Derecho de petición al Presidente Uribe sobre seguimiento del DAS contra Justicia y Paz

La Comisión Intereclesial de Justicia y Paz es un organismo de acompañamiento a comunidades, grupos humanos y personas en el marco del derecho internacional de los derechos humanos, con más de 20 años de trayectoria, beneficiaria de medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.


Bogotá, D.C., 24 de junio de 2009

Doctor

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

Presidente de la República de Colombia

Casa de Nariño

Ciudad

Nuestra Comisión Intereclesial de Justicia y Paz es un organismo de acompañamiento a comunidades, grupos humanos y personas en el marco del derecho internacional de los derechos humanos, con más de 20 años de trayectoria y beneficiaria de medidas cautelares de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

Por medio del presente escrito, en ejercicio del derecho fundamental de petición reconocido en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y en los artículos 5 y siguientes del Código Contencioso Administrativo, y el artículo 15 de la Constitución Política que afirma el derecho de todas las personas a su intimidad personal y familiar y a su buen nombre, e impone al Estado el deber de respetarlos y hacerlos respetar e igualmente a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos de entidades públicas y privadas. Por ello, le solicitamos en consideración de sus responsabilidades como jefe de Estado colombiano, máxima autoridad administrativa de la Nación, suministre las informaciones que a continuación presentamos, de acuerdo con los fundamentos de hecho y de derecho que motivan la solicitud y que exponemos a continuación.

Como es de su conocimiento, integrantes de nuestra Comisión de Justicia y Paz han sido objeto de seguimientos, hostigamientos, amenazas de muerte telefónicas, secuestro, intentos de desaparición forzosa, intentos de asesinato, desplazamiento forzoso, exilio temporal, montajes judiciales, campañas mediáticas de desprestigio y estigmatización desde el año 2002 hasta la fecha. Todos estos graves hechos han sido puestos en su conocimiento a través del Ministerio de Relaciones Exteriores y otras instancias de su gobierno, en virtud del seguimiento a la implementación de las Medidas Cautelares otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y en decenas de Constancias Históricas y Censuras Éticas que reposan en su despacho.

Diversos medios de información nacional e internacional han difundido textos, imágenes, voces de actividades ilegales de “inteligencia”, por parte del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, en las que de indica que de las mismas ha sido objeto nuestra Comisión de Justicia y Paz.

El pasado 9 de junio, el Senador Gustavo Petro, en debate parlamentario presentó informaciones y análisis en este mismo sentido, refiriéndose a las actividades ilegales que se han adelantando contra organizaciones de derechos humanos, dentro de las que se encuentra nuestra Comisión de Justicia y Paz.

El Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, es un órgano que depende de manera directa de usted, como presidente de la República y conforme a la normatividad vigente que regula esta entidad, su misión es: “Producir información privilegiada, conocimiento que produzca acción y proveer insumos al Presidente de la República para la toma de decisiones y la formulación de políticas relacionadas con la seguridad interior y exterior del Estado”. De esta forma, uno de sus objetivos y funciones principales es producir la inteligencia de Estado que requiere el Gobierno Nacional . [[ Las funciones legales del Departamento administrativo de Seguridad están definidas en los decretos 2872/53, 1717/60, 521/89, 2193/89,2406/89, 2110/92, 596/93, 1179/96, 1122/99, 218/2000. 140 de 2001 y por la Ley 684 de 2001. Para ver estructura orgánica, funciones y misión del DAS, consultar http://www.das.gov.co/.]]

Se nos dio igualmente a conocer que en el marco de las investigaciones adelantadas por la Fiscalía Octava Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, dentro del radicado No. 11001600068620090002, el 3 de abril de 2009, la Policía Judicial realizó un informe consolidado, posterior a “la inspección realizada dentro del Departamento Administrativo de Seguridad DAS, a varias de sus dependencias en donde se recolectó documentos, información en medio digital, recolección de equipos electrónicos.”

Según el informe, el DAS contaba con un Grupo especial de inteligencia denominado G-3, el cual “no fue creado legalmente y por ende no tiene respaldo de acto administrativo alguno, pero su existencia era de conocimiento del Director General del DAS, los asesores de Dirección, Directores Generales de Inteligencia y Operativa, Sub Directores de Operaciones y Contra Inteligencia, tal como se evidencia en el acta de reunión No. 001 del 8 de marzo de 2005, obrante al folio 211 del AZ 33-2004”.

