Amerisur destruye el ambiente y genera zozobra en comunidades.
El inicio de obras para transportar el crudo mediante Línea de Transferencia cruzando por debajo del río Putumayo hacia el Ecuador por parte de la multinacional Amerisur llevo a una protesta pacífica desde el pasado 19 de febrero.
El pasado sábado 20 de febrero, voceros de las comunidades y de la ZRCPA manifestaron al responsable social de la empresa Marco Tulio González, las razones de la movilización. La vocera de la ZRCPA solicitó al funcionario cesar en la orden de desalojo a la Fuerza pública.
Sin embargo, el día domingo 21, hacia las 8:40 a.m. junto al teniente coronel Rodriguez se hicieron presentes agentes de policía motorizados, acompañados del Coronel Carlos Celis del Ejército Nacional.
El policial dirigiéndose hacia los manifestantes les ordenó desalojar “o sino los subiría al camión como marranos”, y les amenazó con judicialización. Los campesinos, quienes mantienen una actitud pacífica ante las amenazas manifestaron que se harían a un lado de la vía. El oficial de Policía, les ordenó retirar las carpas instaladas a orillas de la vía, bajo la acusación que desde allí se podría realizar un ataque contra la infraestructura petrolera.
Así mismo, los manifestantes fueron objeto de registro fotográfico por parte de unidades policiales, quienes luego ingresaron a la Plataforma 5, saliendo minutos después con los nombres de campesinos.
La información suministrada por la multinacional a la policía nacional fue cuestionada por los campesinos.
Igualmente las comunidades denunciaron un intento de saboteo en las acciones de de erradicación de cultivos de coca sin que existan los planes de contingencia reconocidos por la corte constitucional. Ademas las organizaciones sociales de la región avanzan en un proceso de diálogo con el gobierno nacional con el propósito de concertar un programa de sustitución, manteniendo el acuerdo de no erradicación hasta tanto no se haya concertado la apuesta de sustitución.
Con la construcción del denominado Oleoducto Binacional por parte de la Empresa Británica Amerisur Exploración Colombia son varias las afectaciones sociales y ambientales que se generarían en las comunidades de la Zona de Reserva Campesina Perla Amazónica y comunidades aledañas.
Las comunidades cuestionan como a una empresa que tiene evidencias de afectaciones e incumplimientos ambientales, el ANLA le permita a través de la Resolución 0513 del 07 de Mayo de 2015 ampliar su área de operación, aprobando la construcción de seis plataformas multipozo para un total de 25 aprobadas.
Además el aprovechamiento forestal y de aguas subterráneas con la construcción de vías de conexión a plataformas, y de un oleoducto Binacional que bombearía el crudo desde Colombia hacia Ecuador, es otra de las graves consecuencias.
los daños causado por la construcción del oleoducto que atravesaría por debajo del Río Putumayo afluente del Amazonas es innegable por la remoción de tierra dentro de un ecosistema panamazónico frágil.
Es igualmente fundado el temor latente de un fallo en la instalación o infraestructura del oleoducto con el cual se contaminaría el Río Putumayo con hidrocarburos. El deterioro que la tubería instalada para el transporte del crudo puede sufrir en el mediano y largo plazo, sin que las comunidades puedan realizar un seguimiento y monitoreo de la situación.
Los campesinos han manifestado que el gobierno debe parar la operación de Amerisur por las afectaciones ambientales generadas en los años de la explotación petrolera. El ejecutivo no ha tomado medida alguna de exigencia de precaución y mitigación pese a que la Contraloría General encontró serias irregularidades en el cumplimiento de la licencia ambiental.
Es evidente que las comunidades afectadas por la construcción del Oleoducto Binacional Amerisur (OBA), no han tenido participación sobre la decisión de construcción de dicha obra. Entre otras se ha desconocido a Adispa como organización representativa de la ZRCPA,
La empresa británica continúa haciendo caso omiso de la Resolución 0513 del 07 de mayo de 2015 que autorizó la construcción del OBA. El ANLA en su decisión determinó en el artículo decimocuarto, literal D, numeral 3 referente al medio socioeconómico, ordenar ajustes al plan de manejo de ambiental, requiriendo soportes que den cuenta de la participación de en los procesos de información y socialización de las organizaciones sociales… Pag (76).
Por otra parte la construcción del OBA, genera un fuerte impacto en la economía local,
El poder empresarial no parece tener limite con un formal Estado de Derecho que no asegura las fuentes de vida y la vida de las comunidades.
Bogotá, D.C. 22 de febrero de 2016
Comisión Intereclesial de Justicia y Paz