El DAS de Uribe construyó una campaña de odio contra la senadora Piedad Córdoba: Juzgado Administrativo
“Se iniciaron controles a La Perla el día 20 de abril del año en curso (2006)”
“En la fotografía se muestra a La Perla y su asesor Omar Ñañez”
“Seguimiento a las camionetas donde se desplazaba La Perla en la Avenida Circunvalar”.
Citas que corresponden a informes de inteligencia ilegal sobre la entonces senadora Piedad Córdoba Ruíz, víctima de persecución desde el extinto Departamento Administrativo de Seguridad -DAS.
Mediante sentencia de primera instancia, el 6 de agosto de 2019, el Juzgado 38 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, estableció la responsabilidad del Estado Colombiano por la persecución de que fue objeto la ex senadora Piedad Esneda Córdoba Ruiz y la afectación de sus derechos a la intimidad, integridad, honra y buen nombre.
En el fallo, el Juzgado declaró la responsabilidad de La Nación – Presidencia de la República – Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y del extinto Departamento Administrativo de Seguridad -DAS, por las interceptaciones ilegales realizadas a Piedad Córdoba como parte de una política de hostigamiento, persecución y tortura psicológica a integrantes de la oposición.
De acuerdo con el Juzgado, en el proceso judicial se logró demostrar que el extinto DAS actuó de manera manera ilegal al llevar a cabo labores de inteligencia en contra de la entonces senadora, con la finalidad, también ilegítima, de brindar la información obtenida de sus comunicaciones al director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
La sentencia señala específicamente la responsabilidad de la Presidencia de la República en cabeza del expresidente Álvaro Uribe Vélez por los señalamientos públicos que realizó contra la congresista. También llegó a esta conclusión con fundamento en las condenas penales en contra de exagentes del DAS, de dos exdirectores de dicha entidad y del secretario privado de la presidencia de la República, así como decisiones judiciales previas sobre operaciones ilegales contra la ex congresista y dirigente política de oposición realizadas por el Departamento Administrativo de Seguridad -DAS, entre 2005 y 2008.
Igualmente, se destaca que en este caso las actuaciones ilícitas no se limitaron a interceptaciones ilegales a las comunicaciones de Piedad Córdoba y de sus familiares, sino que en el marco de las operaciones “Amazonas” y “Onix” se realizaron seguimientos, obtención y análisis de información privada y reservada a través de fuentes humanas, interceptación y monitoreo de correos electrónicos, registro de telefonía celular, reporte de datos financieros e información dada por el personal de los esquemas de protección.
Estas operaciones criminales, destaca la decisión, hacían parte de una campaña de desprestigio a nivel nacional, mediante la cual se pretendía vincular la labor de Piedad Córdoba con grupos al margen de la ley, afectando así su credibilidad, su buen nombre y su seguridad. Fue así como desde el máximo organismo de inteligencia de la Nación se formó una opinión pública desfavorable “moldeada por esa estructura criminal”, que a la postre se tradujo en agresiones públicas, rechazos, insultos y amenazas de sectores de la sociedad civil que generaron profundas afectaciones a la entonces senadora y su familia.
En el expediente reposan declaraciones de testigos que expresaron todas esas afectaciones morales; la angustia, la intranquilidad, el temor, el miedo y la zozobra que padeció la senadora junto con su familia con ocasión de las actividades ilegales del DAS, las cuales fueron corroboradas en un extenso dictamen pericial realizado por el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
Es de resaltar que en la providencia judicial se señala que, contrario a lo indicado por las entidades demandadas, no se está frente a actuaciones aisladas, sino ante un plan criminal que vincula directamente a la institución y que se ejecutó en el marco de órdenes específicas dadas desde los altos mandos hacia los subalternos y que sólo podía cumplirse al amparo de las funciones de la entidad.
¿La sociedad colombiana sabe lo que realmente significó que durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez, el departamento administrativo de seguridad del Estado – DAS – interceptara y persiguiera de manera ilegal las comunicaciones de personas pertenecientes a partidos políticos de oposición, altas cortes y organizaciones sociales?
