las operaciones de orden público, incluyendo durante las protestas;
• Asegurar que las fuerzas de seguridad encargadas de hacer cumplir la ley cumplen plenamente con los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley;
• Reconocer el accionar represivo de la fuerza pública en el contexto del Paro Nacional y adoptar medidas para asegurar una investigación diligente, independente e imparcial y abstenerse de impedir el juzgamiento y sanción de las personas que sean halladas responsables de las violaciones de derechos humanos y de crímenes de derecho internacional, según corresponda;
• Establecer un plan de atención inmediata y reparación integral para las víctimas de la represión y sus familias;
• Reconocer públicamente la labor legítima de las organizaciones y personas defensoras de derechos humanos en el contexto del Paro Nacional;
• Adoptar medidas para garantizar el trabajo de los periodistas, comunicadores sociales en el contexto del Paro Nacional;
• Cumplir sin demora con las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos;
• Cooperar con y no obstaculizar la labor del Mecanismo Especial de Seguimiento en Materia de Derechos Humanos para Colombia de la CIDH; e
• Iniciar investigaciones de manera diligente, independiente e imparcial sobre las violaciones de derechos humanos y crímenes de derecho internacional cometidos en el contexto del Paro Nacional, concretamente en la ciudad de Cali y los casos presentados en este documento, y de existir pruebas suficientes y admisibles contra las personas sospechosas de responsabilidad penal, someterlas a un proceso justo ante los tribunales civiles ordinarios. La investigación debe incluir todas las responsabilidades dentro de la línea de mando de la fuerza pública, así como en la participación de civiles armados con su aquiescencia y tolerancia.
La evidencia descrita en el presente informe permite concluir que agentes de la Policía Nacional de Colombia, en particular los agentes del Escuadrón Móvil Antidisturbios violaron los derechos humanos de manifestantes pacíficos en Cali. El ESMAD hizo uso excesivo e innecesario de la fuerza contra manifestaciones pacíficas, con el objetivo de desarticularlas. Bajo la justificación del restablecimiento del orden, cientos de personas sufrieron daños considerables a su integridad personal y decenas de jóvenes perdieron la vida en Cali.
En este informe se evidencia que agentes de la fuerza pública y civiles armados actuando con su aquiescencia y tolerancia, atacaron a los manifestantes, cometiendo en algunos casos actos de tortura. Amnistía Internacional denuncia que, en un país golpeado por décadas de violencia paramilitar, estos hechos revisten de la mayor gravedad y deben ser investigados de manera diligente, independiente e imparcial.
Las prácticas evidenciadas en Cali -que incluyen uso de armas letales contra manifestantes, uso excesivo e ilegítimo de armas menos letales como gases lacrimógenos, detenciones ilegales y torturas-, son un reflejo de cientos de denuncias recibidas por manifestantes, personas y organizaciones defensoras de los derechos humanos y demuestran un modus operandi llevado a cabo a lo largo del país.
Dichas prácticas evidencian además la imperiosa necesidad de cumplir con las disposiciones de la Corte Suprema de Justicia de 2020 y proceder a reformar integralmente la Policía Nacional y sus protocolos en respuesta además a la demanda permanente de las organizaciones y personas defensoras de derechos humanos y las recomendaciones de la CIDH. Amnistía Internacional hará recomendaciones puntuales sobre los puntos específicos que requiere una reforma policial en Colombia que sea acorde con los estándares internacionales en materia de derechos humanos, en un documento posterior.
Finalmente, Amnistía Internacional considera que las violaciones de derechos humanos y crímenes de derecho internacional cometidos por la fuerza pública no son hechos aislados o esporádicos, sino que responden a un patrón de accionar violento, a fin de suscitar miedo y desincentivar la protesta pacífica. Esto demanda de la comunidad internacional la más enérgica condena y de las autoridades colombianas acciones concretas para detener la represión, garantizar la protesta pacífica y hacer justicia por las violaciones de derechos humanos y crímenes de derecho internacional cometidos en el país.
