Amenazas, Advertencia y hostigamientos

Nuestra Constancia y Censura Moral ante los últimas actuaciones institucionales o parainstitucionales que afectan la Defensa de los Derechos Humanos que realiza nuestra Comisión de Justicia y Paz. A la amenaza de muerte han continuado los seguimientos a integrante de Justicia y Paz, y una nueva advertencia por el trabajo en torno a los casos que continúan sucediendo en Trujillo. Simultáneamente en el bajo Atrato se produjo una nueva actuación de milicias de la guerrilla que afecta el derecho de las comunidades a la defensa de sus derechos y a la atención humanitaria.


Bogotá, D.C Abril 29 de 2005

Doctor
FRANCISCO SANTOS
VicePresidencia de la República

Doctor
EDGARDO MAYA VILLAZON
Procurador General de la Nación

Doctor
VOLMAR PEREZ
Defensor Nacional del Pueblo


Ref: Amenazas, Advertencia y hostigamientos

Reciban un respetuoso saludo.

Nuestra Constancia y Censura Moral ante los últimas actuaciones institucionales o parainstitucionales que afectan la Defensa de los Derechos Humanos que realiza nuestra Comisión de Justicia y Paz. A la amenaza de muerte han continuado los seguimientos a integrante de Justicia y Paz, y una nueva advertencia por el trabajo en torno a los casos que continúan sucediendo en Trujillo. Simultáneamente en el bajo Atrato se produjo una nueva actuación de milicias de la guerrilla que afecta el derecho de las comunidades a la defensa de sus derechos y a la atención humanitaria.

Nuestra Censura ante la actitud omisiva y tolerante de estructuras estatales con las estrategias encubiertas se suma la negación del Derecho a la Defensa ante las falsas acusaciones que existen contra la totalidad de los integrantes que acompañan las comunidades afrodescendientes del Cacarica, Jiguamiandó y Curvaradó en el Bajo Atrato Chocoano desde junio de 2004. El Fiscal Especializado delegado ante la unidad de Derechos Humanos y DIH que conoce el caso 2123 en el que somos acusados por el delito de Rebelión se ha negado a reconocer la personería jurídica al abogado de nuestra Comisión Justicia y Paz, impidiendo que este actúe en la defensa, conociendo el expediente, solicitando pruebas y controvirtiendo las falsas imputaciones. Simultáneamente el proceso 1274 en el que se encuentra acusado el Padre DANIEL VASQUEZ ha sido cambiado el fiscal de conocimiento, lo que implica un retroceso en la definición jurídica.

La situación de vulnerabilidad en el ejercicio legítimo de la Defensa de los Derechos Humanos es evidente a través de la dinámica de la judicialización y de los persistentes hostigamientos es evidente.

• Martes 12 de abril, nuestra Comisión Justicia y Paz recibió un telegrama de la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscalía General de la Nación, en el que se le comunica al apoderado de nuestra Comisión la negativa del Fiscal Instructor a RECONOCERLE PERSONERÍA JURÍDICA dentro del proceso 2123, que se adelanta contra varios de nuestros miembros por el delito de REBELIÓN, argumentando que la decisión se toma en razón a que el mismo se encuentra en etapa de indagación preliminar.

• Jueves 14 de abril, entre las 3:40 y 4:05 dos integrantes de nuestra Comisión de Justicia y Paz, fueron seguidos en un campero con vidrios polarizados, por tres hombres, mientras se desplazaban desde la Calle 34 con Carrera 21 hasta la Calle 50 13 – 19 ingreso al edificio en el que se encuentra la sede de nuestra organización humanitaria de derechos humanos. Durante el seguimiento uno de los hombres que se encontraba en la parte delantera del vehículo en varias ocasiones saco la mano derecha y en varias ocasiones hizo señal de disparo.

• Martes 19 de abril, nuestra Comisión de Justicia y Paz, fue enterada que el Gobierno Nacional ha informado a diversos sectores nacionales e internacionales que no se ha actuado frente a nuestra situación de riesgo debido a que no aceptamos medidas preventivas con esquemas duros de seguridad, hecho que desconoce la ausencia de las medidas cautelares y la ausencia de canales de interlocución y de seguimiento para evitar daños irreparables.

