Declaración de Bruselas violaciones de Derechos Humanos en Colombia
Víctimas de organizaciones sociales, organizaciones de derechos humanos, testigas y testigos de Colombia, participaron en una sesión de juicio moral y ético en el Tribunal Internacional de Opinión en que se sancionó nuevamente al Estado colombiano como responsable de violaciones sistemáticas de derechos humanos.
Retomando el proceso adelantado en Colombia, cuya sesión final deliberó en Colombia respecto a la responsabilidad de transnacionales y el Estado Colombiano en violaciones de derechos humanos y diversas sesiones del Tribunal sobre el desplazamiento forzoso y la desaparición forzada,sesionó durante 3 días en Bruselas esta instancia ética.
Aquí la declaración final.
Bogotá, D.C 18 de septiembre de 2008
COMISION INTERECLESIAL DE JUSTICIA Y PAZ
TRIBUNAL INTERNACIONAL DE OPINION
Septiembre 15 y 16 y 17 de 2008
Parlamento Europeo
DECLARACION DE BRUSELAS SOBRE LAS VIOLACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS EN COLOMBIA
Reunido en Bruselas en el Parlamento europeo, los días 15, 16 y 17 de septiembre de 2008, el Tribunal Internacional de Opinión, después de haber tomado conocimiento de los veredictos de diversas sesiones y audiencias de varios Tribunales Internacionales de opinión, que tuvieron lugar entre los años 2003 a 2008 y después de haber oído las declaraciones de más de veinte testigos de varios movimientos sociales y organizaciones de defensa de los Derechos Humanos, que entregaron una abundante documentación, el Tribunal concluyó que se trataba de crímenes de Estado.
El Jurado Internacional constituido por François Houtart de Bélgica: Presidente, Carmencita Karagdag de Filipinas, Ulrich Duchrow de Alemania, Patricia Dahl de Estados Unidos, Mierille Fanon-Mendéz de Francia, Moira Gracey de Canadá, Carlos Gaviria de Colombia y Jose Luis Nieto de España.
Los hechos y las exposiciones fueron reunidas por movimientos de victimas, movimientos sociales, sindicatos, organizaciones campesinas, comunidades afrodescendientes, indigenas, mujeres, organizaciones de defensa de los Derechos Humanos, minorías sexuales, organizaciones religiosas y organizaciones internacionales de solidaridad con Colombia y por la Presidencia de la Comisión de Derechos Humanos del Senado de la República de Colombia.
LOS HECHOS QUE FUNDAMENTAN LA DECLARACIÓN
La documentacion recibida comprende los siguientes documentos:
Documento sintesis del Tribunal Permanente de los Pueblos
Ponencia sobre ejecuciones extrajudiciales
Informe del veredicto de la Audiencia indígena
Video de la Audiencia de Buenaventura sobre la poblacion afrodescendiente
Video sobre la problemática minera en el Norte del Cauca
Video sobre desplazamiento de población afrodescendiente en Olai Herrera
Informe sobre el Pacifico Colombiano: El caso Naya
La población afrodescendiente entre la guerra y el odio
Informe de la Coalición de Movimientos y organizaciones sociales sobre el Derecho y la libertad de expresión, opinión y asociación en Colombia.
Veredicto del Tribunal del Sur de Bolívar
Video sobre el desalojo de familias en barrios de Bogotá, acompañado del informe de la situación de las víctimas de los crimenes del sector financiero.
Informe sobre Discriminación y/o indiferencia del Estado presentado en el Senado de la República
Informe sobre Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario en Arauca
Libro sobre Derechos Humanos de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales en Colombia.
Veredicto del Tribunal del desplazamiento forzado.
Informe sobre la situación de violación de Derechos Humanos de Fensuagro-CUT
Video sobre los asesinatos y violaciones de Derechos Humanos en Buenaventura.
Síntesis de actas de acusaciones de los diferentes Tribunales de Opinión que se realizaron en Colombia en los dos últimos años.
Veredicto del Tribunal Internacional de Opinión sobre desplazamiento forzado en Colombia.
Documento sobre la situación de las mujeres y anexos de los casos de mujeres en situación de desplazamiento forzado.
Casos recientes de asesinatos, reclutamientos y desaparecidos en Ciudad Bolívar
Casos presentados en el Tribunal Internacional de Opinión sobre la desaparicion forzosa
Casos presentados en el Tribunal Internacional de Opinión sobre el desplazamiento forzado.
Videos de los Tribunales realizados hasta la fecha.
Los testimonios que se escucharon hicieron referencia sobre los siguientes aspectos:
• Los Derechos Humanos en Colombia, por el Senador Alexander López Presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Senado.Las conclusiones y los retos futuros del Tribunal Permanente de los Pueblos por Gianni Tognoni
• Situación de los pueblos indígenas en general y del pueblo Kankuamo en particular por Gilberto Arlant, de la Organización Nacional Indígena de Colombia.
• La generalización de las Ejecuciones Extrajudiciales y los mecanismos de impunidad por Byron Góngora Arango, de la Corporación Jurídica Libertad.
• Las políticas de desplazamiento, discriminación y represión de la población afrodescendiente por José Santos Caicedo Cabezas de Proceso de Comunidades Negras.