Los analistas concluyen en su informe que “es evidente que el Grupo Especial de Inteligencia G3 nació con unos propósitos específicos, como fue la de realizar labores de inteligencia para lo que ellos llamaron OPOSITORES DEL GOBIERNO NACIONAL, lo cual es notorio si vemos que en los años de su existencia (conocidos en esta investigación 2004 y 2005), todos sus blancos fueron organizaciones no gubernamentales, periodistas, sacerdotes y, entre otros, políticos de los cuales públicamente se conoce que efectivamente han sido adversarios de las políticas del Gobierno Nacional”.

De igual manera, según se conoce por una publicación del Diario El Espectador (21/06/09), titulada “Confesiones de Arzayus”, el ex director de inteligencia del DAS sostuvo ante la Fiscalía que: “el presidente Álvaro Uribe señaló desde 2004 que había unas ONG que, al parecer, estaban infiltradas por la guerrilla y se pidió verificar que fueran organizaciones sin ánimo de lucro y sin ningún fin ilícito. En ese contexto, manifestó que tuvo conocimiento de un documento elaborado por el DAS en el que se reportaba que el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo iba a adelantar campañas de desprestigio contra el Gobierno en el ámbito internacional; que en Redepaz utilizaban su investidura para realizar actividades ilícitas; de la ONG Justicia y Paz, que supuestamente querían desacreditar al Estado; (resaltado nuestro) de la Comisión Colombiana de Juristas, que el abogado Gustavo Gallón presentaba constantes demandas contra leyes del Gobierno y que el Cinep publicaba textos para desinformar a la opinión pública”.

De la información recavada en el Informe de la Policía Judicial, en el marco de una de las investigaciones, se estableció que nuestra Comisión de Justicia y Paz ha sido “blanco” de actividades de inteligencia referidas a seguimientos, interceptación de correos electrónicos, registros migratorios entre otros, relacionados en los apartes que destacamos a continuación:

1. En la Carpeta AZ-33 de 2004 se registran “misiones de trabajo relacionadas con el G3, como son seguimientos a organizaciones sociales y personas de tendencias opositoras frente a las políticas gubernamentales con el fin de restringir o neutralizar su accionar”. En los folios 4 y 3 se informa sobre una orden de trabajo para asistir a dos eventos académicos: un “Seminario Internacional sobre no violencia en Bogotá”, realizado en el Pontificia Universidad Javeriana y el otro llamado “Resistencia y globalización en América Latina”, realizado en la Universidad Nacional.

2. En la Carpeta AZ 5-2004, el Folio 281 hace referencia a un e-mail enviado por JOHANA INES CABEZAS al señor OVALLE OLAZ, agente del DAS con información sobre unos presuntos milicianos. [[ JOHANA CABEZAS es abogada, quien en agosto de 2003, a instancias del general ® Jorge Enrique Mora Rangel, convocó a una rueda de prensa en la sede del Ministerio de Defensa, acusando falsamente a integrantes de las comunidades negras de Cacarica, asociadas en Cavida y a nuestra Comisión de Justicia y Paz en la comisión de crímenes y otras violaciones de derechos humanos.]]

3. En los folios 282 a 286 de la misma AZ indica sobre “la amenaza a un defensor de derechos humanos y reporte para hoja de vida de JESUS EVELIO PALACIO CORDOBA. Así mismo registro migratorio para la misma persona y para MANUEL NAUFAR QUINTO MOSQUERA ” [[ JESUS EVELIO PALACIO Y NAUFAR QUINTO integrantes de las Comunidades negras de Cacarica asociadas en Cavida han sido objeto de persecuciones y señalamientos, obligados al desplazamiento forzoso, en tres ocasiones.]]