AMNISTÍA INTERNACIONAL REALIZA LAS SIGUIENTES RECOMENDACIONES:
AL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y LAS ALTAS AUTORIDADES DEL GOBIERNO:
1. Dar una orden inequívoca de detener la represión violenta por parte de las fuerzas de seguridad;
2. Atender de manera urgente las causas estructurales que afectan el ejercicio de derechos humanos y las demandas sociales que dan origen a las protestas pacíficas;
3. Reconocer el carácter mayoritariamente pacífico de las manifestaciones, y tomar todas las medidas para garantizar los derechos a la libertad de expresión y asamblea pacífica de todas las personas en el país, sin distinción;
4. Abstenerse de emitir pronunciamientos que estigmaticen y criminalicen la protesta y a sus participantes;
5. Prevenir y no promover actos de estigmatización, discriminación y racismo contra los pueblos Indígenas, las comunidades Afrodescendientes y otros grupos de población históricamente marginalizados;
6. Retirar a las fuerzas militares de las operaciones de orden público, incluyendo durante las protestas;
7. Asegurar que las fuerzas de seguridad encargadas de hacer cumplir la ley cumplen plenamente con los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego por los Funcionarios Encargados de Hacer Cumplir la Ley, lo que incluye que
• recurran a la fuerza letal solamente en situaciones de peligro de lesiones graves o de muerte y nunca como medio de dispersión de multitudes,
• cesen el uso del sistema Venom en las operaciones de orden público en general y en la gestión de manifestaciones en particular,
• y que aseguren que los gases lacrimógenos solamente se usen con el fin de dispersar a una multitud en situaciones de violencia generalizada. Nunca deberán usarse en espacios donde las personas no se puedan dispersar o contra una reunión pacífica.
Al respecto Amnistía Internacional recomienda que se utilicen sus Directrices para la aplicación de los principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y sus 30 reglas para el uso de sustancias químicas irritantes en la aplicación de la ley como marco de referencia.
8. Reconocer el accionar represivo de la fuerza pública en el contexto del Paro Nacional y adoptar medidas para asegurar una investigación diligente, independente e imparcial y abstenerse de impedir el juzgamiento y sanción de las personas que sean halladas responsables de las violaciones de derechos humanos y de crímenes de derecho internacional, según corresponda;
9. Cumplir con las resoluciones de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de 22 de septiembre de 2020 de forma que se garantice y facilite el ejercicio de los derechos fundamentales a la expresión, reunión, protesta pacífica y libertad de prensa y se expida la normativa relativa al uso de la fuerza en manifestaciones pacíficas y las demás ordenadas por la referida Corte.
10. Establecer un plan de atención inmediata y reparación integral para las víctimas de la represión y sus familias;
11. Reconocer públicamente la labor legítima de las organizaciones y personas defensoras de derechos humanos en el contexto del Paro Nacional;
12. Fomentar un entorno en el que las personas defensoras de los derechos humanos puedan realizar libremente su legítima labor de defensa de los derechos humanos;
13. Adoptar medidas para garantizar el trabajo de los periodistas, comunicadores sociales en el contexto del Paro Nacional;
14. Cumplir sin demora con las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos;
15. Cooperar con y no obstaculizar la labor del Mecanismo Especial de Seguimiento en Materia de Derechos Humanos para Colombia de la CIDH;
16. Adoptar las medidas tendientes a reconocer prontamente la competencia del Comité sobre Desapariciones Forzadas para recibir y considerar las denuncias presentadas por víctimas o sus representantes y aquellas que pudieren provenir de otros Estados parte en la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas (Artículos 31 y 32, respectivamente).
A LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
17. Iniciar investigaciones de manera diligente, independente e imparcial sobre las violaciones de derechos humanos y crímenes de derecho internacional cometidos en el contexto del Paro Nacional, concretamente en la ciudad de Cali y los casos presentados en este documento, y, de existir pruebas suficientes y admisibles contra las personas sospechosas de responsabilidad penal, someterlas a un proceso justo ante los tribunales civiles ordinarios;
18. La investigación debe incluir todas las responsabilidades dentro de la línea de mando de la fuerza pública, así como en la participación de civiles armados con su aquiescencia y tolerancia;
A LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO
19. Cumplir con su mandato constitucional de velar por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos con independencia e imparcialidad y libre de injerencia e influencia de autoridades políticas;
20. Cumplir con las disposiciones de la Corte Suprema de Justicia en su sentencia de 22 de septiembre de 2020, particularmente aquella relativa a “realizar un control estricto, fuerte e intenso de toda actuación de[l ESMAD] en el desarrollo de manifestaciones y de sus actividades en cada uno de sus procedimientos”;
A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
21. Adelantar investigaciones disciplinarias contra agentes de la fuerza pública denunciados por uso excesivo e innecesario de la fuerza, con ocasión de su intervención en las manifestaciones pacíficas; estas investigaciones no reemplazan a las de carácter penal que corresponda adelantar contra dichos agentes;
22. Realizar investigaciones disciplinarias contra funcionarios públicos del nivel nacional y local, por omisión en el cumplimiento de sus deberes de protección de la protesta social; estas investigaciones no reemplazan a las de carácter penal que corresponda adelantar contra dichos funcionarios.