• Informe de la violación a los Derechos a la libertad de expresión, opinión y asociación por Omar Fernández, de la Coalición de Movimientos Sociales.
• Las violaciones de los Derechos Humanos en Bella Cruz- Sur del Cesar por Ariel Toscano y Darling Jhulieth Narváez.
• Las violaciones a los Derechos Humanos en el Sur de Bolívar por Efraín Muñetón
• Los Vivienditas, víctimas de los crímenes del sector financiero, por Juan Rodríguez de la Red de Colombianos Unidos por la Defensa de los Derechos Constitucionales.
• Las violaciones por identidad de género y violencia sexual por Robinson Sánchez
• Detenciones masivas en Arauca, por Sonia López.
• El exterminio del movimiento campesino por Eberto Díaz de Fensuagro.
• Violaciones a los Derechos Humanos en Buenaventura por Winston Barahona.
• Exposición sobre los principales puntos reflejados en las actas de acusación de los Tribunales de opinión que se celebraron en Colombia en los dos últimos años por Lilia Solano, Coordinadora del Tribunal Internacional de Opinión.
• Informe sobre asesinato de sindicalistas por Amanda Rincón de la Federación Colombiana de Educadores y Diego Alonso Arias y Oscar Figueroa.
Se invitó al Embajador de Colombia en Bruselas, Sr. Carlos Holmes Trujillo para ofrecer el punto de vista del Gobierno sobre la situación de los Derechos Humanos. A pesar de haber recibido la invitación y tener prevista su comparecencia para el martes día 16 a las 14h 30 no se presentó.
1. El contexto socio-político de la violación de los Derechos Humanos en Colombia.
Desde la independencia, Colombia se ha caracterizado por una dualidad social: una monopolización de los poderes económicos, políticos, culturales por una minoría, esencialmente urbana y, del otro lado grandes masas rurales viviendo a un nivel de subsistencia. La injusticia social, imperante desde el periodo de la colonia, se profundizó durante el periodo neoliberal. Según el informe del PNUD del 2007, 17 millones de colombianos y colombianas viven en la pobreza y seis millones están en la indigencia teniendo que vivir con menos de un dólar por día y la distancia entre los más ricos y los más pobres va creciendo.
Colombia tiene uno de los índices de desigualdad más altos de América Latina, siendo un país rico con un crecimiento anual del 7 %. La lógica neoliberal que promueve un crecimiento espectacular de más o menos 20 % de la población se aplica perfectamente al país. El 0.3 % de la población es propietaria de más de la mitad de las tierras agrícolas.
Desde el punto de vista político, dos partidos, el partido liberal y el partido conservador, reflejos de la burguesía y de la oligarquía, han dirigido el país desde el siglo XIX, en alternantes más o menos regulares, concluyendo a veces un pacto oficial para compartir el poder (periodo conocido como el Frente nacional). No han permitido nunca la expresión de una alternativa política. Cada vez que un líder político podría presentar la esperanza de un cambio real, la iniciativa se terminó por un asesinato o una muerte violenta: Jorge Eliécer Gaitán, Camilo Torres y más recientemente Jaime Pardo Leal, Carlos Pizarro León Gómez y Bernardo Jaramillo.
Uno de los casos más contundentes de esta voluntad de impedir toda alternativa política es la eliminación física de más de 3000 cuadros de la Unión Patriótica, se ha hablado al respecto de genocidio político.
La injusticia social, el monopolio del poder político, la imposibilidad de una alternativa real, explican entre otros factores, el nacimiento de movimientos insurgentes armados a principio de los años sesenta, después de la Guerra civil destacada entre liberales y conservadores por el asesinato de Gaitán, conocida como el periodo de la “violencia”, que causó 300.000 muertos.
A partir de los años setenta, el desarrollo del narcotráfico como sistema que integra una gran parte de las estructuras sociales y económicas del país, se volvió en un componente de la realidad político-económica de Colombia. Se organizaron importantes carteles y las ganancias del negocio penetraron el conjunto de la estructura económica, con el reciclaje de dinero en el sistema financiero, en la construcción y en casi en todos los sectores de la economía. Penetró también el sistema político y la sociedad entera: Fuerzas Armadas, Parlamento, Justicia, Gobierno.
A lo largo de un conflicto de más de 40 años, los métodos de las organizaciones guerrilleras, se han degradado pasando por el cobro de impuestos al narcotráfico hasta las retenciones a civiles.
Desde los años sesenta, incluso antes de la aparición de las guerrillas, una misión militar de los Estados Unidos, obligó a los gobiernos colombianos a ampliar una estrategia paramilitar ya utilizada por los terratenientes, para combatir ideologías disidentes legalizando progresivamente su accionar, el cual tuvo mayor auge en las décadas de los 80s y de los 90s y se prolonga hasta hoy. Estos grupos paramilitares han crecido hasta controlar territorios enteros y han utilizado los métodos más condenables de represión de la población civil: masacres colectivas indiscriminadas y selectivas, desapariciones forzadas y torturas, desplazamientos forzados, violaciones sexuales a mujeres y apropiación de tierras colectivas a comunidades campesinas, negras e indígenas.
