ELN: Acordar y Cumplir, Regla de Oro para la Paz

Desde que el ELN y el gobierno de Santos iniciaron diálogos, se establecieron las reglas del juego, partiendo de reconocer que este se realizaba entre dos partes con iguales deberes y derechos en lo que serían diálogos y negociaciones.


Dentro de dichas reglas se concluyó que “acordar y cumplir era regla de oro para la paz”, así como la importancia de que un grupo de países escogidos de común acuerdo, tuvieran mínimo un representante, como testigos de lo acordado y que todo lo que se acordaba quedaba por escrito y firmado por “LAS PARTES”.

Con esas reglas del juego, entre otras, se iniciaron las conversaciones entre las delegaciones del gobierno y el ELN.

Si bien en el tiempo anterior a la publicación de la agenda acordada el pasado 30 de Marzo en Caracas, Venezuela, el ELN hizo varios reclamos al gobierno y a su delegación por incumplimiento a los acuerdos escritos y aprobados, la violación más grave a la norma de que “acordar y cumplir es la regla de oro para la paz”, se produce por parte del gobierno en cabeza del presidente Santos cuando ya pendiente de definir la fecha de abrir la mesa pública en Quito, coloca como condición, y por encima de los acuerdos, que el ELN libere a las personas que tiene retenidas y renuncie a las retenciones en adelante.

¿Por qué esta imposición se coloca luego de firmada y publicada la agenda, si en los años anteriores de la construcción del acuerdo, este asunto de las retenciones no se colocó como condición para avanzar en los acuerdos?

El ELN ha sido claro que ni dialoga, ni negocia bajo imposiciones, y no permitirlas es parte de su dignidad y su personalidad.

El último impase producido por el nuevo incumplimiento del gobierno violando lo acordado, que ya hemos denunciado y debemos reiterar, está referido a los acuerdos logrados y estampados con las firmas de los miembros de las delegaciones el pasado 5 y 6 de octubre, fecha en la cual los garantes de Ecuador, Cuba, Venezuela, Noruega, Brasil y Chile, oficiaron como testigos, coloca en una nueva crisis el proceso de diálogos y la apertura de la fase pública.

Lo acordado el 5 y 6 de octubre:

DOCUMENTO NÚMERO 1

…Caracas, Venezuela, 10 de octubre de 2016

Las delegaciones del Gobierno Nacional y el ELN hemos acordado:

Instalar el día 27 de octubre en Quito, Ecuador la mesa pública de conversaciones.
La agenda de conversaciones se iniciará con el punto 1. Participación de la sociedad en la construcción de la paz; adicionalmente, se trabajará el subpunto 5f. Acciones y dinámicas humanitarias.

Iniciar el proceso de liberación de los secuestrados/retenidos con 2 casos antes del 27 de octubre. Además, cada una de las partes hará, a partir de la fecha, otras acciones y dinámicas humanitarias para crear un ambiente favorable para la paz.

Agradecemos a la República Bolivariana de Venezuela la hospitalidad brindada para el desarrollo de las reuniones que han llevado a este acuerdo, y a los demás países garantes Ecuador, Cuba, Chile, Noruega y Brasil, por acompañarnos en las mismas y por su apoyo a Colombia en la búsqueda de la paz.

Por el Gobierno de la República de Colombia

  • Mauricio Rodríguez Jefe de Delegación
  • MG(r) Eduardo Herrera Berbel
  • José Noé Ríos
  • Julián Arévalo

Por el Ejército de Liberación Nacional

  • Pablo Beltrán Jefe de Delegación
  • Aureliano Carbonel
  • Gustavo Martínez
  • Bernardo Téllez
  • Consuelo Tapias

Por el Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela

  • Ramón Rodríguez Chacín

Carola Martínez

Por el Gobierno de la República del Ecuador

  • Juan Meriguet

Por el Gobierno de la República de Cuba

  • Rodolfo Benítez Verson
  • Abel García

Por el Gobierno de la República de Chile

  • Raúl Vergara Meneses
  • Luis Maira

Por el Gobierno del Reino de Noruega

  • Dag Nylander
  • Torleif Kveim

Por el Gobierno de la República Federativa de Brasil

  • José Solla.

