Demandan norma que ‘limita facultad del Presidente para acuerdos paz’
Ante la Corte Constitucional se presentó una demanda contra varios artículos de la ley de Orden público que creó las denominadas Zonas Estratégicas de Intervención Integral para atender regiones que están afectadas por la criminalidad. Esta ley determina las facultades que tendrá Consejo de Seguridad Nacional en materia de seguridad y paz.
En estas zonas, según la ley demandada que entró en vigencia el año pasado, habrá un “fortalecimiento del estado social de derecho”, se priorizarán los servicios sociales y las medidas de protección a la población. Estos planes, según dice la ley, no suspenderán los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial -que se crearon a partir del proceso de paz-, sino que se articularán.
Esa norma fue demandada por los senadores Iván Cepeda, Gustavo Bolívar junto con Ángela María Robledo, el Colectivo de Abogados, Codhes, el Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado, entre otras organizaciones sociales.
Los demandantes aseguran que un artículo de la Ley de Orden Público limita la facultad que tiene el presidente de la República para suscribir acuerdos de paz con grupos armados al margen de la ley, pues establece que el Consejo de Seguridad Nacional es el que define cuándo, cómo y con quién se pueden hacer diálogos de paz. Para los demandantes, esa potestad “es exclusiva e indelegable a otros funcionarios del gobierno”.
La norma demandada establece que el Consejo de Seguridad Nacional es el que determina quién puede ser calificado como grupo armado organizado al margen de la ley, por lo que dependiendo de esa calificación, el Presidente puede o no adelantar negociaciones de paz.
“Si el Consejo de Seguridad Nacional determina que el Presidente de la República no puede negociar con un grupo subversivo, la obligación de preservar el orden público conlleva al uso de la Fuerza Pública con implicaciones sociales, humanitarias y políticas ampliamente conocidas”, aseguran los demandantes.
Además, según los demandantes, esta ley va en contra del derecho a la consulta previa y la participación ciudadana, porque la regulación de las Zonas Estratégicas de Integración, que queda en cabeza del Consejo de Seguridad Nacional, aunque parece abarcar temas generales puede terminar repercutiendo en pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes, pues plantea una intervención territorial con una política social, la atención de la criminalidad y la protección.
Esa intervención, dice la demanda, “es susceptible de afectar los derechos de autogobierno y administración del propio territorio”, por lo que la creación de las zonas de integración debió ser consultada con las comunidades étnicas.
La demanda dice que la ley no sólo no tuvo en cuenta la participación de las comunidades étnicas, sino de las autoridades locales en general, lo que según los demandantes “implica una reducción de los estándares democráticos, en la medida que da primacía a decisiones tomadas desde el nivel nacional de Gobierno por encima de instrumentos de planificación construidos localmente”.
Otra razón de la demanda es que, dicen los ciudadanos que piden tumbar la norma, la ley no le puso límites a las competencias del Consejo de Seguridad Nacional en cuanto a la creación de estas zonas estratégicas, ni en la definición de planes integrales de intervención.
Así, aseguran los demandantes, se podrían crear zonas estratégicas de intervención en cualquier parte del país “sin restricciones ni limitaciones por parte del Consejo Nacional de Seguridad”, lo que convierte a estos territorios “en zonas en las que podrán aplicarse estados de excepción, por conmoción interior, transgrediendo las competencias y los requisitos que para su declaración establece la Constitución”.
Los demandantes critican que se puedan crear Zonas Estratégicas de Intervención en sitios donde ya se crearon los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial, porque consideran que podría poner en riesgo estos programas que se crearon como un mecanismo necesario para implementar el acuerdo de paz. También rechazaron que se puedan usar en esas nuevas zonas recursos que deberían ir para la implementación del acuerdo de paz, pues hacen parte del Fondo de Programas Especiales para la Paz.
Imagen: El Tiempo.