Desde el principio del conflicto armado la ayuda de los Estados Unidos ha ido creciendo, con el pretexto en esos últimos años de la lucha contra el narcotráfico, que toma el nombre a partir de 1998 de ” Plan Colombia” y se transformó rápidamente en un plan de lucha contra la insurgencia. El “Plan patriota” y la consolidación del “Plan Colombia” persiguen los mismos objetivos, en un país de gran importancia geoestratégica para los intereses del imperio del Norte.
Con la elección del presidente Álvaro Uribe Vélez en el año 2002, el conflicto se extendió a una franja importante de la sociedad civil a través de la política de la “Seguridad Democrática”. El objetivo asumido de esta política es la solución militar del conflicto. Desde los primeros años, para llegar a esos objetivos, se utilizaron mecanismos y políticas que implicaban a la población civil en la guerra: redes de informantes, soldados campesinos, entre otros.
A partir del 2004 se emprendió una operación de desmovilización de los paramilitares, acompañada de varias medidas legislativas que de hecho revelaron ser una amnistía encubierta destinada a asegurar la impunidad de los paramilitares. La ley 975 del 25 de Julio de 2005, denominada de “Justicia y Paz”, permitió a pesar de la anulación de varias disposiciones de la Corte Constitucional en 2006, que los principales jefes paramilitares escaparán a las sanciones incurridas por crimines de una particular gravedad. Este proceso de impunidad culminó el 13 de mayo de 2008, con la extradición de 14 de los jefes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) que les permitió eludir su responsabilidad hacia las numerosas víctimas de sus crímenes.
La complicidad del aparato estatal civil y militar y con el paramilitarismo, negada por el gobierno, ha sido demostrada por la Justicia que investiga actualmente a decenas de parlamentarios de la bancada uribista, incluyendo al propio primo del Presidente de la República, por colaboración con los organismos paramilitares. Hoy en día 37 parlamentarios están en la cárcel. Entre las dos opciones posibles para el gobierno, negociar con la insurgencia y enfrentar el paramilitarismo o profundizar la Guerra contra la insurgencia y aliarse con los paramilitares, se escogió claramente la segunda.
Lo que aparece con evidencia, es un sistema político al servicio de las oligarquías de la sociedad y de los intereses económicos internacionales, utilizando formas e instituciones democráticas para, de hecho, funcionar de otra manera, desemboca sobre una lucha implacable contra los movimientos sociales populares y las organizaciones de defensa de los Derechos Humanos y en forma muy grave con el asesinato sistemáticos de líderes sindicales.
El ejemplo más reciente de esta política se puede comprobar con la posición del Presidente Uribe a propósito de la huelga de los obreros azucareros del Valle del Cauca, que luchan por mejorar sus pésimas condiciones de trabajo y por la defensa de la biodiversidad y de los cultivos alimentarios contra la expansión de la caña para los agrocumbustibles. Declaró el Presidente Uribe: ” para sofocar la revuelta de los cortadores en el Valle, usen toda la fuerza posible, no escatimen en represión, si es preciso movilicen a todos los soldados de la patria”. El gobierno actual se inscribe en la continuidad de este modelo, apoyado por las empresas multinacionales, incluidas las europeas, apoyadas militarmente por los Estados Unidos y ayudado y tolerado por las instituciones europeas.
2. Los testimonios
Entre los testigos, trece provenían de los sectores más vulnerables y más golpeados por la violencia de la sociedad política colombiana. Testificaron de los numerosos crímenes: ejecuciones extrajudiciales, desapariciones, masacres, torturas, desplazamientos forzados, arrestos y detenciones arbitrarias y todo ello con una impunidad, prácticamente institucionalizada y literalmente inscrita dentro del sistema jurídico.
La ejecución y la negación de estos hechos es ya un crimen en si mismo. La ley de Justicia y Paz, ofrece la inmunidad a cambio de una confesión, de devolver los bienes ilegalmente adquiridos y la desmovilización, funciona de hecho como reforzamiento de la red de los paramilitares, estableciendo una apariencia de justicia. Como lo decía un testigo, “Cada vez que hacemos denuncias a entidades judiciales, las cosas empeoren”. Otro decía “Ellos venían antes con botes y uniformes, ahora están en las oficinas públicas”.
Recordamos que la práctica de la utilización de paramilitares ya fue utilizada en la Europa del siglo XX, cuando gobiernos, como el de la Alemania nazi, con los Freikorps, de Italia fascista con las camisas negras y de Gran Bretaña con los Black y Tans, organizaron la colaboración de los ejércitos y de altos miembros del poder político con estos grupos. Actuaban para combatir todos los que acusaban de ser antipatrióticos o comunistas y también los obreros que se organizaban para garantizar sus derechos.
El proceso colombiano de impunidad esta funcionando desde el nivel nacional hasta el local. No hay investigaciones en los lugares donde las violaciones ocurren. Varios miembros de los movimientos sociales que recolectaron datos sobre los asesinatos, las desapariciones forzadas y los desplazamientos, afirmaron que ningún caso resulto en una condena y que pocos fueron llevados a una corte de justicia.
Exmiembros de la Comisión de Derechos Humanos del Senado están presos por sus vínculos con los paramilitares y los narcotraficantes.
