Los argumentos de la Colegiatura, además de estar referidos a los vicios del trámite dado al curso de la iniciativa ciudadana y al procedimiento legislativo que culminó con la citada ley, al desconocimiento del pluralismo y del derecho de las mayorías para privilegiar o favorecer la pretensión de reforma constitucional como la manifestación del exceso de poder, entraña una profunda reflexión de respeto por la diferencia, por cuanto ante la aplastante maquinaria política y de poder que se creo para darle vicios de legalidad al presidencialismo exacerbado, reivindicó para la comunidad nacional e internacional los principios de igualdad y transparencia inherentes a la democracia, al declarar que ese sector planificado y preordenado, justamente no representa el querer de las mayorías y el sentimiento nacional de las clases populares, que por antonomasia, no fueron tenidas en cuenta en ese procedimiento.
Este fallo encarna la autonomía e independencia judicial ostensiblemente vulnerada por la injerencia indebida del ejecutivo nacional en las decisiones judiciales y rescata la dignidad de la justicia como patrimonio moral del pueblo colombiano.
Desde esa perspectiva, se pasa la página negra del autoritarismo presidencial expresado en la “seguridad democrática” y materializado en los crímenes de estado, la entrega de la soberanía con las bases militares, las desapariciones forzadas, la judicialización y persecución de los opositores al régimen y defensores de derechos humanos, el criterio guerrerista para controlar los movimientos sociales, la creación de la red de informantes en las aulas universitarias, la afrenta al derecho a una vida digna por medio del servicio de salud a través de los decretos emitidos al amparo de la emergencia social, para que los demócratas sean los protagonistas de las nuevas páginas de la historia de Colombia - bajo la égida del respeto por el derecho, la equidad y la justicia – y se hagan presentes en las urnas para la reconquista de todos los valores y principios que regentan el estado social y democrático de derecho, en la búsqueda de una solución política al conflicto armado no internacional, que permita la construcción del tejido social dentro de la vigencia e intangibilidad de los derechos humanos.
JUNTA DIRECTIVA NACIONAL
Bogotá D. C., 26 de febrero de 2010


