Asesinado Sergio Ulcue Perdomo, vocero de medidas cautelares CIDH
Con profundo dolor informamos que ayer domingo 17 de noviembre de 2013,hacia las 13:00 horas fue cobardemente asesinado en el municipio de Caloto-Cauca el dirigente campesino SERGIO ULCUE PERDOMO, vocero ante el Gobierno Colombiano de las Medidas Cautelares MC-97-10 que otorgó la CIDH a 179 familias campesinas de las Veredas El Vergel y El Pedregal de Caloto Cauca a fin de proteger sus vidas e integridad personal, en el marco del conflicto armado.
El crimen fue perpetrado por dos oscuros personajes vestidos de civil, quienes como pájaros de muerte ingresaron al albergue que el dirigente y su familia habían improvisado en la Vereda Marañón de Caloto Cauca, luego de haber sido desplazados forzadamente en noviembre de 2011 desde la vereda El Pedregal donde dejaron abandonada su tierra y años de trabajo *(Ver anexo).*
Los rastreros sicarios cumpliendo órdenes superiores profanaron la humilde morada y en medio de niños y ancianos cegaron la vida del líder campesino de varios impactos de bala quien se encontraba en absoluto estado de indefensión.
SERGIO ULCUE PERDOMO, fue un destacado dirigente campesino de las veredas
El Vergel y El Pedregal del municipio de Caloto Cauca, quien desde 2009 denunció los atropellos y los crímenes cometidos por el Ejército Nacional contra la población civil en el municipio de Caloto-Cauca, contribuyendo a la judicialización de más de 46 violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario.
Fue gracias al trabajo de SERGIO ULCUE PERDOMO, que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la OEA otorgó Medidas Cautelares a 179 familias campesinas para proteger sus vidas e integridad en medio del conflicto armado y superar la impunidad. Irónicamente el escrito de solicitud de medidas cautelares a la CIDH la suscribió SERGIO el 20 de marzo de 2010 por la ejecución extrajudicial del campesino LIBER CUETIA RAMOS, a quien el Ejército no pudo presentar como guerrillero dada de baja en combate por la intervención oportuna de campesinos e indígenas enardecidos (Ver anexo) . El 28 de septiembre de 2012 la ejecución extrajudicial de NORBEY MARTINEZ BONILLA, también beneficiario de las medidas cautelares, estremeció a la comunidad de Caloto, luego que el ejército Nacional lo presentara como un guerrillero que llevaba más de diez años en la insurgencia, cuando este contaba tan solo con 15 años de edad. Además, según experticia de la Sijin de la Policía, el fúsil presuntamente portado por el menor, nunca fue disparado.(VerAnexo).
SERGIO ULCUE PERDOMO también fungía como vocero del Comité Interinstitucional para mitigar los efectos del conflicto armado en el Norte del Departamento del Cauca, creado por Sentencia del Consejo de Estado de 24 de septiembre de 2011. ( Ver Anexo)
*JUDICIALIZACION PREVIO AL ASESINATO: “ya no hay nada más que hacer”*
El día 9 de junio de 2012 SERGIO ULCUE PERDOMO fue capturado y judicializado por la Fiscalía Seccional de Puerto Tejada quien le imputaba el delito de Rebelión con base en cargos de presuntos desmovilizados de las Farc. El dirigente campesino estuvo cuatro meses privado de la libertad hasta que el proceso penal fue declarado nulo desde su etapa previa y posteriormente fue declarada la preclusión de la investigación a su favor.
El proceso de aniquilamiento de las personas y organizaciones que acceden a la Administración de Justicia y buscan Justicia en los organismos internacionales en forma organizada por graves violaciones a los DerechosHumanos, también se hizo extensivo a RAFAEL ULCUE PERDOMO, hermano de SERGIO, quien aún se encuentra injustamente privado de la libertad acusado de Rebelión desde hace 17 meses por solicitud de la Fiscal Quinta.
Especializada de Popayán, MARTHA LILIANA REALPE CERON, quien en una constante vulneración de los derechos fundamentales ha obstruido y vulnerado la defensa formal y material de ULCUE PERDOMO.
Por su parte, resulta inaceptable moral y jurídicamente que el Juez 19 Penal del Circuito de Cali, HELMER VELASCO CAICEDO, al resolver la solicitud de libertad de RAFAEL ULCUE PERDOMO, en la que se tomó más de 17 meses, haya manifestado que a pesar de que la realización de Audiencias de la Justicia Ordinaria Penal *“no esté permitido”* efectuarse en brigadas militares, tal como lo dictaminó el Consejo Superior de la Judicatura-Sala Administrativa, rampantemente determinó que no evidenciaba ninguna violación de derechos fundamentales del imputado al habérsele celebrado audiencias constitucionales en la Tercera Brigada del Ejército, y ratificó sin sonrojarse que *“No hay mejor protección para un defensor de derechos humanos que la cárcel”*. No hay derecho. (Ver anexo)
El asesinato de SERGIO ULCUE PERDOMO se presenta precisamente a escasas tres semanas de haberse celebrado Reunión de Trabajo en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA en Washington, en el marco del 149 Periodo de Sesiones, en la que se denunciaron violaciones a los derechos humanos y persecución militar y judicial de los voceros y peticionarios de la medida cautelar MC -97-10.
El asesinato de SERGIO ULCUE PERDOMO ocurre como consecuencia de la labor de denuncia efectuada por los campesinos y a la utilización del sistema interamericano de derechos humanos como último recurso de protección de sus derechos fundamentales ante la falta de garantías del Gobierno Colombiano. Los sicarios al momento de asesinar a SERGIO ULCUE PERDOMO le manifestaron *“ya no hay nada más que hacer”.*
*Exigencias:*
Reubicación, atención humanitaria de urgencia y protección inmediata paralos niños, mujeres y ancianos que constituyen la familia de SERGIO ULCUE PERDOMO, quienes actualmente se encuentran desplazados a merced de los sicarios.
Que se brinde protección y las mínimas garantías judiciales al beneficiario de las medidas cautelares RAFAEL ULCUE PERDOMO, quien actualmente se encuentra injusta e ilegalmente privado de la libertad.
Que la investigación por la Ejecución Extrajudicial de SERGIO ULCUE PERDOMO, sea adelantada por una Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, ya que la Fiscalía Seccional de Caloto no cuenta con personal de policía judicial ni las herramientas técnicas para adelantar una investigación de esta naturaleza.
Que la Fiscal Quinta Especializada de Popayán, Doctora MARTHA LILIANA REALPE CERON, se abstenga de seguir estigmatizando y obstruyendo el libre ejercicio de la defensa de los Derechos Humanos ejercida por la Corporación Justicia y Dignidad y sus integrantes.
Que la Fiscal Quinta Especializada de Popayán, Doctora MARTHA LILIANA REALPE CERON y el Comandante del Batallón de Infantería Terrestre No. 91, se abstengan de presentar denuncias penales infundadas contra los abogados de la Corporación Justicia y Dignidad, ya que estas acciones son el preámbulo al vil asesinato de los defensores de derechos humanos.
Exigimos se respete el derecho a vivir, a trabajar y a caminar por estas tierras que nos vio nacer.
Hacemos responsables al Gobierno y al Estado Colombiano de lo que suceda con la vida, la dignidad y la libertad de los beneficiarios y peticionarios de las medidas cautelares otorgadas por la CIDH.
*CORPORACION JUSTICIA Y DIGNIDAD*
*Cali, 18 de noviembre de 2013*