Según los testimonios, en Colombia las inversiones nacionales e internacionales se apoyan para su seguridad, sobre fuerzas paramilitares para asegurar sus intereses y para la expropiación de tierras. Un testigo nos comentó: “…sin la tierra no somos nada, no queremos ser esclavos en sector urbano por un suelo…”
La ausencia de reforma agraria que hace que 15 mil personas posean más de 49 millones de hectáreas cuando 1,5 millones de familias no poseen nada, todo esto también ha generado el desplazamientos de comunidades indígenas y afrodescendientes, así quedó confirmado.
Las comunidades indígenas y afrodescendientes son vulnerables por ocupar territorios ricos en términos de recursos, una riqueza que ha llegado, en las palabras de un testigo: “a ser una carga pesada y una maldición”. El mismo añade “Nuestra tierra es la vida; nuestras vidas son la tierra.”
Los pueblos indígenas continúan luchando por sus tierras. Cuando el presidente Uribe declaró que el racismo y la discriminación no existe en Colombia, líderes de las comunidades entregaron una propuesta al Senado sobre las prácticas discriminatorias. Repetidamente les fue rechazada. La lógica del gobierno fue que la propuesta no era necesaria, dado que no hay racismo ni discriminación. “A nosotros nos tratan de personas sin ningún valor. Así que nos pueden eliminar como les conviene.”
En conformidad con la práctica histórica de otros grupos paramilitares, las fuerzas armadas de Colombia reciben entrenamiento en instituciones militares extranjeras, tales como Estados Unidos, Gran Bretaña e Israel, para difamar cualquier grupo que represente un desafío al control de las élites. Los que se organicen a propósitos de su situación son tildados como colaboradores o miembros de la guerrilla, lo cual supuestamente justifica las atrocidades cometidas en su contra. Repetidamente, son presentados como guerrilleros y se les adjudican armas puestas por los mismos militares en sus cuerpos o cerca de ellos. Entonces se afirma que murieron en combate. Otras personas aunque no se organizan, presentan un desafío al orden establecido de otra manera y también los convierten en objetivo de las violaciones. Pequeños comerciantes y vendedores ambulantes son atacados o desaparecidos. Indigentes se ven obligados a pagar cuotas para “protección”. Las minorías sexuales como grupo son un blanco claro de amenazas y ataques.
Los maestros, vistos como una fuerza importante en Colombia, viven bajo represión y ejecuciones extrajudiciales. Paramilitares se acercan a administradores escolares y les prohíben apoyar cualquier resistencia. Los asesinatos de educadores hasta la fecha en este año 2008, ya exceden, los que sufrieron el año anterior. “Nos quieren romper la espalda a los maestros.”
Arauca, un departamento con grandes depósitos de petróleo, ubicado en la frontera con Venezuela, ha vivido un rango completo de abusos. El 2007 vio el número más alto de violaciones de las últimas décadas. Se han aumentado las fumigaciones con el pretexto de erradicar la droga, aunque las comunidades propusieron erradicar la coca a mano a cambio de mejoras de infraestructura para que pudieran comercializar cultivos legales, pero el Estado lo negó. La militarización de la vida cotidiana se ha vuelto normal.
Reuniones de grupos estudiantiles, comunitarios, laborales, hasta de padres de familia, están interrumpidos por militares quienes toman fotos de los participantes. Las fuerzas públicas llevan a cabo programas escolares en que visten los niños en uniformes militares y les hacen “soldados” por un día. Familiares de líderes sociales están controlados y fichados y la información entregada a los servicios de inteligencia. Un ejemplo ofrecido a este Tribunal, fue sobre una fiesta social, interrumpida por la fuerza pública quienes preguntaron “¿Quiénes son culpables?” – una referencia a la guerrilla. Capturaron a 93 personas, los esposaron y los llevaron al cartel de la XVIII Brigada. De este grupo, 43 fueron acusados de varios crímenes y de ser miembros de la guerrilla. Sufrieron prisión por 15 meses y luego fueron puestos en libertad. Como un testigo nos comentó “Es una cosa venir aquí para hablar de esto y otra cosa volver a Colombia a vivirlo. Volveré para oír de otro masacre.”
Las víctimas del sector financiero, denunciaron que Colombia es el único país del mundo, donde los créditos hipotecarios para vivienda se cobran con tasas de interés tan altas que provocan desde la ruina, hasta la desintegración y desplazamiento familiar y el suicidio masivo de sus usuarios.
A pesar de todo eso, las organizaciones sociales, sindicales y comunitarias siguen luchando para construir una vida digna. Los Derechos Humanos han llegado a significar el derecho a la vida, primero y los derechos económicos a la alimentación y vivienda, salud y educación. En algunos lados de Colombia, también se lucha por otro derecho: el derecho de vivir sin las cadenas de un modo económico parasítico de producción. En las palabras de un testigo, “Sin la tierra no somos nada. No queremos ser esclavos en sector urbano por un sueldo.”
1. La síntesis de los veredictos
a. Veredictos
El Tribunal recibió presentaciones de veredictos de Tribunales de Opinión y audiencias llevados a cabo en los últimos años sobre diferentes aspectos de la situación de Derechos Humanos en Colombia:
• Veredicto del Tribunal Internacional de Opinión del 29 de noviembre de 2003 (Paris), sobre la Impunidad (Caso Sur de Bolívar);
• Veredicto del Tribunal Internacional de Opinión del 23 de noviembre de 2007 (Bogotá), sobre el Desplazamiento Forzado;
• Veredicto del Tribunal Internacional de Opinión del 26 de abril de 2008 (Bogotá), sobre la Desaparición Forzada, un Crimen de Estado;
• Sentencia del Tribunal Permanente de los Pueblos del 23 de julio de 2008 (Bogotá), sobre Empresas Transnacionales y Derechos de los Pueblos en Colombia 2006-2008, preparado por 3 sesiones previas.
