Debilidades en procesos contra defensores de Derechos Humanos
Testigos preparados, pruebas débiles e información de inteligencia como evidencia judicial son algunos de los errores que encontró la organización Human Right First en 32 expedientes contra defensores de derechos humanos en el país.
Quienes deciden trabajar por la defensa de los derechos humanos en Colombia se pueden convertir fácilmente en blanco de acusaciones penales, muchas veces, sin fundamento.
Eso concluye un informe de la ONG norteamericana Human Rights first (HRF) basado en el análisis que hizo el investigador australiano Andrew Hudson durante un año sobre 32 expedientes de procesos contra defensores de derechos humanos en el país.
En los casos estudiados se evidencian graves violaciones al debido proceso, como son la credibilidad de testigos poco confiables, el uso de informes de inteligencia como pruebas, las investigaciones por mero prejuicio de los fiscales, problemas en las investigaciones previas, detenciones arbitrarias y procesos jurídicos contra defensores por injuria y calumnia, que hacen desviar la atención de los hechos que denuncian.
Falsos testimonios
De acuerdo con el informe, “las investigaciones penales contra defensores suelen estar basadas en el testimonio de ex combatientes o informantes de las guerrillas con relaciones cercanas a funcionarios del gobierno”.
Este tipo de testimonios se presentaron en 17 casos, en los que desmovilizados de las Farc u otros grupos ilegales han declarado en contra de defensores de derechos humanos. Estas declaraciones, aunque pueden ofrecer información valiosa, hay que tomarlas con reserva, porque provienen de personas que están en procesos de reintegración que les ofrecen beneficios legales o económicos por cooperar con las autoridades, explica el informe.
En consecuencia, su testimonio no puede declararse imparcial, y por eso tanto la Corte Suprema como la Constitucional han coincidido en sus jurisprudencias que “tales testimonios, para efectos de otorgarles credibilidad, deben analizarse y valorarse con mucho rigor y cuidado, pues la ligereza y la superficialidad del examen puede dar lugar a que se cometan graves injusticias”. Pero en los casos analizados, la voz de los desmovilizados basta como prueba para abrir una investigación, según señala en informe.
Un ejemplo es el de Alejandro Quiceno, un defensor de derechos humanos que fue acusado de rebelión por el Fiscal Especial 5 de Medellín. Fue detenido por más de tres meses y luego pasó a detención domiciliaria hasta que el fiscal 153 de Medellín definió que la detención había sido sin fundamento. Argumentó que los testimonios de los testigos reinsertados fueron poco confiables porque sólo buscan beneficios del gobierno.
Pero más grave que eso, es que “algunos fiscales han preparado a testigos dirigiéndolos directamente sobre lo que debe aparecer en sus declaraciones”, dice la HRF. Basada en casos puntuales, la ONG asegura que “en muchas de las resoluciones y sentencias analizadas pos Human Rights First, fiscales y jueces que revisaron los casos citaron secciones de declaraciones de diversos testigos que tienen frases completas idénticas entre sí, lo que muestra que fueron instruidos por el fiscal inicial del caso”.
Así ocurrió en el proceso de Claudia Montoya, que fue arrestada el 18 de octubre de 2006 sindicada de rebelión por la Fiscalía 57 de Medellín. Después de cuatro meses detenida, un fiscal revisó el caso y cerró la investigación en febrero de 2007 al encontrar que los testimonios de los testigos tenían casi el mismo orden de palabras, lo que sugiere que hubo preparación e interferencia del fiscal inicial.
Y cuando los testimonios no son de testigos poco creíbles o posiblemente preparados por funcionarios investigadores, son contradictorios, vagos y poco creíbles, según lo encontrado por la ONG en 16 de los casos estudiados.
Uno de éstos es el de la detención de la junta directiva de la Asociación Campesina del Valle del Río Cimitarra (Acvc), que trabaja en el Magdalena Medio en la defensa del derecho a la tierra de los campesinos de la región. Después de que entre 2007 y 2008 fueron detenidos seis líderes de esa organización, el fiscal que examinó el caso encontró que los testigos de la Fiscalía no pudieron especificar exactamente cuáles eran los delitos por los que estaban acusando a los líderes.
El funcionario definió que las acusaciones no estaban bien sustentadas y las calificó como “apreciaciones personales de quien las expone debiendo haber sido verificadas contundentemente por los organismos investigativos”. Por eso, cuatro de ellos salieron libres, pero siguen presos dos.
Informes de inteligencia como pruebas
Pero los falsos testigos no son las únicas pruebas indebidas que reposan en estos expedientes. En 14 de los casos analizados por la ONG, se presentan informes de inteligencia como pruebas, cuando el Código de Procedimiento Penal es enfático en que “en ningún caso los informes de la policía judicial y las versiones suministradas por informantes tendrán valor probatorio en el proceso”.
Además, la Corte Constitucional ha dicho que “las agencias de inteligencia sólo pueden participar en la recolección de información cuando ya existan pruebas suficientes para sugerir que el individuo haya tomado acciones ilegales”.
Según el informe, esos registros de inteligencia no constituyen evidencia admisible en un proceso penal porque “frecuentemente contienen información fallida e incendiaria, sin pruebas concretas de la participación de un defensor en grupos guerrilleros e incluyen declaraciones generales basadas en opiniones que confunden el trabajo de la defensa a los derechos humanos con el terrorismo”.
El informe reseña el caso de Teófilo Acuña, presidente de la Federación Agrominera del Sur de Bolívar (Fedeagromisbol). Semana.com conoció el informe de inteligencia en el que el teniente Mario Germán Arana, del Batallón Nueva Granada del Ejército, le envía al fiscal Eduardo Cabello, delegado de Simití, un documento con el que busca ponerlo en conocimiento de las supuestas actividades delictivas de Acuña.
