Impunidad en Colombia, ¿política de Estado?
Ad portas de que el Estado colombiano presente su Examen Periódico Universal ante Naciones Unidas, organizaciones defensoras de derechos humanos han sistematizado a partir de las cifras oficiales y de casos emblemáticos, los altos niveles de impunidad, que podrían “rajar” tanto a la justicia como al Estado en la rendición de cuentas que todos los países realizan ante el organismo internacional.
Interceptaciones ilegales del DAS, tema olvidado.
El resultado de los procesos penales por las violaciones a los DDHH cometidas por el DAS es precario. A la fecha, solamente se han imputado cargos contra Bernardo Moreno, ex secretario general de la Presidencia de la República, y María del Pilar Hurtado, ex directora del DAS, contra quien se impuso medida de aseguramiento y que actualmente se encuentra asilada en Panamá, prófuga de la justicia.
Tampoco hay resultados en la investigación contra el ex presidente Álvaro Uribe, en su calidad de jefe del DAS, por las violaciones a los DDHH cometidas por esta entidad durante sus dos períodos presidenciales, ni por los reiterados señalamientos que líderes paramilitares han hecho sobre él en sus confesiones en el marco de la Ley de Justicia y Paz.
Con la decisión del Gobierno Santos de suprimir el DAS y el posterior traslado del personal a otras instituciones del Estado, pareciera que se quiso “echar al olvido” el tema, y, lo que es peor, no se realizó un proceso de depuración para la destitución de funcionarios implicados en las actividades ilegales de inteligencia o relacionados con grupos paramilitares.
En el “Informe para el Examen Periódico Universal de Colombia de 2013”, las organizaciones defensoras de derechos humanos denunciaron, además, que la Fiscalía incorporó 3.218 ex funcionarios del DAS a la oficina de Protección a Víctimas y Testigos y al CTI, en funciones de policía judicial. La principal preocupación manifestada radica en que algunos de estos funcionarios están a cargo de la protección de personas en riesgo y que justamente ya habían sido perseguidas por el DAS.
Investigaciones contra la Fuerza Pública, no andan
De acuerdo con las cifras presentadas por el informe, la Unidad de DDHH y DIH de la Fiscalía tiene abiertas 1.579 investigaciones por casos de ejecuciones extrajudiciales, cometidas por miembros de la Fuerza Pública desde enero de 2000. Sin embargo, 13 años después, solo se han emitido 16 sentencias, es decir, un uno por ciento de los casos.
A febrero de 2012 se adelantaban investigaciones contra 2.624 soldados, 629 suboficiales y 427 oficiales, 18 investigaciones contra coroneles pero solo una condena. Ningún general ha sido investigado ni condenado.
De igual forma, el informe califica como “retroceso” la reforma constitucional sobre fuero penal militar, pues consideran que este permite que la justicia penal militar (JPM) investigue detenciones arbitrarias, tratos crueles inhumanos y degradantes, y crímenes de guerra; y que asuma exclusivamente la competencia para conocer las infracciones al DIH, lo que en el pasado ha generado impunidad.
No obstante, lo que más inquieta a las organizaciones de DDHH sobre esta iniciativa es que la reforma propone la creación de una comisión mixta con integrantes de la JPM y de la justicia ordinaria encargada de decidir sobre los conflictos de competencia, y se establece un Tribunal de garantías para los militares procesados, modificando la regla de competencia vigente que establece que, ante la duda, el caso es de competencia de la justicia ordinaria. Además de esto, como un factor promotor de impunidad, el informe advierte sobre las intenciones del Gobierno para que, en adelante, los procesos penales en los que se investiguen miembros de la Fuerza Pública lleguen inmediatamente a la JPM.
Aunque la reforma señala que la JPM no conocerá de casos de violencia sexual, si se configuran otros obstáculos para las mujeres víctimas de otras violencias, pues quienes decidirán si un proceso es de justicia ordinaria o militar serán los mismos militares.
Otro elemento que se ha convertido en un mecanismo de impunidad —según el informe que las organizaciones socializarán en el marco del Examen Periódico Universal que Colombia presentará en Ginebra en abril de 2013— es la defensa técnica a la que recurren los militares a través de la DEMIL (Defensoría Militar), pues ésta se ha especializado en obstaculizar los procesos penales por violaciones de DDHH, como en su momento lo denunció la fiscal general Viviane Morales.
De acuerdo con lo expuesto en el documento de las organizaciones de derechos humanos, los obstáculos interpuestos por miembros del Estamento Militar al desarrollo de las investigaciones van desde manipulaciones a la escena del crimen y a los elementos probatorios, ocultación y negativa al suministro de información, y no comparecencia a las diligencias, hasta maniobras dilatorias de los abogados de la Defensa Militar, y precarias garantías de seguridad y logísticas para inspeccionar lugares o sitios de detención, o para suministrar nombres de agentes de seguridad que pudieron haber participado en los hechos.