Estos veredictos están adjuntos a esta Declaración. Todos son resultados de procesos extensos de recaudar documentación y escuchar numerosos testimonios de viva voz de víctimas y de expertos, inclusive cada Tribunal se acompañó de varios audiencias regionales previas, y también proporcionaron testimonios de víctimas y organizaciones sociales.
b. Conclusiones de los Tribunales sobre los hechos
Los datos y hechos presentados en todos los Tribunales, llaman la atención sobre la alarmante situación que sigue viviendo Colombia. Todos los Tribunales conocieron una larga lista de violaciones de Derechos Humanos: asesinatos, desapariciones, tortura, amenazas, detenciones, destrucción de cultivos, desplazamientos forzosos. Estos se han dado con la complicidad o incapacidad casi completa del sistema judicial, al no otorgar protección ni respuesta alguna a las mismas. Esto último implica un marco sistemático de impunidad para los responsables de las violaciones.
Algunos de los hechos sirven para ilustrar la situación: más de 4 millones de colombianos han sido desplazados dentro del país; otra cantidad superior ha huido al exterior. El desplazamiento se lleva a cabo por medio de fumigaciones de cultivos, aún en regiones sin coca, bombardeos indiscriminados, asesinatos, hostigamiento por paramilitares, capturas masivas. Además, entre 2002 y 2007, se registraron al menos 955 casos de ejecuciones extrajudiciales cometidas por las fuerzas militares, en casi el mismo período, 11.292 personas fueron asesinadas o desaparecidas. En los últimos 30 años, solamente los desaparecidos llegan a 30.000 personas. .
Responsabilidad del Estado Colombiano
Todos los veredictos señalan la responsabilidad del Estado colombiano en la gran mayoría de las violaciones conocidas, o sea por ser cometidos directamente por militares, policías u otros oficiales del Estado, o por los paramilitares creados y auspiciados por el Estado. El nexo entre la estrategia paramilitar y el Estado quedó claramente señalada en todos los veredictos, que se refieren a los aspectos legislativos que abrieron paso a su creación en 1968, al uso de equipo y vehículos militares para operaciones paramilitares y la incorporación directa de soldados en estos grupos.
Los veredictos concuerdan en que sigue existiendo una situación de impunidad casi completa para los autores de violaciones de Derechos Humanos en Colombia, en este sentido la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a notó:
“Quienes monitorean los Derechos Humanos evalúan que virtualmente el 100% de todos los crímenes que involucran violaciones de los Derechos Humanos no son castigados. La experiencia de la Comisión… apoya sustancialmente esta aseveración. La Comisión conoce solo muy pocos casos en los que agentes Estatales responsables por violaciones a los Derechos Humanos han recibido fallos penales condenatorios.”
La impunidad continúa a pesar de medidas legislativas supuestamente dirigidas a reducirla. Por ejemplo, después de varios intentos y cuatro proyectos de ley fallidos para tipificar la desaparición forzada de personas como delito, se aprueba la Ley 589 de 2000, por medio de la cual se tipifica la desaparición forzada, la tortura y el genocidio. Sin embargo, después de siete años de vigencia de esta ley, no se ha procesado y menos aun condenado a ninguna persona bajo ella.
En el año 2003, el gobierno nacional aprobó las leyes de reinserción de los paramilitares, las cuales están contribuyendo a reforzar e institucionalizar su impunidad. La Ley 782 de 2002 benefició a más de 35.000 paramilitares, quienes al acogerse a la referida ley no se les procesó penalmente y además obtenían una ayuda económica mensual (esto fue modificado por la sentencia C-370 de 2006 que declaró la inconstitucionalidad de algunas normas de la Ley 975 de 2005), financiamiento de proyectos productivos, preferencias para aspirar a puestos laborales y de formación académica. Además, aquellos postulados de las estructuras paramilitares que tenían abiertos procesos penales ante la justicia ordinaria por delitos de lesa humanidad, en virtud de Ley 975 de 2005, denominada “Ley de Justicia y Paz”, solo pagaran penas que oscilarán entre un mínimo de 4 años y un máximo de 8 años de prisión (si estos delitos fueran juzgados por la justicia ordinaria recibirían penas hasta de 45 años). En el marco de esta norma los jefes paramilitares han venido en versión libre, confesando la comisión de miles de crímenes atroces selectivos, masivos y sistemáticos como desapariciones forzadas, torturas, descuartizamientos, ejecuciones, desapariciones forzadas, trafico de estupefacientes, entre otros.
La Lógica de la Represión
Y por último, todos los veredictos concluyeron que el Estado, los paramilitares y las empresas multinacionales son actores que benefician de manera económica o política los resultados de las violaciones, por razón del cual no convence el pretexto de que las violaciones sean efectos secundarios del conflicto armado. El beneficio político de las violaciones se siente en la desarticulación y temor que causan dentro de los movimientos sociales, que debilita la oposición política; y más directamente, en los acuerdos directos entre políticos y paramilitares para asegurar el voto compulsivo a su favor.