4. En los folios 346 a 351 de la misma AZ se refiere a LEONARDO JAIMES MARIN , abogado que ha prestado sus servicios a las víctimas de crímenes de lesa humanidad, acompañados por nuestra Comisión de Justicia y Paz. El informe indica que: “memorando de OVALLE OLAZ, informando al subdirector de operaciones sobre la vinculación del abogado LEONARDO JAIMES GUARIN, con el CAJAR, y la ubicación de su oficina, dirección y teléfono de su residencia”. [[LEONARDO es un reconocido defensor de derechos humanos, abogado de profesión, ha sido miembro de nuestra Comisión de Justicia y Paz en el acompañamiento a comunidades en Santander y ha representado como parte civil a las victimas de las operaciones militares paramilitares orientadas por el general Rito Alejo del Río, actuaciones que arrojaron centenares de víctimas de asesinatos y desapariciones en el bajo Atrato y el Urabá Antioqueño entre 1996 y 1997]]

5. En la página 18 del informe se indica que en la AZ 17, folios 90 al 114 en el trabajo denominado “CASCABEL” se presenta un plan de trabajo para labor investigativa. Se precisa que la información que tienen disponible, los objetivos propuestos y la advertencia de que en el correo electrónico equipojuridico@hotmail.com, de las y los abogados de nuestra Comisión de Justicia y Paz, “se envían documentos de interés para esa labor investigativa”.

6. En la página 20 del Informe se indica que en el AZ 31, que consta de 371 folios, el número 138, se ordena indagar por la relación de teléfonos y direcciones de ubicación residencial de los integrantes de nuestra Comisión de Justicia y Paz.

7. En la carpeta AZ 33-2004, se reportan misiones de trabajo relacionadas con actividades realizadas por el G-3, como son seguimientos a personas y organizaciones con tendencia opositoras al Gobierno Nacional a fin de “restringir o neutralizar su accionar” (resaltado nuestro).

En el folio 40 de dicha A-Z es relacionado un memorando enviado el 22 de octubre de 2005, por el señor JORGE ARMANDO RUBIANO JIMENEZ, al doctor CARLOS ALBERTO ARZUYUS GUERRERO, subdirector de operaciones mediante el cual se da respuesta a una orden relacionada con el mismo propósito, y se relacionan varios organizaciones, incluidas nuestra Comisión de Justicia y Paz.

8. Finalmente, en la AZ 31, folio 319, se menciona un oficio rendido por el Grupo especial de Inteligencia G-3 y suscrito por los señores JAIME FERNANDO OVALLE y LUZ STELLA PARDO CORTES en donde se ordena “verificar si han salido del país- recomendar no se autorice expedición de visas

PETICION

La anterior información recolectada de manera ilegal por el DAS, puede explicar los patrones de persecución que se han dirigido contra nuestra Comisión de Justicia y Paz en el bajo Atrato y Urabá Antioqueño y en los departamentos de Cauca, Valle, Meta, Putumayo y Sucre, donde realizamos la labor de acompañamiento y apoyo a familiares y comunidades de víctimas que afirman su derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación integral. Dado el conocimiento que usted debe tener sobre esta agencia, de la cual es su máximo responsable, solicitamos se sirva responder de manera veraz e integral las siguientes preguntas:

1. Respecto a los eventos académicos realizados en la Universidad Javeriana y la Universidad Nacional:

a. ¿Existen reportes sobre algún miembro de nuestra organización que haya participado en estos eventos? En caso afirmativo indíquenos su nombre y las anotaciones que sobre él existen.
b. ¿Cuál fue el destino de esta información, para qué fue recaudada y qué uso se le dio?

2. Respecto a la señora JOHANA CABEZAS, quién entregó información sobre unos presuntos milicianos:

a. ¿En calidad de qué, la abogada CABEZAS aportó información al DAS, cuál es la vinculación de esta persona con los organismos de inteligencia en el país, cuál es su relación con miembros del ejército nacional de Colombia, cuál fue la valoración de las informaciones por ella suministrada?.

b. ¿Quiénes han sido señalados por la señora CABEZAS, como presuntos milicianos?. Sírvase indicarnos los nombres de cada una de las personas señaladas y el uso de dicha información, cuál fue su cotejación y las posibilidades ofrecidas a los imputados para el ejercicio de su derecho al debido proceso?

3. Con relación a las amenazas contra un defensor y la información sobre los señores JESUS EVELIO PALACIO CORDOBA y MANUEL NAUFAR QUINTO MOSQUERA, referidas en el hecho Nro 3:

a. ¿Cuál defensor fue objeto de amenazas? En que consistieron éstas?, cuándo, dónde y cómo ocurrieron, fueron ordenadas en el marco de la llamada “inteligencia ofensiva” desplegada por el DAS?
b. ¿Por qué motivo el DAS tiene una hoja de vida del señor EVELIO PALACIO CORDOBA, qué información se contiene en la misma y cuáles anotaciones se encuentran en la misma?.
c. ¿En qué han consistido los registros migratorios de los señores EVELIO PALACIO CORDOBA y MANUEL NAUFAR QUINTO MOSQUERA, que reportes y anotaciones existen frente al mencionado registro?

