Carta de Miguel Ángel Beltrán a Ministro Vargas Lleras

Carta al Ministro del Interior y de Justicia Germán Vargas Lleras del profesor Miguel Ángel Beltrán donde pide aclaración sobre una entrevista que dio el ministro a la periodista María Isabel Rueda en el diario El Tiempo.


Bogotá, agosto 15 de 2011

Doctor

GERMÁN VARGAS LLERAS

MINISTRO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA
Ciudad

El pasado 18 de julio de 2011, la Coordinadora del Programa de Protección del Ministerio que Usted preside me informó que el Comité de Reglamentación y Evaluación de Riesgos (CRER) de dicha cartera había decidido unánimemente asignarme un esquema de protección para mi seguridad personal, esto como respuesta a mi solicitud explícita de protección por parte del Estado ante la situación de riesgo inminente que corría mi vida en mi condición de activista sindical de la Asociación Sindical de Profesores Universitarios (ASPU) y luego de las graves amenazas y hostigamientos públicos que recibiera por parte de diferentes sectores políticos insatisfechos con la decisión judicial tomada por la juez cuarta penal del Circuito especializado de Conocimiento de Bogotá, quien diera a conocer el sentido del fallo absolutorio a mi favor, el día 3 de junio, tras un largo proceso de dos años en el que se me mantuvo privado de la libertad y se me señalara de ser un importante miembro de la Comisión Internacional de las FARC, que actuaba bajo el alias de “Jaime Cienfuegos”.

No obstante la existencia de esta sentencia judicial, que deja sin piso tales acusaciones, con gran sorpresa e indignación me he enterado por los medios de comunicación escritos y hablados que en una entrevista concedida por Usted a la periodista María Isabel Rueda del diario El Tiempo (junio 27 de 2011) señala refiriéndose al fallo de la Corte Suprema sobre los computadores del extinto jefe de las FARC “Raúl Reyes”, que como consecuencia de esta providencia “[…] También quedó en libertadMiguel Ángel Beltrán, alias ‘Cienfuegos’ (subrayado mío).

Dichas afirmaciones desconocen lo expresado por la sentencia judicial absolutoria proferida por la mencionada juez, el pasado martes 27 de julio, dentro de la causa que se me siguió por los delitos de “rebelión” y “concierto para delinquir con fines agravados”. Absolución que fue el resultado de un largo debate oral que se prolongó por más de ochenta horas, distribuidas en quince sesiones efectivas, en las cuales se presentaron veinte testimonios y fueron discutidas más de doce evidencias incluyendo, entre otras, los computadores y discos duros incautados en la “Operación fénix” realizada en territorio ecuatoriano y que dio muerte al guerrillero de las FARC, Raúl Reyes, los cuales fueron tomados como prueba acusatoria a lo largo del proceso, pese a su ilicitud e ilegalidad, como quedó posteriormente demostrado con el acto inhibitorio que decretara la Corte Suprema de Justicia en el caso del ex congresista Wilson Borja. Para la fecha del pronunciamiento de este alto tribunal (18 de mayo) ya se adelantaban los alegatos finales de mi juicio oral, por lo que el sentido del fallo emitido por la juez el día 3 de junio, no derivó de dicha decisión.

De modo tal, que la sentencia absolutoria se basó no sólo en los pronunciamientos hechos por la Corte Suprema de Justicia en el sentido de declarar la invalidez de las mencionadas pruebas informáticas sino también –y fundamentalmente- por las inconsistencias encontradas en las evidencias y alegatos esgrimidos en mi contra por el ente acusador, las cuales fueron puestas en evidencia por mi defensa técnica. En su fallo la juez es enfática al afirmar que:

“[…] el devenir procesal muestra la carencia de pruebas que representen mérito suficiente para establecer la certeza de responsabilidad en cabeza del acusado MIGUEL ÁNGEL BELTRÁN VILLEGAS, por lo que es dable concluir que al examinar lo expresado en la audiencia del Juicio Oral, del que fueron excluidos algunos medios de conocimiento, en efecto, la carga probatoria del ente investigador se nota disminuida y carente de entidad suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia que le asiste al acusado. Conforme a lo planteado, se hace procedente atender la petición de la defensa, en el sentido de dictar sentencia de carácter absolutorio a favor de MIGUEL ÁNGEL BELTRÁN VILLEGAS, por el delito de rebelión, de manera que como ya había sido anunciado al culminar el Juicio Oral, con el sentido del fallo y, sin ni siquiera hacer mayor valoración de las pruebas aportadas por la defensa, que por lo demás, pretendían justificar la inocencia del acusado, en cuanto que éste es un docente de la Universidad Nacional, con varios doctorados, y que en su actividad como docente, ni promovió, ni incitó a sus alumnos o a sus compañeros a pertenecer al grupo armado ilegal de las FARC” (mayúsculas en el original).

En la referida entrevista advierte Usted que “La Corte ha señalado que el auto, porque no es una sentencia, sólo tiene efectos frente al caso concreto de Wilson Borja, pero no veo que esa sea la interpretación que están dándole otras autoridades”. La larga lista de líderes sindicales, integrantes de la oposición, periodistas y académicos, asesinados en no pocos casos señalados por el mismo Estado de ser “simpatizantes de la subversión”, me llevan a tomar con mucha cautela estas equívocas afirmaciones que tienen graves implicaciones para mi seguridad personal. Todavía está vivo en la memoria el caso del también sociólogo y profesor universitario Alfredo Correa D’Andreis quien dos meses después de que fuera declarado inocente por el juez que siguió su proceso, fue asesinado en las calles de Barranquilla, en un crimen que comprometió a altos funcionarios del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).

Como en numerosas ocasiones Usted ha expresado su respeto por las decisiones de la rama judicial, me inclino a creer que se trata de una información inexacta que le ha sido transmitida con el propósito de desvirtuar la veracidad e imparcialidad de una decisión judicial tomada en derecho, y que al ser puesta en circulación en un importante medio de comunicación, comprenderá Usted, puede incidir en las actitudes y aún en las conductas de la comunidad. Este hecho adquiere particular gravedad en una sociedad polarizada y atravesada por un agudo conflicto armado y social, como la nuestra.

En tal sentido, y como una vía para el restablecimiento de la verdad, solicitaría a Usted, me haga saber si dispone de alguna información que le permita afirmar -con la certeza que Usted lo hizo en la entrevista mencionada- que Miguel Ángel Beltrán Villegas es alias “Jaime Cienfuegos”; en caso contrario, solicitaría de Usted una rectificación pública de esta aseveración. La petición resulta aún más urgente, por cuanto en este momento el Ministerio que Usted encabeza, me ha aprobado medidas especiales de seguridad. Mismas que no puedo aceptar si el ente encargado de garantizarlas me vulnera abiertamente derechos fundamentales como lo son: el derecho al buen nombre y a la presunción de inocencia.
Atentamente,

Miguel Ángel Beltrán Villegas

Profesor Asociado Departamento de Sociología

Universidad Nacional de Colombia

cc. Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas.
Asociación Sindical de Profesores Universitarios
Dirección de Derechos Humanos. Ministerio del Interior