El veredicto del caso Sur de Bolívar concluyó que múltiples casos de asesinatos, masacres, desapariciones forzadas y otras violaciones buscan facilitar la agenda, de apoderarse de recursos del área, en particular de yacimientos auríferos.
El desplazamiento forzado, que ha resultado de expulsar la población de grandes zonas del país, en particular comunidades indígenas, campesinas y negras, constituye una de las más grandes crisis humanitarias engendradas dentro del conflicto. Sin embargo, el gobierno niega su existencia. El veredicto de este Tribunal apuntó a que el desalojo de barrios, comunidades y hasta pueblos enteros en el caso de la población indígenas, no es únicamente consecuencia directa o indirecta de los enfrentamientos entre actores del conflicto, sino que se concentra en regiones de gran valor estratégico y económico, sirviendo a los intereses económicos nacionales e internacionales que buscan impulsar sus proyectos agrícolas, industriales, mineros, portuarios, turísticos, viales, etc. Por ello, el desplazamiento forzoso continúa un proceso de desarraigo iniciado con la conquista española, y ha servido para facilitar una alta concentración de las mejores tierras en el país en pocas manos. Además, el Tribunal concluyó que el desplazamiento forzado sirve para recuperar zonas política y socialmente organizadas opuestas al proyecto gubernamental.
De igual manera, el veredicto sobre la desaparición forzada apuntó cambios significativos de esta actividad, en el que las victimas de la detención y desaparición forzada ya no son únicamente los opositores políticos (como se ha verificado históricamente, resultando en un beneficio político obvio), sino también afecta a las personas de sectores de la población consideradas “basura social”: indigentes, mujeres prostituidas, drogadictos, minorías sexuales y afrocolombianos; o sea, personas consideradas no productivas para el modelo económico dominante.
El crecimiento dramático de la inversión extrajera en Colombia señalado en el veredicto sobre empresas transnacionales documentó, que entre 1990 y 1997 la inversión extranjera creció por 1,300%; entre 2000 y en el 2005 creció otro 168%. Dada la teoría económica de que la inversión huye de la inestabilidad y de vacíos legales, está cifra respalda la observación de que en Colombia, la violencia y las violaciones de Derechos Humanos sirven a los intereses de las compañías grandes. De hecho, los Tribunales conocieron situaciones en que empresas multinacionales contratan o financian directamente a los grupos paramilitares.
El Tribunal sobre Empresas Transnacionales aporta un elemento nuevo para el análisis del ya complejo conflicto Colombiano, permitiendo evaluar el papel que juega la comunidad internacional en el desarrollo del conflicto, los intereses en juego, y los comportamientos que adoptan. Señaló específicamente el papel que han jugado las empresas transnacionales que actúan en Colombia en el conflicto y su involucramiento en prácticas violatorias de los Derechos Humanos, entre ellos destacan los siguientes empresas europeas: Nestlé, Holcim, Glencore-Xtrata, Anglo American,Cartón de Colombia, British Petroleum, Repsol YPF, Unión Fenosa, Endesa, Aguas de Barcelona, Telefónica, Canal Isabel II, Brisa S.A., Banco BBVA y Banco Santander.
Finalmente, todos los Tribunales han responsabilizado al Estado colombiano no sólo de violaciones de Derechos Humanos sino de crímenes de lesa humanidad, incluyendo: homicidio, ejecuciones extrajudiciales, exterminio, genocidio, desplazamiento forzado, privación de la libertad, persecución política y racial, tortura y desaparición forzada, todos en el contexto de un ataque sistemático dirigido contra la población civil. Todos los veredictos articularon una fuerte condena de la situación de impunidad que ha mantenido el Estado colombiano, los efectos de la destrucción del tejido social, el creciente empobrecimiento y la profundización de la desigualdad, completan el cuadro de una ausencia total de democracia.
5. LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO DE LA DECLARACION
La base jurídica de las conclusiones del Tribunal se apoya sobre varios elementos del derecho. Se debe recordar en primer lugar que la Constitución Política de 1991 incrementó el catálogo de los Derechos Humanos, como derivación de la dignidad humana, e hizo de su vigencia un camino hacia la paz, pues la hipótesis del constituyente consistió en que el deterioro de los primeros está relacionado con la carencia de ese bien (la paz) al que la propia Carta le asigna también el rango de derecho (Art.22).
Por esa razón ella articulo las obligaciones contraídas por Colombia mediante la celebración de tratados o la adhesión a convenios que tengan como contenido los Derechos Humanos no susceptibles de ser suspendidos ni siquiera bajo los estados de excepción, con la vigencia incondicional de las mismas normas constitucionales, haciendo coincidir los compromisos internacionales con los más inaplazables principios de derecho interno.
Cualquiera que sea la perspectiva desde la cual se mire el asunto, se llega a la conclusión de que la materialización de los Derechos Humanos fue el asunto prioritario para el constituyente, que no dejó escape a los órganos del Estado para eludir la vigencia de los derechos, haciendo compromisos internacionales y normas internas en el llamado bloque de constitucionalidad, creación doctrinaria y jurisprudencial que halla su sólido fundamento en el artículo 93 de la carta. Como irritante paradoja, son esos principios y normas vinculantes de los órganos del estado, los que en una época crítica como la que vive el país hace más de medio siglo – y que el Constituyente de 1991 se esforzó en superar- los que es necesario mostrar, para poner de presente el desentendimiento, por parte del estado y de las organizaciones armadas, que para ese a él se asimilan, del contenido axiológico que el constituyente del 91 juzgó de la más alta jerarquía.