* Miércoles 20 de abril, nuevamente Danilo Rueda integrante de nuestra Comisión de Justicia y Paz fueron seguidos por hombres de civil con armas cortas desde la sede

• Jueves 21 de abril nuestra Comisión de Justicia y Paz conoció por una fuente de alta credibilidad moral, hacia las 4:00 p.m., aproximadamente que miembros del Gobierno Nacional manifestaron que la amenaza de muerte a Danilo Rueda y a Justicia y Paz obedece a que dieron la cara en la presentación en la Audiencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

• Sábado 23 de abril a las 2: 30 p.m. en el municipio de Tulúa nuestra Comisión de Justicia y Paz fue informada por siete testigos, que los grupos paramilitares de la región están atentos al movimiento de los abogados que realizan el acompañamiento jurídico a varios casos de asesinatos, de desapariciones y de fosas comunes del último período- De acuerdo con los testigos, les advirtieron: “nosotros sabemos que hace Justicia y Paz, continúa ingresando, es mejor que se dejen de meter con nosotros o si no van a tener problemas. Tenemos rastreadas todas las comunicaciones y grabaciones, sabemos todo. Si cambian de formas de estar y de las rutinas, todo es detectable, nos daremos cuenta de inmediato”


• Martes 26 de abril
a las 6:20 a.m. aproximadamente, 4 milicianos de la guerrilla de las FARC EP ingresaron a la Zona Humanitaria de “Pueblo Nuevo” en el río Jiguamiandó.

Al ingresar los milicianos ubicaron a los acompañantes que allí se encontraban a quiénes les hicieron planteamientos políticos sobre la política de seguridad democrática, cuestionaron, en genérico y sin precisar, la labor de una u otra ONG. luego de solicitar los medios de comunicación, un satelital. Posteriormente, los milicianos convocaron a una reunión a los habitantes de las Zonas Humanitarias, quiénes cuestionaron la acción armada, exigieron respeto a su proyecto de vida. Otros pobladores afrodescendientes en un signo de rechazo se retiraron de la reunión o se abstuvieron de asistir.

Luego de su discurso, los milicianos se retiraron del lugar.

Nuestra Constancia ante la persistente amenaza, hostigamiento y la advertencia que del Bajo Atrato en el Chocó se ha ampliado al Valle. Se encuentran en remoción las estructuras criminales por ejercer el Derecho a la Verdad, el derecho al esclarecimiento. Cuando cerca se está de lo encubierto, develar lo negado, desde quiénes son descubiertos viene la advertencia o la amenaza. La verdad está ahí, no es necesario decirla, pues a los que tienen ojos solo basta mirar a los que tienen oídos solo basta escuchar. No es nada extraordinario, pero decirlo, pero afirmarlo es para ellos un peligro. Sus certezas están fundadas en el terror, en la inacción del aparato judicial. No existe nada más que falsos cimientos, solo existe el temor a la verdad, en ella la parainstitucionalidad queda desmoronada.

Nuestra Constancia, pues existe lo novedoso en lo judicial para desviar, desenfocar, desvirtuar o diezmar. La negativa del señor fiscal instructor de la Unidad Nacional de Derechos Humanos a reconocerle personería Jurídica a nuestro abogado representa en la práctica la imposibilidad para nosotros como procesados de conocer a ciencia cierta las falsas pruebas y cargos concretos que existen en nuestra contra y de actuar en el proceso activamente, solicitando y controvirtiendo en forma oportuna, los medios probatorios que se alleguen al expediente. Esto se traduce en que se nos adelanta, hasta el momento un proceso penal, el 2123, a nuestras espaldas y que nos será coartado el ejercicio de los derechos fundamentales a la defensa y al debido proceso, a los cuales tiene derecho todo procesado, desde el inicio mismo de la investigación penal.

Representa además, una violación a nuestro derecho a la Igualdad, pues la Fiscalía nos está poniendo en condiciones de inferioridad, al imposibilitarnos actuar en el proceso, mientras se arroga la facultad para investigarnos en forma indefinida y secreta, hasta que decida unilateralmente que existe mérito para abrirnos formalmente un proceso penal o incluso para acusarnos (llamarnos a juicio), haciendo más gravosa nuestra situación jurídica.