En él, lo señalan de integrante de la guerrilla del ELN por supuestamente haberse reunido con una mujer perteneciente a ese grupo, pero no mencionan puntualmente ni testigos ni actos precisos. Sólo se refieren a la organización de una marcha en septiembre de 2006 y a una reunión que sostuvo Acuña en una vereda del municipio Río Viejo donde le dijo a la comunidad que se opusiera al ingreso a la zona de una multinacional minera. Pero eso, dice el informe de inteligencia, está haciendo “proselitismo político en pro del ELN, aprovechándose de la inocencia del campesino”.
El fiscal inició la investigación contra Acuña, ordenó detenerlo, pero a los 10 días lo dejó libre. Admitió la falta de pruebas y reconoció que los informes de inteligencia no tienen valor probatorio.
Sospechas y estigmatizaciones
Entonces, si los testigos que acusan a los defensores de derechos humanos no son lo más creíbles y si los informes de inteligencia no pueden ser usados como prueba, ¿en qué se basan para abrir las investigaciones? Es común que el sustento sean las sospechas, concluye el informe de la ONG.
Así le pasó a Fanny Perdomo, de la Comunidad Civil de Vida y Paz (Civipaz), que trabaja con desplazados que reclaman sus tierras. Ella fue capturada el 11 de mayo de 2006 sindicada de secuestro y rebelión. Todo por haberle regalado implementos de aseo y una tarjeta telefónica a una hermana suya que, según el fiscal, era miembro de las Farc. Por sospecha y por su trabajo como defensora, que suele ser una labor estigmatizada con el delito de rebelión, el fiscal entendió que Fanny también pertenecía a ese grupo guerrillero.
El juez definió que el hecho de haberle dado a su hermana productos de uso personal no se considera una actividad ilícita y no puede ser fundamento para abrir un proceso penal.
Investigación larga y secreta
En vista de que en los casos analizados por HRF no tienen pruebas contundentes, varias investigaciones se demoraron más de seis meses, que es el tiempo máximo que permite la ley.
Eso les pasó a 35 defensores de derechos humanos detenidos en Saravena, Arauca, por orden de un juez, sindicados de rebelión. El fiscal tardó más de seis meses investigándolos. Finalmente, 19 de ellos fueron declarados culpables. La apelación de la sentencia ha estado por más de dos años en el Tribunal Superior de Arauca sin que se haya obtenido respuesta alguna.
Según los hallazgos de la investigación, “es poco común que los fiscales que realizan las investigaciones previas notifiquen a los defensores de derechos humanos de ese proceso”. Esto ocurre, pese a que el procesado tiene derecho a ser informado de la investigación que se le sigue, para que pueda preparar su defensa. Aún más grave es que, a veces, no les informan de los cargos que tienen en su contra después de terminada la investigación previa e incluso tras haberlos capturado.
Un caso que ejemplifica esta inquietante situación es el de Carmelo Agamez, del Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado (Movice). Su casa fue allanada el pasado 13 de noviembre por hombres vestidos de civil que se identificaron como policías. Dos días después, lo detuvieron. Según el informe, “presuntamente, el allanamiento inicial se hizo sin orden judicial y por varios días no se le notificaron a Agamez los cargos en su contra”.
Detención arbitraria
Todo esto demuestra que, en muchas ocasiones, las detenciones de defensores de derechos humanos se hacen sin mayores fundamentos. Entre agosto de 2002 y julio de 2006 la organización Coordinación Colombia, Europa y Estados Unidos documentó 6.912 detenciones arbitrarias de civiles. Eran capturas masivas que se hacían de grupos de 10 ó más personas. Estos casos también fueron denunciados por el senador Luis Fernando Velasco en el Congreso.
“Si ha habido algo monstruoso en este país, algo que debería removernos la conciencia a los colombianos son las capturas masivas. Aquí en Colombia existió y parece que van a revivir un mercado de informantes, personas que decían ser reinsertados de la guerrilla, se ponían capuchas y salían a las pequeñas poblaciones de Colombia a señalar a un mundo de gentes y los señalaban de guerrilleros”, le comentó el político liberal en su momento a Semana.com.
Para el caso de los defensores de derechos humanos, HRF detectó cuatro maneras de detención indebida. La primera es sin orden de captura. La segunda, con orden de captura, pero sin información específica para identificar a la persona que se debe capturar. La tercera, la orden se llena durante o después de la captura. Y la cuarta, la orden no es válida porque no se ejecuta correctamente.
Injuria y calumnia
Con todo esto, se corre el grave peligro de que los defensores de derechos humanos dejen de hacer sus denuncias. Como se ve, “en los casos más típicos en que se formulan cargos de rebelión en contra de los defensores de derechos humanos, los fiscales no alcanzan a cumplir con los elementos necesarios de ese crimen”, dice el informe.
Entonces, otra vía de buscar consecuencias penales es sindicándolos de injuria y calumnia, toda vez que los defensores de derechos humanos tienen la difícil tarea de denunciar.
Con base en el exhaustivo análisis, HRF concluye que hay inquietantes consecuencias entre los casos estudiados, por lo que consideran que las acusaciones contra muchos defensores de derechos humanos en Colombia con frecuencia carecen de fundamento y que no se trata de simples casos aislados.
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http://www.semana.com/noticias-nacion/debilidades-procesos-contra-defensores-derechos-humanos/121095.aspx-> http://www.semana.com/noticias-nacion/debilidades-procesos-contra-defensores-derechos-humanos/121095.aspx]