Condenan al Estado por ‘falso positivo’ de la Dijín

Fabio Augusto Reyes y Luis Alejandro Londoño se encontraban de rodillas e indefensos.
Pedían que no les hicieran nada cuando agentes de la Dijín de la Policía les dispararon a mansalva, por la espalda y a la altura de la nuca, lo que les causó la muerte de inmediato. Eran empleados de la Empresa Interamericana de Electrónica y en la mañana del 28 de junio de 1996 se dirigían hacia su trabajo cuando quedaron en medio de los agentes de la Dijín y una banda de atracadores que iba a robar un carro transportador de valores en el barrio Salazar Gómez, en el occidente de Bogotá.

Para justificar los asesinatos, los agentes quisieron presentar a Reyes y Londoño como miembros de la banda. Dispararon sus armas y se las pusieron a las víctimas en la mano. Así lo vieron varios compañeros de las víctimas y transeúntes que pasaban por el lugar. A Reyes le pusieron una en la mano derecha. Lo que no sabían es que era zurdo. Por este falso positivo el Consejo de Estado condenó a la Nación a indemnizar a los hermanos de Reyes.

Esa corporación, en una sentencia del 30 de enero, conocida por El Espectador, encontró responsable al Estado por los asesinatos y, además, por la campaña de desprestigio contra las víctimas a las que recurrentemente se quiso presentar como criminales. De hecho, a las pocas horas de realizado el operativo, en el que, además de Reyes y Londoño, murieron tres atracadores, el entonces inspector general de la Policía, general Carlos Alberto Pulido Barrantes, dijo que la operación se había llevado a cabo sin contratiempos y que todos los muertos eran delincuentes. Pulido rechazó, además, los señalamientos hechos contra los uniformados.

Ese mismo día, la empresa para la que las víctimas trabajaban emitió un comunicado negando las aseveraciones de la Policía y asegurando que a Reyes y Londoño “se les conoció como personas honradas, sin antecedentes y como excelentes trabajadores, tal como consta en sus intachables hojas de vida, y no habiéndoseles conocido nunca como delincuentes y mucho menos como portadores de armas”.

La versión fue confirmada por la esposa de Reyes, Sandra Patricia García, quien agregó que a su marido le iban a subir el sueldo y muy pronto se iban a ir de vacaciones con sus hijos menores de edad. En declaraciones dadas al diario El Tiempo, García dijo que los agentes de la Policía eran “tan brutos que le pusieron la ametralladora en la mano derecha y él es zurdo. Un celador de la empresa nos dijo que los mismos trabajadores le gritaron a la Policía que no los mataran”.

No obstante, los agentes que participaron en la operación se sostuvieron en su versión de que Reyes y Londoño eran criminales, que los habían atacado y ellos habían respondido. Así se lo dijeron a la justicia. Se supo incluso de amenazas contra quienes fueran los compañeros de trabajo de las víctimas para que dijeran que ellos eran criminales. Una mujer testigo de los hechos fue intimidada. Otros uniformados que vieron lo sucedido no informaron a sus superiores sobre lo que había pasado.

Deliberadamente callaron.

Por ello, el Consejo de Estado es enfático en su fallo: “Al dolor causado con la muerte, se sumó la falsa acusación que se trató de utilizar como excusa para el bestial proceder, la cual fue difundida por los medios de comunicación, lo que generó una mácula moral proveniente de la falsa acusación”. Para sus familiares, Reyes fue “doblemente asesinado al quitársele la vida y, además, su honra y buen nombre al difundir a boca micrófonos que él era un delincuente”.

Demandaron al Estado y el caso llegó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que en fallo del 10 de diciembre de 2002 les dio la razón. Sin embargo, la sentencia fue apelada por los hermanos de la víctima, que no fueron indemnizados.

El Estado también apeló aduciendo que los agentes eran los únicos y exclusivos responsables de lo que habían hecho y que no se lo podía señalar por esos crímenes.

Fue entonces que el proceso llegó al Consejo de Estado.

Esa corporación ya había condenado al Estado a indemnizar a los hermanos de Luis Alejandro Londoño, en un fallo del 9 de mayo de 2012. Sus familiares lo habían demandado con el argumento de que Londoño “era un humilde y honrado trabajador, que resultó víctima de la barbarie oficial al ser detenido, ultrajado y asesinado en absoluto estado de indefensión, con desprecio de las más elementales normas de humanidad y sin fórmula de juicio alguna por los efectivos oficiales que participaron en el operativo”. La justicia les dio la razón.

Con este antecedente, el Consejo falló a favor de los hermanos de Reyes por cuenta del “actuar ilegítimo de los policías, quienes sin justificación alguna dieron muerte a estos transeúntes”. Mucho antes de que se conociera el escándalo de los falsos positivos, que hoy tiene tras las rejas a varios coroneles y en líos con la justicia a varios generales, en Colombia ya se presentaban casos similares en los que miembros de la Fuerza Pública, con el fin de lograr un reconocimiento o enmendar un error, asesinaron a una persona.

 Nota Tomada del Sitio WEB (EL-Espectador.COM):

(1) http://www.elespectador.com/noticias/judicial/articulo-408060-condenan-al-estado-falso-positivo-de-dijin