4. Con relación a las actividades de inteligencia de las que fue objeto el abogado de nuestra comisión LEONARDO JAIMES, según se explica en el hecho Nro 4:

a. ¿Cuál fue el resultado de la labor de inteligencia contra el defensor de derechos humanos LEONARDO JAIMES? ¿sus correos electrónicos y teléfonos fueron revisados?. En caso afirmativo ¿qué fue lo registrado? Sírvase suministrarnos toda la información que reposa sobre el defensor de derechos humanos LEONARDO JAIMES a partir de dichas acciones.
b. ¿Bajo qué orden de autoridad competente o en el marco de qué investigación el DAS realizó tal actividad?

5. El plan “CASCABEL” conforme al hecho Nro 5, tuvo por objeto la realización de una ¨labor investigativa” en la que el correo electrónico equipojuridico@hotmail.com, del equipo jurídico de nuestra Comisión de Justicia y Paz, fue objeto de esta actividad ilegal, pues “tenía información de interés”:

a. Sírvase indicarnos el objeto y misión de dicha labor investigativa, ¿en que consistía el trabajo que se denominó “CASCABEL”?
b. Sírvase darnos a conocer toda la información que fue ilegalmente interceptada en este correo electrónico.
c. Explíquenos por qué la información existente en dicho correo era de interés para la labor investigativa.

6. Respecto a la carpeta AZ 31, donde se reporta la relación de teléfonos y direcciones de ubicación residencial de varios miembros de nuestra Comisión de Justicia y Paz, infórmenos:

a. Nombre de cada una de las personas, números de teléfono y direcciones relacionadas en esta carpeta.
b. Fecha en la que esta información fue recaudada.
c. Objetivo y misión de la orden por medio de la cual se dispone la obtención de esta información y funcionario que suscribe dicha orden.
d. ¿Qué otra información se encuentra en la carpeta referida?

7.Respecto al hecho Nro. 7 de este escrito, con relación con las actividades del G-3, sírvase responder:

a. ¿Qué se entiende por restringir o neutralizar el accionar de “organizaciones opositoras”, entre ellas las de derechos humanos, en particular, nuestra Comisión de Justicia y Paz?
b. ¿Cuáles fueron las acciones realizadas frente a nuestra Comisión de Justicia y Paz en el marco de esta actividad?
c. ¿Bajo qué fundamento legal o constitucional su organismo de seguridad ha realizado este tipo de actividades?

8.Respecto al hecho Nro. 8, donde se encuentra la orden de” verificar” si han salido del país- recomendar no se autorice expedición de visas” contenida en la AZ 31, folio 319:

a. Cuál fue el objetivo de esta orden?, ¿En el marco de qué misión de trabajo fue realizado?
b. ¿Frente a qué embajadas o cuerpos diplomáticos acreditados en Colombia se hizo la recomendación de no expedir visas?
c. ¿Frente a qué personas de nuestra Comisión o personas de las comunidades acompañadas, se realizaron tales recomendaciones?
d. ¿En qué fecha tales recomendaciones fueron realizadas?

Teniendo en cuenta que el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, es un órgano adscrito a la Presidencia de la República, le solicitamos, Señor Presidente, copia de toda la información que se encuentran en el DAS sobre nuestra Comisión de Justicia y Paz y sobre las comunidades que acompañamos en las diferentes regiones del país, con las razones por las cuales éste organismo considera que nuestra organización de derechos humanos debe ser objeto de semejante persecución.

Finalmente, teniendo en cuenta que de acuerdo con el artículo 189, 3 de la Constitución Nacional usted es el Comandante Supremo de las Fuerzas Armadas, solicitamos invocando el articulo 23 y 15 de la Constitución Nacional, se nos suministre toda la información que reposa sobre nuestra Comisión de Justicia y Paz en los organismos de inteligencia de la policía y de las fuerzas militares.

Esperando que este derecho de petición sea respondido en cumplimiento de los términos legales a fin de que sus respuestas posibiliten acceder a la verdad, agradecemos sus respuestas precisas e integrales.

Atentamente,


Comisión Intereclesial de Justicia y Paz