De otro lado, la Oficina del Alto Comisionado para las Naciones Unidas, denunció que los beneficios concedidos a miembros del Ejército que se encontraban detenidos en establecimientos militares o investigados penalmente por violaciones de DDHH “pueden llegar a constituir una forma de impunidad”.
Mujeres: revictimizadas por la impunidad
Según Medicina Legal, entre enero y diciembre de 2011, se registraron 70.134 casos de violencia intrafamiliar contra mujeres, y 130 casos de mujeres asesinadas por su pareja o ex pareja. Pese a esto, las autoridades solo reportan 8 investigaciones bajo el agravante de feminicidio.
Según el cuarto informe de la Mesa Seguimiento del Auto 092 (2011), de un grupo de 191 casos de violencia sexual, 90,3% se encuentran en investigación y judicialización, 7,3% fueron cerrados, y 2,1% terminaron con sentencia condenatoria. Significa que 97,6% de los casos se encuentran en la impunidad, resaltando que dicho margen de impunidad puede incrementarse, pues una de las sentencias reportadas como condenatorias fue revocada.
Frente al tema de violencia sexual, el informe recuerda que, según los estándares internacionales de justicia, ningún actor armado se debería beneficiar de amnistía por las agresiones sexuales; sin embargo, es preocupante que a través de la Ley de Justicia y Paz, se observa la ausencia de investigación contra los grupos paramilitares y la falta de condenas en su contra.
Investigación de reclutamiento forzado de niños y niñas: deuda pendiente
A pesar de que, desde 1999 a diciembre de 2012, 5.052 niños y niñas desvinculados de grupos armados han ingresado al Programa respectivo del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, lo que implica testimonios directos ante defensores de familia y equipos psicosociales que acompañaron estos procesos, actualmente solo existen 2 sentencias que incluyen cargos por el delito de reclutamiento ilícito en el marco de aplicación de la Ley de Justicia y Paz, y 13 casos por Justicia Ordinaria, indica el informe realizado por las organizaciones de derechos humanos con la información tomada de fuentes oficiales.
Impunidad estructural en casos de desaparición forzada
La información reseñada en el documento evidencia que, de los 18.638 casos clasificados oficialmente como desapariciones forzadas, la Fiscalía General de la Nación solo está adelantando 14.350 investigaciones. Eso significa que más de 4.200 casos no estaban bajo investigación.
Cita el informe que, a fines de 2011, los 23 fiscales de la Unidad de Fiscalía contra Desaparición y Desplazamiento Forzado tenían a su cargo 31.180 procesos. Eso significa que cada Fiscal lleva un promedio de 1.356 casos, y no cuenta con recursos técnicos ni humanos adecuados para atender la complejidad y el volumen de los casos.
Con la información recolectada, el informe determinó que más de 98% de los casos se encuentran en la impunidad y en las fases preliminares de la investigación, pues, durante el 2011, más de 1.000 casos terminaron con archivo del proceso; 135 casos con inhibitorio; solo hubo 6 sentencias condenatorias bajo el procedimiento de la Ley 906/04 (procedimiento acusatorio) y 10 sentencias bajo el anterior procedimiento (Ley 600/2000).
Otras Cifras sobre impunidad
Sindicalistas: violencia contra sindicalistas se investiga como delitos comunes. El nivel de impunidad es del 97%
Periodistas: Hay 17 sentencias condenatorias de 139 casos de periodistas asesinados entre 1977 y 2011169.
Población LGBTI: de los 533 homicidios de LGBTI registrados entre 2006 y 2011, se han abierto procesos penales en 45% de ellos. Los 20 casos en los que se ha dictado sentencia condenatoria han sido calificados como “crímenes pasionales” y no se ha investigado si la motivación fue la orientación de género de las víctimas.
Casos de tortura: solamente se encuentran 10 casos en etapa de juicio; es decir, 10,9% de 91 expedientes que tiene bajo conocimiento. Violencia sexual en el conflicto armado: 97,8% de los casos de violencia sexual del Auto 092/2008 de la Corte Constitucional no cuentan con sentencia condenatoria.
[Ver Informe EPU Sociedad Civil
>https://www.justiciaypazcolombia.com/IMG/pdf/epu_plataformas_280912_2_.pdf]
[Ver Informe OACNUDH
>https://www.justiciaypazcolombia.com/IMG/pdf/informe_oacnudh.pdf]