Muere bebé de 20 días de nacido

Ref.: Muere bebe de 20 días de nacido, hijo de Celina Bailarín, quien se encontraba en la casa indígena bombardeada por las Fuerzas Militares el pasado 30 de enero de 2010.


Bogotá, D.C, 20 febrero de 2010

FRANCISCO SANTOS

Vicepresidencia de la Republica

FABIO VALENCIA COSSIO

Ministro del Interior

JAIME BERMUDEZ

Ministro de Relaciones Exteriores

ANDRES FERNANDEZ

Ministro de Agricultura

CARLOS COSTA

Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial

FERNANDO PAREJA

Vice Fiscal General de la Nación

ALEJANDRO ORDOÑEZ

Procurador General de la Nación

VOLMAR PEREZ

Defensor Nacional del Pueblo

Ref.: Muere bebe de 20 días de nacido, hijo de Celina Bailarín, quien se encontraba en la casa indígena bombardeada por las Fuerzas Militares el pasado 30 de enero de 2010.

Estoy agotado de tanto gemir: Cada noche empapo mi lecho con llanto, Inundo de lágrimas mi cama. Mis ojos están extenuados por el pesar y envejecidos a causa de la opresión. Salmo 6; 7

Desde los primeros días de diciembre de 2009 existe una fuerte presencia de efectivos militares del Ejercito Nacional en el territorio de las comunidades afrodescendientes e indígenas del río Jiguamiandó. Después de sucedidos los hechos del 30 de enero en el que resultaron heridos JOSE NERITO RUBIANO BARIQUI y MARTA LIGIA MAJORÉ BAILARÍN , el menor de un mes de nacido, hijo de CELINA MAJORÊ, la joven que se encontraba en la vivienda de José Nerito y Martha Ligia Majorè, sobrina de esta última y de quién supimos había sido llevada por militares de la Brigada XVII hasta las instalaciones militares, junto con el niño y después puestos a disposición de la Defensoría del Pueblo, el niño falleció el día viernes 19 de febrero a las 11:00 a.m., producto del fuerte impacto sufrido después del bombardeo.

Nuestra Constancia Histórica y Censura Ética ante el operativo militar desproporcionado que hasta el día de hoy persiste y que se ha dirigido contra la población indígena en los lugares habitacionales de la comunidad de Alto Guayabal.

La militarización realizada desde mediados de diciembre, con operaciones aéreas con aparatos militares y civiles, y que de acuerdo con versiones extraoficiales, corresponden a actividades de la Anglo Gold Aschanti y la Glencor, se ha caracterizado por hostigamientos sobre la comunidad y bombardeos como los de enero pasado, que les han obligado a permanecer en la comunidad encerrados en sus lugares de habitación ante el temor de que sufran daños irreparables a su vida e integridad personal.

Una vez más dejamos en su conocimiento las actuaciones que experimentan las comunidades indígenas.

* Domingo 14 de febrero 3 militares de la brigada 15 ingresaron sin autorización al espacio habitacional del resguardo Humanitario Ambiental “So Bia Drua” de Alto Guayabal y permanecieron allí durante varios minutos.

* Martes 16 de febrero aproximadamente a las 5:30 p.m, militares de la brigada 15 prohibieron el paso a 3 indígenas hacia el lugar donde los celulares logran señal para informar acerca de la grave situación del bebé de CELINA MAJORÈ y solicitar apoyo para su atención medica.

* Viernes 19 de febrero a eso de las 11:30 a.m. nuestra Comisión de Justicia y Paz fue informada de la muerte del bebé. De acuerdo con la información proporcionada por la comunidad el niño no logró recuperarse de las afecciones del bombardeo, después del cual “su cuerpo había quedado negro de humo”.

A las 12:00 p.m, 11 personas de la comunidad de Alto Guayabal que se encontraban comunicando la información sobre el deceso del bebé estaban siendo intimidados por la presencia del ejército en el lugar.

La militarización que persiste en el territorio indígena, en el entorno de su lugares de habitación, les está impidiendo el paso a los lugares de pan coger.

Nuestra Constancia Histórica y Censura Ética ante estas operaciones militares que continúan generando daños irreparables a la vida e integridad personal, que está afectando la identidad colectiva, las posibilidades de su sobrevivencia y supervivencia.

Aún las consecuencias del bombardeo militar son evidentes, el temor es generalizado y las actuaciones de las fuerzas militares no dejan de dirigirse contra la población civil con abusos y actuaciones desproporcionadas contra los habitantes del resguardo Alto Guayabal.

El pretexto de persecución a la guerrilla de las FARC EP pretende justificar estos
abusos y detrás de esta asegurar bajo el temor y el terror el control social y territorial para las operaciones extractivas mineras, que desde ya, sin que hayan realizado todas las fases de exploración han causado daños irreparables a las comunidades y a la zona de reserva forestal.

A la fecha continúa desconociéndose la Consulta Interétnica realizada en febrero de 2009, según la cual las comunidades indígenas y negras rechazan la exploración y extracción minera. Aún los interrogantes planteados en la Constancia pasada formulados bajo el artículo 23 de la Constitución Nacional continúan sin ser respondidos.

A menos de un mes de la realización de los bombardeos y de los daños irreparables a JOSÉ NERITO y MARTHA, así como a toda la comunidad, no han existido respuestas precisas y persisten los abusos.

Nuevamente reiteramos la solicitud de las comunidades indígenas, el cese de las actividades militares contra la población civil, el respeto a sus lugares de habitación y la adopción de medidas que permitan la libre movilidad y las posibilidades de restablecimiento de la vida, usos y costumbre para la satisfacción de su derecho a la alimentación.

En conformidad con el artículo 23 reiteramos las preguntas que formulamos en la primera semana de febrero:

1. El nombre de la operación militar que se viene desarrollando desde diciembre de 2009, cuáles son sus objetivos?

2. Por qué se afirma que los sobrevuelos, ante de los dolorosos bombardeos del pasado 30 de enero, estaban asociados a los intereses de la empresa Anglo Gold Aschanti?

3. El Ministerio de Ambiente u otra entidad del gobierno ha autorizado la intervención de la empresa multinacional en el Jiguamiandó, Murindó? Quién? Para qué?

4. Cuál es el objetivo militar de la operación del pasado 30 de enero?

5. Qué tipo de bombas y helicópteros y otros aparatos aéreos se usaron contra la población el pasado 30 de enero?

6. Se expida copia de los informes médicos de JOSÉ NERITO, MARTHA LIGIA, CELINA, GIOVANNI y el bebé?

7. Por qué razones CELINA y el bebé fueron trasladados a un centro de atención médica en la brigada 17?

8. Por qué el bebé se encuentra siendo atendido ahora en un hospital de Apartadó?

9. Qué significa y cuál es el fundamento en derecho para arreglar los daños causados a las comunidades indígenas y los afectados en su vida e integridad personal?

Igualmente, con base en el respeto a los usos y costumbres, que se conforme una Comisión independiente, que evalúe las razones del deceso del bebé.
Con profunda preocupación,

Comisión Intereclesial de Justicia y Paz