He aquí una lista, que no pretende ser exhaustiva, de los principales instrumentos de derecho internacional y disposiciones de derecho interno que tienen como contenido tales derechos.
5.1. El DERECHO CONSTITUCIONAL
Según el Artículo 1° del Estatuto Constitucional, la Nación colombiana se funda en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalecía del interés general » como fines esenciales del Estado define entre otros « la convivencia pacífica y la vivencia de un orden justo » e instituye a las autoridades de la República «para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades… ».
Acto seguido la Carta Constitucional, proclama los derechos fundamentales que el Estado debe garantizar, respetar y hacer respetar:
la vida, integridad personal, igualdad, personalidad jurídica, honor e intimidad y buen nombre, libre desarrollo de la personalidad, provisión de la esclavitud, libertad de conciencia, libertad de cultos, libertad de expresión, derecho a la honra, derecho a la paz, derecho de petición, libertad de locomoción y residencia, derecho al trabajo, libertad de escoger profesión u oficio, libertad de enseñanza, libertad personal, debido proceso, libertad de asociación y sindicalización.
Consagra además una serie de derechos económicos, sociales y culturales tales como el derecho a la educación, a la salud, la vivienda digna, la seguridad social, protección a la familia, los derechos especiales de los niños, el derecho a la cultura propia, el derecho a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, entre otros.
5.2. La normativa internacional suscrita y ratificada por el Estado colombiano en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional humanitario.
El Estado Colombiano no solo se ha comprometido con el pueblo de la Nación, sino también con la Comunidad Internacional a través de diferentes mecanismos internacionales en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, en esa garantía y respeto a los mismos.
Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
Carta Internacional de Derechos Humanos, Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948.
Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, aprobada en la Novena Conferencia Internacional Americana, Bogotá, en abril 1948.
Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos. Entra en vigor para Colombia el 23 de marzo de 1976, en virtud de la Ley 74 de 1968.
Convención Americana sobre Derechos Humanos, entrada en vigor para Colombia el 18 de julio de 1978, en virtud de la Ley 16 de 1972.
Convención contra la Tortura y otros tratos o penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, entrada en vigor para Colombia el 8 de enero de 1988, en virtud de la Ley 70 de 1986.
Convención sobre los Derechos del Niño, suscrita y ratificada por Colombia en 1991.
Convención para la Prevención y la Sanción del delito de Genocidio, entrada en vigor el 12 de enero de 1951.
Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre desplazamiento Forzado, que si bien no han sido suscritos formalmente por Colombia, lo ha hecho de manera tácita y directa al incorporarlos en el cuerpo normativo de la Ley 387 de 1997.
Derechos Contenidos:
Estos Instrumentos Internacionales contienen los siguientes derechos: Libertad personal, Igualdad a la vida, a la seguridad personal, a la integridad personal, a la personalidad jurídica, al debido proceso, a la justicia, a la intimidad, honra, a la libre circulación, a la libertad de pensamiento, conciencia, opinión y expresión, a la sindicalización, a la protección legal, a la familia, a la inviolabilidad de domicilio, al trato humano y digno, derecho al nombre.
5.3. El derecho Internacional Humanitario
Convención de Ginebra relativo a la protección de las personas Civiles en Tiempo de Guerra suscrito y ratificado por Colombia en 1961.
Protocolo II adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949, relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional, Ratificado por Colombia en 1996.
Articulo 3° común a los cuatro Convenios de Ginebra.
En estos estatutos se protege y garantiza la seguridad, integridad y libertades de la población civil que esta por fuera de un conflicto armado de carácter interno de una nación, o de los combatientes que por cualquier circunstancia han quedado por fuera del combate.
5.4. Las Normas de Derecho Interno
El estado colombiano presionado por la Comunidad Internacional y amplios sectores de la población victimizada ha regulado sobre la violación a estos derechos de carácter fundamental, la Ley 387 de 1997 por medio de la cual se desecha la Política pública que busca atender a la población en situación de desplazamiento forzado, la Ley 589 del año 2000 que tipifica e imprime en el Código Penal Colombiano, por primera vez en Colombia como delitos la desaparición forzada, la tortura, el genocidio y el desplazamiento forzado.
Así mismo se ha comprometido constitucionalmente a reconocer y respetar el Derecho Autónomo Indígena o derecho Mayor, Ley de Origen o Derecho Propio.
Los hechos que fueron presentados al Tribunal, contradicen la legislación nacional e internacional y por eso merecen la más firme condena.
6. La responsabilidad Europea
Desde 2002, se incrementó el interés de grandes empresas europeas por Colombia. Una agenda de pacificación del país fue elaborada y apoyada tanto por el gobierno de los Estados unidos, como por grupos financieros y empresarios europeos. La Comisión europea y en el Consejo europeo apoyan el “proceso de paz” por un compromiso político y financiero, que incluye también la ley Justicia y Paz.
