El Congreso debe rechazar la ley que reforma el fuero militar
Los miembros del Congreso colombiano deben rechazar un proyecto de ley cuyo propósito es otorgar mayores poderes al sistema de justicia militar, y que protegerá a los miembros de las fuerzas armadas y de la policía de ser procesados por delitos de derecho internacional. Así lo ha manifestado hoy Amnistía Internacional.
La ley afianzará la impunidad por violaciones de derechos humanos y del derecho internacional humanitario cometidas por las fuerzas de seguridad de Colombia.
Las fuerzas de seguridad, ya sea solas o en connivencia con paramilitares, y los grupos de guerrilla siguen siendo responsables de graves abusos, tales como homicidios ilegítimos, desplazamiento forzoso, tortura, secuestro o desaparición forzada, y violencia sexual.
Muy pocas personas han comparecido ante la justicia por estas violaciones y abusos de derechos humanos, y la ley propuesta protegerá a las fuerzas de seguridad de Colombia del procesamiento ante tribunales civiles.
“Si el Congreso aprueba el proyecto de ley, que regulará la aplicación de la reforma del fuero militar aprobada el año pasado, se demostrará una vez más que Colombia no está dispuesta a investigar y enjuiciar de forma genuina los delitos de derecho internacional”, ha manifestado Marcelo Pollack, investigador de Amnistía Internacional sobre Colombia.
“La aprobación de la ley podría llevar a la fiscal de la Corte Penal Internacional a intervenir e investigar ella misma los delitos de derecho internacional cometidos en el país desde 2002.”
Los tribunales militares de Colombia llevan décadas protegiendo a los miembros de las fuerzas de seguridad, especialmente a los que ocupan lugares elevados en la cadena de mando, de ser procesados por delitos de derecho internacional, entre ellos ejecuciones extrajudiciales.
La Fiscalía General de la Nación ha registrado más de 4.000 casos de ejecuciones extrajudiciales, según informes, cometidas por las fuerzas de seguridad, incluidos los denominados “falsos positivos”: homicidios ilegítimos de civiles a manos de miembros de las fuerzas de seguridad que luego presentan falsamente a los fallecidos como guerrilleros o paramilitares muertos en combate.
Aunque los progresos de estas investigaciones han sido inaceptablemente lentos, con un número relativamente reducido de casos que siguen adelante y un número aún menor que dan lugar a condenas, la Fiscalía General de la Nación y los tribunales civiles al menos han ofrecido un mínimo de independencia e imparcialidad, algo totalmente ausente en el sistema de justicia militar.
“Existe el riesgo de que los cambios legislativos propuestos den lugar a que se investiguen de manera efectiva –y se lleve ante la justicia a sus responsables– aún menos casos de violaciones de derechos humanos tales como tortura, ejecución extrajudicial y desapariciones forzadas”, ha manifestado Marcelo Pollack.
“Los pocos progresos realizados en los últimos años para llevar ante la justicia al menos a algunos de los responsables de delitos de derecho internacional quedarán anulados con esta reforma, que no debe ser aprobada por el Congreso.”
Resultan especialmente preocupantes las disposiciones del proyecto de ley según las cuales los crímenes de guerra serán investigados por tribunales militares.
Aunque, en teoría, algunas violaciones de derechos humanos, como las ejecuciones extrajudiciales, quedarán fuera de la jurisdicción militar, la reforma propuesta, habida cuenta del control constante que las fuerzas armadas ejercen sobre las etapas iniciales de la investigación criminal, facilitará a las fuerzas armadas el definir las violaciones de derechos humanos como actos legítimos de conflicto, sometidos, por tanto, a la jurisdicción militar.
El gobierno colombiano ha respaldado también otras medidas legislativas recientes, como el “Marco Legal para la Paz” y la reforma de la Ley de Justicia y Paz, que probablemente afianzarán la impunidad no sólo para los miembros de las fuerzas de seguridad sino también para los miembros de los grupos guerrilleros y paramilitares implicados en abusos y violaciones graves de derechos humanos.
Información complementaria
Colombia es Estado Parte en el Estatuto de Roma, por el que se estableció la Corte Penal Internacional (CPI). La fiscal de la CPI puede abrir investigaciones sobre la base de una remisión procedente de algún Estado Parte en el Estatuto de Roma o del Consejo de Seguridad de la ONU, o su oficina puede también iniciar investigaciones proprio motu- es decir por su propia iniciativa – sobre la base de información sobre delitos que sean competencia de la Corte recibida de personas particulares o de organizaciones no gubernamentales.