En consecuencia con lo acordado y consignado en el numeral 3 del acuerdo número 1 consignado arriba, el ELN procedió a liberar a partir del mismo 6 de Octubre al señor ex alcalde de Charalá (Santander), Fabio León Ardila y luego al señor Alejandro Alarcón.

Estas dos personas fueron entregadas en el departamento de Arauca a comisiones humanitarias y en presencia de Medios de comunicación.

De esa manera, el ELN cumplió lo acordado, tal como lo establece el documento número 1.

DOCUMENTO 3: ACUERDO LEÍDO A LOS GARANTES, PARA QUE SEAN TESTIGOS DE SU CUMPLIMIENTO….

En el marco de las dinámicas y acciones humanitarias de las Partes:

1- El ELN hará una liberación de un secuestrado/retenido en el transcurso de la primera ronda de conversaciones.

A solicitud del ELN, y conforme a la ley, el Gobierno Nacional nombrara dos (2) gestores de paz antes de iniciar en Quito, y una vez instalada la Mesa se procederá a desarrollar el trámite correspondiente para conceder dos (2) indultos en un plazo de 30 días…

Para cumplir lo acordado y consignado en este documento número 3, el ELN tiene dispuesto todo lo que le corresponde para liberar, EN EL TRANSCURSO DE LA PRIMERA RONDA, a un tercer retenido que sería el señor Odín Sánchez, siempre y cuando el gobierno nacional, también cumpla su compromiso de “una vez instalada la Mesa se procederá a desarrollar el trámite correspondiente para conceder dos (2) indultos en un plazo de 30 días…

Así mismo el ELN le solicita al gobierno nacional cumplir su compromiso de “el Gobierno Nacional nombrara dos (2) gestores de paz antes de iniciar en Quito”…

Por todo lo anterior, el Comando Central del ELN le reitera a Colombia y a la Comunidad Internacional, que no ha incumplido ninguno de sus compromisos ni ha faltado a ninguno de los acuerdos pactados con el gobierno en presencia de los garantes como testigos y, por el contrario, deja claro en este documento el incumplimiento del gobierno nacional conforme a lo acordado en los documentos firmados el pasado 6 de Octubre.

Repetimos que ante las reiteradas manifestaciones de funcionarios gubernamentales responsabilizando al ELN de incumplir lo acordado, es que recurrimos a poner en conocimiento de la opinión, apartes de los documentos firmados por las dos delegaciones en Caracas, el pasado 6 de Octubre.

No se trata entonces de ser intransigentes, no es tampoco que por X persona retenida entró de nuevo en crisis la mesa de diálogos con el ELN y mucho menos porque el ELN subvalore la importancia de abrir la fase púbica o el proceso de paz. Sencillamente hemos aprendido que una negociación no puede realizarse bajo imposiciones de una de las partes, violando lo acordado y usando el recurso de la ventaja mediática para responsabilizarnos de conductas que no hacen parte de nuestra práctica. Aceptar imposiciones sería pésimo precedente para el proceso de paz.

Doctor Juan Camilo Restrepo, otorgarle su condición de gestores de paz a dos presos del ELN es el compromiso que debe cumplir el gobierno antes de iniciar la fase pública, y la liberación del señor Odín Sánchez, se realizará en el transcurso de la primera ronda, en el mismo lapso en que el gobierno otorgará dos indultos a presos del ELN. Esto es lo que dicen los acuerdos.

A Colombia y la Comunidad internacional les reiteramos que el ELN no desistirá de buscar con ahínco la paz, porque ese es el camino de futuro para nuestro país y sus gentes.

Fuente: www.eln-voces.com/index.php/editorial-insu/858-acordar-y-cumplir-regla-de-oro-para-la-paz