A pesar del hecho que el gobierno de Colombia sea responsable de violaciones sistemáticas de los Derechos Humanos y de crímenes de lesa humanidad, el apoyo de varios Estados de la Comunidad europea y de otros como Suiza, los hace corresponsables de tales hechos. Esta situación se concreta de la manera siguiente:
6.1. Las empresas multinacionales europeas (Unión Fenosa, Banco Bilbao Vizcaya, Banco Santander Central Hispano, Endesa, Prisa, Aguas de Barcelona, CEPSA, Gas Natural, de España, BP y Nestlé de Suiza) están implicadas en:
El desplazamiento forzado de personas por parte de las fuerzas armadas, policía y en especial por paramilitares, para el control de los territorios destinados a monocultivos, a actividades mineras, petroleras o turísticas. A título de ejemplo se pueden citar las empresas Repsol (España) y BP (Gran Bretaña).
En la vulneración del acuerdo 169 de la OIT sobre el respeto de los recursos naturales de los pueblos indígenas (BP)
En la denegación de los derechos de los trabajadores, como en el caso de Nestlé y BBVA.
En la colaboración con grupos paramilitares para la seguridad de las empresas, un ejemplo es BP,
En las presiones sobre las instancias políticas locales para que no intervengan.
En las inversiones en medios de comunicación de masa que presentan Colombia como un país democrático, tal como hace el grupo español Prisa.
En el financiamiento de proyectos negativos para el ambiente y socialmente desastrosos. El Banco Santander es un caso entre otros.
1. La Unión Europea impone normas de utilización de agrocombustibles (20% de energías renovables para 2020), y así favorece el desarrollo de monocultivos de caña (etanol) y de palma (agrodisel).
2. El Banco Europeo de Inversión (BEI), mayor institución internacional de financiamiento público del mundo, financia empresas multinacionales en Colombia, sin criterios suficientes concernientes a las normas del entorno y a las condiciones elementales del respeto a los Derechos Humanos.
3. Los Tratados bilaterales entre países europeos y Colombia: se trata de Hungría, la República Checa, Polonia y Romania.
4. Los acuerdos en el cuadro del Sistema de Referencias Generalizadas Andinas (SPG), que favorecen las exportaciones colombianas en Europa.
5. Las negociaciones para un Tratado de libre comercio, sin cuestionar seriamente las situaciones de violaciones de Derechos Humanos.
6. La colaboración militar entre Colombia y el Reino Unido y entre Colombia y Francia, como la venta de armas de varios países Europeos, entre ellos España y Bélgica, entre otros.
Lo que se espera de los actores económicos y políticos de Europa :
1. Una renegociación de todos los acuerdos con Colombia sobre la base del artículo 2 del Acuerdo de Asociación, estipulando que un acuerdo puede ser denunciado si una de las partes involucradas, viola los Derechos Humanos.
2. La aplicación de estos criterios por el BEI.
3. El fin de toda negociación que desemboque en medidas de privatización y de liberalización que beneficien a las empresas transnacionales europeas y no al pueblo colombiano.
4. El fin de las políticas energéticas, imponiendo de hecho una producción de agrocombustibles en Colombia.
5. El financiamiento de programas sociales que benefician a las poblaciones más necesitadas en concertación con los movimientos sociales populares.
6. Una contribución a la reparación de los daños que resultaron de las políticas económicas europeas.
7. Apoyo a los movimientos y organizaciones sociales, que en Colombia luchan por los Derechos Humanos y en particular en sus esfuerzos para presentar sus casos ante la Corte Penal Internacional.
8. Colaboración activa con el proceso de paz y reconciliación, tomando en cuenta la necesitad de reconstruir la memoria, de iniciar negociaciones políticas y de establecer estructuras económicas y sociales garantizando la justicia, la verdad, la reparación de las víctimas y la no repetición de los crímenes.
9. La suspensión de financiamiento a proyectos de cooperación al desarrollo que fortalecen a grupos paramilitares y a políticos involucrados con ellos.
10. La denuncia de la Ley de Justicia y Paz y de la comisión Nacional de Reparación y Reconciliación como instrumentos jurídicos y políticos no adecuados con el reclamo de las víctimas de vulneración de Derechos Humanos y el apoyo a un verdadero proceso de verdad, justicia y reparación.
11. La suspensión de los acuerdos militares y de la venta de armas y de cualquier equipo militar por parte de los países de la Unión Europea al gobierno de Colombia.
12. La anulación de la Directiva aprobada por el Parlamento Europeo referida al retorno de la población inmigrante, entre ellos la población colombiana.
CONCLUSION
En función de todas estas consideraciones y sobre la base, tanto de los resultados de los varios Tribunales, como de los testimonios directos, el Tribunal confirma las sentencias de las sesiones de los Tribunales Internacionales de Opinión precedentes y DECLARA: AL GOBIERNO DE COLOMBIA CULPABLE DE CRÍMENES CONTRA LA HUMANIDAD. El Tribunal constató también que la situación, lejos de mejorarse tiende a empeorar y por eso llama a la conciencia de los pueblos europeos para que ellos y sus responsables políticos se abstengan de colaborar con el gobierno colombiano. Se espera al contrario que tomen iniciativas para parar las violaciones que se cometen en el país y apoyen la construcción de una sociedad democrática, sobre la base de negociaciones políticas y de instituciones renovadas.