¿La sociedad colombiana sabe para qué sirvió la información que de manera ilegal obtuvo el DAS?, ¿Se conocen todas las estrategias macabras que allí se gestaron, justamente porque de las escuchas no obtuvieron nada en contra de esas personas? ¿Conoce la sociedad colombiana los mecanismos empleados por el DAS para desarrollar las estrategias y las afectaciones que se generaron?
¿Se sabe realmente el significado de la política de “seguridad democrática”, que se caracterizó por la asunción del código “amigo – enemigo”?
Como importante contribución al esclarecimiento histórico sobre estas cuestiones que rodean el aparato criminal que funcionó al interior del DAS, en esta decisión se demuestra cómo cada uno de los objetivos trazados los grupos de inteligencia ilegal creados al interior de ese órgano se fueron desarrollando para el caso de la dirigente política. Tales objetivos, que se concluyen a partir de la extensa información divulgada y las decisiones judiciales sobre el caso, fueron:
⮚ Obtener la judicialización de los “blancos” seleccionados: Labores de inteligencia ilegal con el propósito de lograr su vinculación a procesos judiciales
⮚ Restringir y neutralizar la labor de defensa y promoción de los DDHH, por medio de tácticas de saboteo y obstaculización
⮚ Adelantar acciones de guerra psicológica con el fin de sembrar sensaciones de temor, miedo e indefensión.
Al respecto, la sentencia es enfática en señalar que la utilización de los recursos de inteligencia para desacreditar la oposición política afecta el principio democrático: “…no es legítimo que en un Estado democrático se empleen recursos públicos con el propósito de recopilar información privada de la oposición para desacreditar a sus militantes, desconociendo que toda vertiente política constituida conforme a la constitución y la ley tiene el fin legítimo de buscar la conquista del poder político a través de las urnas, y que los mecanismos de inteligencia y contrainteligencia no pueden ser utilizados para desacreditar la honra y el buen nombre de quienes son potenciales merecedores del favor popular.”
En el caso específico de la dirigente Piedad Córdoba, el fallo establece cómo a raíz de las declaraciones del expresidente Álvaro Uribe Vélez, Piedad Córdoba fue estigmatizada y la Corte Suprema de Justicia abrió una investigación penal contra Piedad Córdoba que culminó con su absolución.
En este sentido, la sentencia ordenó un acto de reconocimiento de la responsabilidad y desagravio que esperamos se cumpla a cabalidad, pero no contiene otras medidas de reparación integral que se ajusten a los parámetros fijados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
A pesar de que en la decisión se ordenan algunas medidas de reparación, y que al ser conocida la decisión se ha insistido en la matriz mediática negativa refiriéndose a la “millonaria” indemnización a la congresista y su familia, cabe señalar que ésta se origina en la actuaciones delictiva de agentes estatales, y que las medidas de reparación previstas no se compadecen con las graves afectaciones a la vida íntima, familiar y política de la entonces senadora.
Dicho lo anterior, quisiéramos creer que el Estado colombiano no presentará un recurso de apelación, en tanto sería un hecho revictimizante. Lo que debería operar en este caso es que el Estado inicie las acciones de repetición respectivas, es decir que demande a los funcionarios públicos directamente responsables y condenados por estos hechos, para que respondan con su propio patrimonio por el daño causado.
Finalmente y como ya lo hemos venido señalando, consideramos que la sentencia es un avance hacia la verdad, la justicia y la reparación que merece la senadora Piedad Córdoba Ruíz, quien ha dedicado su vida entera al trabajo humanitario, a la búsqueda de la paz con justicia social y a la construcción de democracia en Colombia. El Estado Colombiano y la sociedad en su conjunto están en mora de reconocer su importante labor. También en el reconocimiento del papel que tuvieron las instituciones del Estado en la persecución y el ataque a integrantes de la oposición, y en la construcción de la verdad sobre lo que fue conocido públicamente como las “ChuzaDAS” pero que fue mucho más allá al constituirse como una verdadera empresa criminal contra el derecho a la oposición política.
Imagen: Red Más Noticias