Igualmente, esta decisión implica una violación al derecho a la no autoincriminación, por cuanto, tal como lo ha dicho la Corte Constitucional, el goce efectivo de éste “depende de que el investigado conozca, antes de rendir versión preliminar, cuál es la conducta que específicamente se le imputa así como el fundamento de dicha imputación” (Sentencia C-069/03)

Nuestra Censura Moral pues no existe ninguna norma que faculte al señor Fiscal para ocultar el proceso de quienes están siendo investigados, por el contrario, la legislación penal (la aplicable al caso concreto) y la Constitución Nacional, le permite a los imputados que tengan conocimiento de que se adelanta un proceso en su contra, actuar en él, incluso en la etapa de indagación preliminar. Por su parte, el funcionario instructor, está obligado a informarles sobre la existencia de la investigación y a garantizarles el efectivo ejercicio de su derecho a la defensa, permitiéndole acceder al expediente, solicitar pruebas y controvertir las que existen en su contra.

Esta práctica reiterada de la Fiscalía, fue objeto de pronunciamiento de la Corte Constitucional en el fallo C-096 de 2003, en el que dicha Corporación categóricamente dice que la misma no se compadece con los principios de buena fe, igualdad, lealtad procesal y que viola el derecho a la defensa y al debido proceso y con fundamento en ello concluye que “…el imputado tiene derecho a conocer de la imputación específica que existe en su contra y de los fundamentos probatorios que la respaldan, antes de rendir versión preliminar”

Esto quiere decir que mediante esta decisión, el señor Fiscal de la Unidad Nacional de Derechos Humanos, está trasgrediendo abiertamente la Constitución y la Ley.

Nos preocupa que la entidad que tiene la obligación de investigar tanto lo favorable como lo desfavorable al procesado (Principio rector de Investigación Integral), avale el actuar injusto de quienes usan el aparato judicial para deslegitimar nuestro trabajo defensa de los derechos humanos y los procesos de resistencia civil popular de las comunidades que acompañamos. No es de extrañar a las amenazas y la advertencia la creatividad, la fuerza del amor por la vida de quiénes son las víctimas de las violaciones de los Derechos Humanos y los Derechos de los pueblos. Al Terror las convicciones de que las democracias políticas deben ser democracias populares y sociales donde los empobrecidos tengan derecho a existir con vida y con dignidad.

Nuestra Censura ante la actuación de los milicianos de la guerrilla de las FARC EP que colocó en riesgo la vida e integridad de los integrantes de la comunidad afrodescendiente, y de los acompañantes nacionales e internacionales, pues en la zona se desarrollan operaciones militares y paramilitares en los que se ha afectado los derechos a la vida y al territorio de los afrodescendientes La restricción en el uso del satelital y su posterior usurpación ha sido una negación al derecho de los civiles a la protección – observación internacional, independientemente de las ventajas militares de prevención ante la posible activación de la alerta.

En medio de la parainstitucionalidad, de la agresión de empresas palmicultoras y ganaderas protegidas por la Brigada XVII y la estrategia militar encubierta de tipo paramilitar y del ingreso de los milicianos a la Zona Humanitaria de Pueblo Nuevo”, la Constancia y la Censura Moral es construida desde los cimientos del proyecto de vida de las comunidades afrodescendientes y mestizas que afirman su iniciativa como población civil en defensa de la Vida y del Territorio. La exigencia de respeto a la Zona Humanitaria ante los milicianos de la guerrilla por parte de los afrodescendientes es acto significativo de su desobediencia popular a expresiones de poder armado, es un signo ante la serie de los cuestionamientos y de los señalamientos institucionales contra los afrodescendientes, a quiénes sindican de ser expresión orgánica de la guerrilla.

Nuevamente nuestra Constancia y Censura Moral esperando que alguna vez, las medidas políticas, las de fondo sean asumidas por el Estado Colombiano a fin de posibilitar las garantías necesarias para la defensa, la promoción integral de los Derechos Humanos y los Derechos de los Pueblos.


COMISION INTERECLESIAL DE JUSTICIA Y PAZ